POR LA CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 33 DE LA LEY 36 DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1979
Artículo 1Modifícase el Artículo 33 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979,Leer +
**Artículo 1.** Modifícase el Artículo 33 de la Ley 36 de 27 de septiembre de 1979, que quedará así: "Artículo 33: Los Licores Nacionales o Extranjeros que sean vendidos a las Fuerzas de los Estados Unidos de América acantonadas en los sitios de defensas, conforme a los Tratados Torrijos- Carter del 7 de septiembre de 1977, estarán exentos de los Impuestos o cargos de Producción o de Importación, según corresponda".
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación.Leer +
**Artículo 2.** La presente Ley comenzará a regir a partir de su promulgación. COMUNIQUESE y PUBLIQUESE
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