# Decreto Ejecutivo 804 de 2012: Que crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Extranjero Profesional
Artículo 1Se crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoria de Residente Permanente en calidad de Extranjero Profesional.Leer +
**Artículo 1.** Se crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoria de Residente Permanente en calidad de Extranjero Profesional.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no éste limitada por la Constitución de la República de Panamá o por Ley a nacionales panameños por nacimiento o por naturalización.Leer +
**Artículo 2.** Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no éste limitada por la Constitución de la República de Panamá o por Ley a nacionales panameños por nacimiento o por naturalización.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3En adición a los requisitos comunes establecidos en articulo 28 del Decreto Ley Nº 3 de 22 de febrero de 2008, el solicitante deberá aportar copia del diploma o titulo universitario, licenciatura, maestría o doctorado, debidamente apostillado o autenticado.Leer +
**Artículo 3.** En adición a los requisitos comunes establecidos en articulo 28 del Decreto Ley Nº 3 de 22 de febrero de 2008, el solicitante deberá aportar copia del diploma o titulo universitario, licenciatura, maestría o doctorado, debidamente apostillado o autenticado.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Transcurrido el término de dos (2) años del permiso provisional temporal, el extranjero podrá solicitar la residencia permanente, cumpliendo los requisitos mencionados en el artículo anterior y deberá aportar lo siguiente:Leer +
**Artículo 4.** Transcurrido el término de dos (2) años del permiso provisional temporal, el extranjero podrá solicitar la residencia permanente, cumpliendo los requisitos mencionados en el artículo anterior y deberá aportar lo siguiente: 1. Paz y Salvo Nacional del solicitante. 2. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya hecho cambio de empresa.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.Leer +
**Artículo 5.** Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.
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