Corta estancia para investigadores y científicos
La visa de corta estancia para investigadores y científicos permite a un extranjero ingresar a Panamá para realizar, sin fines de lucro, actividades de investigación, intercambio académico o misiones científicas amparadas por un convenio con una institución reconocida en el país.
¿Para quién es?
Este permiso está pensado para el investigador, científico o académico extranjero que ingresa a Panamá para realizar, sin ánimo de lucro, un intercambio, una misión científica, una pasantía o una actividad de investigación amparada por un convenio con el Estado, una institución educativa, un ente gubernamental o una organización no gubernamental reconocida en el país. No aplica a quien busca residencia permanente ni a quien ejercerá una actividad remunerada distinta a la convenida.
Qué ofrece esta categoría
- Permite ingresar a Panamá para desarrollar la actividad científica o académica sin fines de lucro previamente convenida.
- Cubre estancias de hasta nueve meses, con posibilidad de una prórroga por igual término.
- Facilita la colaboración formal con universidades, entes gubernamentales u organizaciones reconocidas en Panamá.
- Constituye la vía adecuada si luego se busca extender la permanencia o cambiar de categoría migratoria.
Documentos mencionados
Listado heredado: algunas entradas son fragmentos o están cortadas. No lo uses como lista definitiva de requisitos.
- Poder (notariado) y Solicitud. El poder debe contener el nombre y la
- Tres (3) fotografías.
- Copia debidamente cotejada del pasaporte (Notariado o Autenticado
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado de Salud.
- Formulario de Declaración Jurada de Antecedentes Personales.
- Formulario de solicitud de visa.
- Carta de la institución educativa o gubernamental o de la organización no
- Certificación de la entidad que otorga la beca, si procede.
- Certificación del Ministerio de Gobierno, en la que consta el registro de la
- Pago de gastos por servicio migratorios, por la suma de cien balboas
- Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación de viaje.
- Copia simple del documento de identificación o carné de residencia del
- Reservación de hotel confirmada, si procede.
Acompañamiento descrito en la fuente
En iurispa preparamos y presentamos la solicitud ante el Servicio Nacional de Migración, verificamos la carta de la institución patrocinadora y demás requisitos, y acompañamos también los trámites conexos que suelen surgir en estos casos, como el permiso de trabajo ante el MITRADEL si la actividad lo exige, o la apertura de una cuenta bancaria en Panamá.
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