Inversionista del Área Panamá-Pacífico
La visa de Inversionista del Área Panamá-Pacífico otorga residencia permanente a quien invierte capital de riesgo en una empresa establecida dentro de esta zona económica especial, bajo el régimen de incentivos que la distingue del resto del territorio panameño.
¿Para quién es?
Está pensada para inversionistas extranjeros que desean canalizar capital hacia una empresa registrada y autorizada para operar en el Área Panamá-Pacífico, ya sea mediante la adquisición de acciones o participaciones o mediante activos fijos destinados a la operación del negocio. También es una vía adecuada para quienes ya tienen intereses comerciales en la zona y buscan formalizar su residencia en Panamá junto con su inversión.
Qué ofrece esta categoría
- Otorga residencia permanente, no sujeta a renovaciones periódicas.
- Aprovecha el régimen de incentivos fiscales y laborales propio del Área Panamá-Pacífico.
- Permite estructurar la inversión mediante acciones, participaciones o activos fijos de la empresa.
- Puede extenderse a los dependientes del inversionista bajo el mismo trámite familiar.
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la nacionalidad de
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Cheque Certificado por B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional.
- Cheque Certificado por B/.800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Certificado Original expedida por la Agencia Especial Panamá-Pacífico, en donde
- Certificado del tesorero o secretario de la empresa donde se acredite la titularidad
- Certificación emitida por el Contador Público de la empresa del Área Panamá
- Copia de los certificados de acciones emitidos a favor del solicitante.
- Copia autenticada de la planilla de la CSS de la empresa con un mínimo de tres (3)
- Paz y salvo de la CSS si la empresa tiene más de dos meses de estar operando.
- Carta bancaria en la que se haga constar que los fondos que invierte el extranjero
- Prueba de Inversión, la que se demostrará mediante la presentación de por lo menos
- Copia de la Resolución de la inscripción de la empresa en el Registro de Empresa
Preguntas frecuentes
¿Quién puede optar por esta residencia?
Inversionistas y personal vinculado a empresas establecidas en el Área Económica Especial Panamá-Pacífico, bajo su régimen especial.
¿Autoriza a trabajar?
La residencia va asociada a la actividad de la empresa en el área; el alcance laboral depende del rol y del contrato. Lo precisamos en la evaluación.
Acompañamiento descrito en la fuente
En iurispa evaluamos la estructura de la inversión y preparamos el expediente ante el Servicio Nacional de Migración, y coordinamos, cuando el caso lo requiere, el permiso de trabajo ante el MITRADEL, la apertura de cuenta bancaria y la compra o titulación de los bienes vinculados al proyecto.
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