Personal contratado por el Gobierno o entidades autónomas
El permiso de residente temporal para personal contratado por el Gobierno Nacional o por entidades autónomas y semiautónomas permite residir y prestar servicios en Panamá a quienes han sido vinculados directamente por una institución del Estado. Está regulado por el Decreto Ejecutivo 320 de 2008 y es la vía migratoria adecuada mientras dure el contrato con la entidad panameña.
¿Para quién es?
Este permiso de residencia temporal está dirigido a extranjeros contratados directamente por el Gobierno Nacional de Panamá o por sus entidades autónomas y semiautónomas para prestar servicios en el país. Aplica a profesionales, técnicos y asesores vinculados por contrato de servicios o de trabajo con una institución del Estado panameño. No cubre a personal contratado por empresas privadas que a su vez tienen contrato con el Estado, para ese caso existe un permiso distinto.
Qué ofrece esta categoría
- Permiso de residencia temporal en Panamá válido mientras se mantenga el contrato con la entidad estatal
- Vía ordenada para tramitar el permiso de trabajo correspondiente ante el MITRADEL
- Estatus migratorio formal que permite abrir cuenta bancaria en Panamá
- Base migratoria estable para explorar más adelante la residencia permanente
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Contrato de Trabajo refrendado por la Contraloría General de la República o
- Comprobante de afiliación de la Caja del Seguro Social, con copia del carné.
- Certificación de la Caja de Seguro Social que acredite el pago de nueve (9)
- Último talonario de cheque emitido por el Estado,
- Carta de trabajo emitida por la Contraloría General de la República o por la
Acompañamiento descrito en la fuente
En iurispa preparamos el expediente ante el Servicio Nacional de Migración y coordinamos en paralelo el permiso de trabajo ante el MITRADEL, así como la apertura de cuenta bancaria y otros trámites conexos que el traslado a Panamá suele requerir.
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