Por el cual se declara a la República de Costa Rica como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el Artículo 1 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999TipoAcuerdoNúmero04-2005Año2005Fecha4 may 2005Gaceta25307EmisorComisión Nacional de ValoresArtículos2
**Artículo 1.** DECLARAR a la República de Costa Rica como jurisdicción reconocida para los efectos de la definición contenida en el Artículo 1 del Decreto Ley 1 de 8 de julio de 1999.
**Artículo 2.** El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su promulgación en la Gaceta Oficial.
**Fundamento legal:** Artículo 1,31 y 76 del Decreto Ley 1 de julio de 1999.
Comunidad · Norma
La conversación
Preguntas, observaciones y lecturas compartidas sobre esta norma. Las intervenciones son públicas; no sustituyen el texto oficial.
Aún no hay intervenciones. La primera lectura puede abrir la conversación.
✦ La lectura es pública. Para participar necesitas Premier activo. Ver mi cuenta
Subrayar por intervalo, sin la barra
Selecciona palabras de un artículo o indica un intervalo. Sin JavaScript, escribe también el texto exacto y todo el prefijo que lo precede dentro del bloque.