Casado con panameño(a)
Residencia para el cónyuge extranjero de un ciudadano panameño, sobre la base de un matrimonio real y conviviente. No exige inversión.
¿Para quién es?
Personas casadas con un nacional panameño que puedan acreditar la existencia y la convivencia del matrimonio. Migración verifica que la unión sea auténtica, por lo que la prueba de la vida en común es esencial.
Qué ofrece esta categoría
- No requiere inversión ni depósito.
- Permite trabajar una vez obtenido el permiso correspondiente.
- Da acceso a la residencia permanente y, con el tiempo, a la naturalización.
- Ampara la unidad familiar.
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Certificado de Matrimonio expedido por el Registro Civil expedido por el Registro
- Certificado de Nacimiento del Cónyuge Panameño(a), expedido por el Registro Civil.
- Certificado de Nacimiento de los hijos panameños, si los tuviere, expedido por el
- Copia de la cédula de identidad del cónyuge panameño, autenticada por el Registro
- Carta notariada de responsabilidad y Repatriación del cónyuge panameño.
- Documento que compruebe el domicilio conyugal (Contrato de arrendamiento, Título
- El servicio Nacional de Migración podrá exonerar de la entrevista matrimonial al
- El solicitante que haya enviudado o se haya divorciado durante el término de la
Preguntas frecuentes
¿Qué debo probar para la residencia por matrimonio?
La existencia y la convivencia real del matrimonio: Migración verifica que la unión sea auténtica, así que la prueba de la vida en común es esencial (domicilio, cuentas, fotos, testigos).
¿Cuánto tarda?
De tres a seis meses aproximadamente; la permanencia se consolida tras el período de verificación.
¿Lleva a la nacionalidad más rápido?
Sí: los casados con panameño pueden optar por la naturalización a los tres años de residencia, en vez de los cinco de la regla general.
Acompañamiento descrito en la fuente
Preparamos el expediente con las pruebas de convivencia que Migración pondera y te orientamos en la entrevista, un punto en el que muchos trámites se traban por falta de preparación.
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