{"meta":{"recurso":"norma/decreto-ejecutivo-2012-804-minseg","mirada":"publico","filas":9,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.p0","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"> [!aparato] Gaceta Oficial Digital, martes 09 de octubre de 2012 · No 27138-B · págs. 4-5\n> REPÚBLICA DE PANAMÁ\n> MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA\n>\n> DECRETO EJECUTIVO Nº 804\n> (De 9 de 10 de 2012)\n\nQue crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Extranjero Profesional\n\nEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\nEn uso de sus facultades constitucionales y legales; y\n\nCONSIDERANDO:\n\nQue mediante el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, se creó el Servicio Nacional de Migración, la Carrera Migratoria y dictó otras disposiciones;\n\nQue el artículo 15 del Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, dispone que el Órgano Ejecutivo reglamentará las condiciones y los requisitos que deben cumplirse para aplicar a cada una de las categorías migratorias y podrá crear otras subcategorías migratorias;\n\nQue la República de Panamá tiene como tradición acoger a personas de distintas nacionalidades y origenes para que se radiquen en este territorio, particularmente si se trata de personas que pueden contribuir al desarrollo nacional, al mejoramiento de sus relaciones con otros países y a la convivencia pacifica general;\n\nQue el Gobierno Nacional considera necesario crear dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoría de Residente Permanente en Calidad de Extranjero Profesional, siempre y cuando dicha profesión no éste limitada en la Constitución Política de la República de Panamá o por Ley a nacionales panameños por nacimiento o por naturalización;\n\nDECRETA:\n","ini":null,"fin":null}
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{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.a1","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Se crea dentro de la categoría migratoria de Residente Permanente, la subcategoria de Residente Permanente en calidad de Extranjero Profesional.\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.a2","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no éste limitada por la Constitución de la República de Panamá o por Ley a nacionales panameños por nacimiento o por naturalización.\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.a3","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** En adición a los requisitos comunes establecidos en articulo 28 del Decreto Ley Nº 3 de 22 de febrero de 2008, el solicitante deberá aportar copia del diploma o titulo universitario, licenciatura, maestría o doctorado, debidamente apostillado o autenticado.\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.a4","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** Transcurrido el término de dos (2) años del permiso provisional temporal, el extranjero podrá solicitar la residencia permanente, cumpliendo los requisitos mencionados en el artículo anterior y deberá aportar lo siguiente:\n\n1. Paz y Salvo Nacional del solicitante.\n\n2. Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9) cuotas consecutivas, sin perjuicio de que haya hecho cambio de empresa.\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.a5","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** Este Decreto Ejecutivo empezará a regir a partir de su promulgación.\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.x2","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"> [!aparato] RICARDO MARTINELLI B.\n> Presidente de la República\n>\n> JOSÉ RAÚL MULINO\n> Ministro de Seguridad Pública\n","ini":null,"fin":null}
{"id":"decreto-ejecutivo-2012-804-minseg.x1","orden":7,"tipo":"titulo","etiqueta":"","contenido":"## COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,\n\nDado en la ciudad de Panamá a los 9 días del mes de 10 del año dos mil doce (2012).\n","ini":null,"fin":null}
