Corta estancia para comerciantes e inversionistas (leyes especiales)
Permiso de no residente para el comerciante o inversionista extranjero que ingresa a Panamá a evaluar oportunidades de inversión o realizar gestiones en una zona procesadora de exportación, un call center de exportación o la industria cinematográfica y audiovisual, al amparo de las leyes especiales que regulan estos sectores.
¿Para quién es?
Dirigido a comerciantes, empresarios e inversionistas extranjeros que necesitan ingresar a Panamá por un período breve para explorar un proyecto de inversión, negociar contratos o realizar transacciones vinculadas a una zona procesadora de exportación, un call center de exportación o la industria cinematográfica y audiovisual. También conviene a quienes desean conocer el terreno antes de dar el paso hacia una residencia como inversionista.
Qué ofrece esta categoría
- Permite ingresar a Panamá con un propósito comercial o de inversión reconocido expresamente por la ley.
- Facilita evaluar el proyecto de inversión antes de comprometerse con una residencia permanente o temporal.
- Es compatible con un trámite posterior de residencia por inversión en el mismo sector.
- Requisitos concentrados en solvencia económica y documentación de viaje, sin mayor complejidad.
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Formulario de solicitud de visa.
- Referencia bancaria expedida por un banco reconocido
- Boleto de regreso a su país de origen, valido por el término de un (1) año.
Preguntas frecuentes
¿Para qué sirve la corta estancia de comerciantes e inversionistas?
Es un permiso de estancia temporal para comerciantes e inversionistas que deben permanecer en Panamá por negocios bajo leyes especiales, sin ser aún residentes.
¿Puedo pasar luego a residencia?
Sí; muchos clientes usan esta estancia como puente mientras estructuran una vía de residencia (países amigos, inversionista o solvencia). Te orientamos en la transición.
Acompañamiento descrito en la fuente
En iurispa acompañamos la solicitud de principio a fin, revisamos que la documentación de solvencia y del proyecto se ajuste a la ley especial aplicable y, si el caso avanza hacia una inversión formal, coordinamos también el permiso de trabajo ante el MITRADEL, la apertura de cuenta bancaria y la compra o titulación de bienes en Panamá.
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