Proyecto de ley 387.
QUE PROMUEVE LA LEY MARCO DE RELOCALIZACION PRODUCTIVA Y LOGISTICA (nearshoring) EN LA REPUBLICA DE PANAMA
Ernesto Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
En el escenario actual de la economía global, las cadenas de suministro atraviesan un proceso de reconfiguración marcado por la necesidad de mayor resiliencia, reducción de costos y acercamiento a los mercados de consumo. Este fenómeno, conocido como relocalización productiva y logística (nearshoring), ha cobrado especial relevancia tras las tensiones comerciales, los impactos de la pandemia y la transformación tecnológica de la producción y el comercio internacional.
Panamá, por su posición geográfica privilegiada, el Canal interoceánico, sus puertos de clase mundial, aeropuertos internacionales, zonas francas y regímenes especiales, posee las condiciones idóneas para consolidarse como el principal hub regional de nearshoring. No obstante, la dispersión normativa y la falta de un marco jurídico integral limitan la capacidad del país para aprovechar esta coyuntura histórica. A pesar de ser reconocido como un centro logístico y financiero global, Panamá mantiene niveles de exportación de bienes significativamente menores que otros países de la región. Según un informe de PCR Verum (2023), en el año 2022 Panamá exportó apenas USD 359 millones hacia Estados Unidos, lo que representó solo eI2.2% de las exportaciones centroamericanas, mientras que Costa
Rica alcanzó un 42.3%, Honduras un 23.8% y Guatemala un 21.1%. Esta brecha evidencia que Panamá aún no ha logrado transformar plenamente su rol logístico en una plataforma productiva y exportadora competitiva. Asimismo, el estudio elaborado por CINTERFOR e INADEH (2023) confirma que Panamá posee una infraestructura logística de primer nivel ---con un Índice de Desempeño Logístico (LPI) de 3.1 sobre 5, superior al promedio regional de 2.4, y liderando la conectividad marítima en Latinoamérica-. Sin embargo, se identifican brechas en capital humano especializado, limitaciones en la formación técnica y bilingüe, y debilidades en capacidades digitales para comercio electrónico y trazabilidad. Dicho informe señala que el nearshoring y la logística verde representan una oportunidad única de generación de empleos de calidad y desarrollo sostenible, siempre que el país refuerce su capital humano y fomente la innovación. La Constitución Política de la República de Panamá respalda este mandato. El Artículo 282 establece que el ejercicio de las actividades económicas corresponde a los particulares, pero faculta al Estado para orientarlas y reglamentarlas "con el fin de acrecentar la riqueza nacional y de asegurar sus beneficios para el mayor número posible de habitantes". Asimismo, el Artículo 283 señala que la ley debe crear comisiones técnicas, promover la creación de empresas y fundar instituciones de crédito y fomento económico, mientras que el Artículo 298 obliga al Estado a velar por la libre competencia en los mercados. Panamá ya cuenta con marcos legales que han permitido atraer inversión extranjera: •
La Ley 41 de 2007, que establece el régimen SEM para sedes de empresas multinacionales.
• La Ley 159 de 2020, que crea el régimen EMMA para manufactura multinacional.
• La Ley 32 de 2011, que regula las zonas francas.
• La Ley 412 de 2023, que moderniza la Zona Libre de Colón e introduce el concepto de nearshoring en sus actividades.
Sin embargo, estas normas operan de manera aislada y parcial. La presente iniciativa busca unificarlas y coordinarlas bajo una sola Ley Marco, que facilite el establecimiento de empresas de manufactura ligera, ensamblaje, servicios logísticos y de valor agregado, en un régimen coherente, transparente y competitivo. Con esta Ley, Panamá logrará: 1. Brindar mayor claridad y seguridad jurídica a los inversionistas.
2. Facilitar financiamiento especializado a través de la banca nacional, organismos multilaterales y fondos internacionales para empresas que trasladen operaciones desde regiones extrarregionales hacia Panamá. 3. Armonizar los incentivos fiscales, aduaneros, migratorios y laborales, evitando duplicidades y vacíos normativos. 4. Impulsar la atracción de nuevas industrias, la generación de empleos de calidad y la transferencia de tecnología. 5. Fomentar la sostenibilidad, incorporando incentivos para empresas que adopten energías limpias, transporte verde y prácticas de economía circular.
6. Reforzar el capital humano nacional, mediante programas de capacitación logística, bilingüismo e innovación digital, en coordinación con el INADEH, universidades y el sector privado.
En síntesis, esta Ley Marco de Relocalización Productiva y Logística (Nearshoring) no sustituye los regímenes vigentes, sino que los integra y potencia, respondiendo a un mandato constitucional, a las tendencias internacionales y a la necesidad de diversificación económica del país. Panamá no puede quedarse al margen de la ola global de relocalización: este es el momento de posicionarse como el destino estratégico para empresas que buscan eficiencia, conectividad y estabilidad.
;ZJ rA - - H.D ERNESTO CEDEÑO ALVARADO Diputado de la República de Panamá Circuito 8-4
Exposición de motivos
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