Corta estancia por negocios
La visa de corta estancia por negocios permite a un extranjero ingresar a Panamá por un período breve para realizar actividades comerciales, sin que ello implique residencia ni un permiso de trabajo.
¿Para quién es?
Este permiso está pensado para el extranjero que viaja a Panamá por un período breve para atender negocios: reuniones, negociaciones, supervisión de operaciones o gestiones comerciales puntuales. No sustituye un permiso de trabajo ni habilita el ejercicio de un empleo remunerado en el país.
Qué ofrece esta categoría
- Autorización para gestionar negocios en Panamá sin necesidad de una visa de residencia.
- Trámite orientado a reuniones, negociaciones y actividades comerciales puntuales.
- Base documental clara ante el Servicio Nacional de Migración, útil para viajes de negocios recurrentes.
- Posibilidad de coordinar en paralelo otros trámites conexos, como cuentas bancarias o el permiso de trabajo si el vínculo laboral lo amerita.
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificación de permiso de trabajo.
- Contrato de trabajo del artista.
- Pasajes aéreos con su retorno.
- Reserva del hotel.
- Formulario de solicitud de visa (buscar en la web).
- Paz y Salvo Nacional de Renta de la empresa solicitante.
- Paz y Salvo de la Caja de Seguro Social de la empresa solicitante.
- Carta de Responsabilidad (del contratante) y copia de la cedula notariada
- Recibo de pago de impuesto sobre la renta, correspondiente al valor del
- Cheque certificado de depósito de garantía por el monto de B/.100.00 a
- Cheque certificado al Tesoro nacional por la suma de B/.100.00 al Tesoro
- Carné (cédula) de identificación personal del país de origen.
- Nota de dirigida al director general del Servicio Nacional de Migración
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve la visa de corta estancia por negocios?
Para reuniones, negociaciones, supervisión de operaciones o gestiones comerciales puntuales. No sustituye un permiso de trabajo ni autoriza emplearse localmente.
¿Cuánto cuesta?
La tasa oficial es de B/. 100. En la consulta precisamos los requisitos según tu nacionalidad y agenda.
Acompañamiento descrito en la fuente
En iurispa evaluamos si la corta estancia por negocios es la vía correcta para su viaje a Panamá, preparamos la solicitud ante el Servicio Nacional de Migración y damos seguimiento hasta la resolución.
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