Por el cual se autoriza el funcionamiento del centro educativo particular denominado centro preescolar niños brillantes, ubicado en la provincia de Panamá Oeste, distrito de Arraiján, corregimiento de cerro silvestre, urbanización nuevo Chorrillo, para impartir educación en modalidad presencial para el primer nivel de enseñanza o educación básica general (PREESCOLAR), cuya propietaria es la señora elizabeth ríos Pimentel de Espinoza.
**Artículo 2.** La auto rización que se establece en el artículo anterior tendrá vigencia mientras
la institución educativa cumpla con las disposiciones relativas a Ja educación particular,
establecidas en el Título III , Capítulo III, del Texto Único de Ja Ley 47 de 1946, Orgánica de
Educación y su reglamentación contenida en el Decreto Ejecutivo No . 466 de 14 de agosto
de2018.
**Artículo 3.** La propietaria del Centro Preescolar Niños Brillantes, queda obligada a
notificarle previamente al Ministerio de Educación cualquier cambio de los diseños
curriculares, implementación de nuevas ofertas académicas y el traslado de sus instalaciones
del centro de educativo a un lugar distinto al señalado en este Resuelto .
Para su debido registro , el nuevo local deberá cumplir con las normas de seguridad y demás
requisitos exigidos en la ley y su reglamentación.
Se advierte a la propietaria del centro educativo particular que de acuerdo al informe
expedido por la Coordinación Provincial de Ingeniería y Arquitectura de la Dirección
Regional de Educación de Panamá Oeste, la matricula del centro educativo no puede ser
mayor de 57 estudiantes de acuerdo a la capacidad máxima requerida según metros cuadrados
por estudiantes.
Oc no cumplir con lo anterior, .la Dirección Regidnal d_e Educación correspondiente no
firmará los certificados ni diplomas expedidos
por dic.J:lo
centro de enseñanza.
.
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**Artículo 4.** En caso de cierre del centr~ :educa~i~·o , el· ~ropi~tario ..remitirá el registro de los
alumnos y toda la documerÍtaci9n r~lacionada con el :f\:iricionáhliento a la Dirección Regional
de Educación respect~va >
. .
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**Artículo 5.** Este Resm~Jto emp~~ará::a r~gii' . a ,p(l~ir · de ~·~ .firina .
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FUNDAMEN1'0 DE DERECHÓ: Tittifo JII, CapÜhlo ni, del Texto. Único de la Ley 4 7 de
1946, Orgát~icad.~ 'Edµcación y ef Decr~t~ ,Eje9t¡.tivo Nó. 4q6 de 14 de agosto de 2018 .
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COMUNÍQlJE~E Y CÚMPLASE.: . ·
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EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
CERTIFICA
QUE ESTE DOCUMENTO ES COPIA AUTÉNTICA
QUE REPOSA EN EL EXPEDIENTE ORIGINAL
L 1 u V L.., ...
~A~~ -
FIRMA: _--=~:__-----=-------
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