Establece un término transitorio, hasta el 30 de junio de 2024, para presentar las solicitudes de prórroga de Permisos de Residencia Temporal, Provisional o Permanente y de Visa de Trabajadores Domésticos vencidos a partir del 13 de marzo…TipoResoluciónNúmero9049Año2024Fecha1 mar 2024Gaceta29.983-B de 6 de marzo de 2024Artículos3
**Artículo 1.** Para todos aquellos permisos de residencia de extranjeros que se vencieron a partir del 13 de marzo de 2020, se concederá hasta el 30 de junio de 2024 la aceptación de las solicitudes de prórroga de Permisos de Residencia Temporal, Provisional, o del Permiso de Residencia Permanente y Visa de Trabajadores Domésticos.
**Artículo 2.** La presentación de las solicitudes de prórroga indicadas en el artículo anterior será sin menoscabo de la cancelación de las multas pertinentes según cada caso.
**Artículo 3.** Esta Resolución es transitoria hasta el 30 de junio de 2024; posterior a esta fecha queda vigente en todas sus partes lo establecido en la Resolución 15,703 de 24 de agosto de 2012.
**FUNDAMENTO LEGAL:** Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008, reglamentado por el Decreto Ejecutivo 320 de 8 de agosto de 2008, modificado por el Decreto Ejecutivo 26 de 2 de marzo de 2009.
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