MINISTERIO DE EDUCACIÓN
REPÚBLICA DE PANAMÁ RESUELTO No.()
J.10-fll
Panamá/b de
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/a/JvAr de 2023 \
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN en uso de sus facultades legales CONSIDERANDO: ,\'
Que el artículo 91 del Texto Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica d-e Educación, establece que el funcionamiento y reglamentación de los centros de enseñanza superior deben ser autorizados por el Ministerio de Educación, el cual tendrá la supervisión directa de ellos, en cuanto a su proyecto educatiVo, sus planes de estudio, programas de enseñanza y la ejecución de estos; Que mediante el Resuelto No. 5260 de 11 de noviembre de 2021, se concedió autorización de funcionamiento provisional por un año, como un centro de educación superior no universitario, al Instituto Superior de Formación Integral en Seguros (ISFIS), ubicado en la provincia de Panamá, distrito de Panamá, coITegimiento de Juan Díaz, urbanización Costa del Este, avenida La Rotonda, Edificio Prime Time, local 17b, bajo el amparo de la sociedad común denominada Instituto FIS, S.A., inscrita al folio No.155656088, para el desaITollo de los planes de estudios de las carreras de Técníco Superior en Seguros y Técnico Superior en Administración de Riesgos y Seguros, en la modalidad presencial; Que la Licenciada Patricia Del Carinen Quintero de Díaz Granados, ert representación de la sociedad anónima Instituto FIS, S.A., debidamente inscrita en el Registro Público de Panamá, a folio 155656088, en virtud del Poder Especiar' conferido por Luis Alberto Della Togna Arcia, con cédula de identidad personalNo, 9-122.~2154; . en su condición de Representante Legal de la sociedad, .mediante memorial petitÜrio solicitó al Ministerio de Educación autorización Resuelto de funcionamiento definitivo del Instituto de Fonnación 'Integral en Seguros (- ISFIS), ubicado eh la provincia de Paria.má, distrito de Panamá, coITegimiento de Juan Díaz, urbanizac~qn Costa del Este, avenida La Rotonda, Edificio Prim~ Time, local 17b; Que la Coordinación de Infraestructura de la Dirección Nacional de Proyectos del Ministerio de Educación, en apoyo a la Dirección Nacional de Ingeniería y Arquitectura, el 3 de febrero de 2023, realizó visita de supervisión en el área de infraestrúctura del Instit.uto Superior de Formación Integral en Seguros y a través de informe de evaluación a edificación educativa particular, se indica que de acuerdo a la inspección y subsiguiente evaluación, el Instituto cumple con las normas establecidas por el Ministerio de Educación, en cuanto al espacio físico de sus estructuras, por lo que se le otorga el visto bueno por parte de esa dirección; Que a través de la nota DRPC/119/CEDJAPC/2023-45, de 3 de febrero de 2023, la Supervisora Coordinadora Regional de Tercer Nivel de Panamá Centro, rinde informe técnico de supervisión realizado al Instituto Superior de Formación Integral en Seguros ISFIS y señala que el mismo cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 50 de 23 de marzo de 1999, para obtener su resuelto de funcionamiento definitivo; Que la Dirección Nacional del Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, a través del Informe Técnico Nº 042 de 3 de abril de 2023, indica que de acuerdo a la inspección y subsiguiente evaluación, el Instituto Superior en Formación Integral en Seguros-ISFIS, cumple con todos los requisitos para obtener su Resuelto de funcionamiento definitivo; por lo que,
RESUELVE: Artículo l. Conceder autorización de funcionamiento definitivo como centro de educación superior, no universitario, al Instituto Superior de Formación Integral en Seguros (ISFIS), ubicado en la provincia de Panamá, distrito de Panamá, coITegimiento de Juan Díaz, urbanización Costa del Este, avenida La Rotonda, Edifieio Prime Time, local 17b, bajo el amparo de la sociedad común denominada Instituto FIS, S.A., inscrita al folio
No.155656088, cuyo representante legal es el señor Luis Alberto Della Togna Arcia, con cédula de identidad personal No. 9-122-2154.
**Artículo 2.** Correspond~ al Ministerio de Educación, por intermedio de la Dirección Nacional de Coordinación de Tercer Nivel de Enseñanza o Superior, brindar al Instituto Superior de Formación Integral en Seguros (ISFIS), la asesoría técnica y pedagógica que solicite y. asumir l~ responsabilidad de las acciones de supervisión y evaluación de los estudios que se impartan en dicho centro superior no universitario.
**Artículo 3.** Al finalizar el programa correspondiente a los planes de estudios autorizados al Instituto Superior de Formación Integral en Seguros (ISFIS), el estudiante se hará acreedor al título de Técnico Superior en la especialidad contemplada de forma satisfactoria, el cual para su validez deberá co:ptar con la firma del Director (a) Regional de Educación y de la persona designada por el centro de estudios superiores, cuya firma debe estar registrada en el Ministerio de Educación.
**Artículo 4.** El representante legal del Instituto Superior de Formación Integral en Seguros (ISFIS), queda obligado a notificarle al Ministerio de Educación cualquier cambio de los diseños curriculares, implementación de nuevas ofertas académicas y el traslado de sus instalaciones a un lugar distinto al señalado en este Resuelto, para su debida aprobación. Para el debido registro,. el nuevo local deberá cumplir durante todo el período de funcionamiento, con las normas de seguridad y demás requisitos exigidos en la ley. De no cumplir con· 10 anterior, la Dirección Regional de Educación correspondiente no firmará los certificados ni diplomas expedidos por dicho centro educativo.
**Artículo 5.** Este Resuelto empezará a regir a partir de su firma. FUNDAMENTO DE DERECHO: Artículo 90 del Texto.Único de la Ley 47 de 1946, Orgánica de Educación y Decreto Ejecutivo No. 50 del 23 de marzo de 1999. U~ZG L(/ EL SUSCRITO SECRETARIO Gt'.NEhA'- i.Í'-" MINISTERIO DE EDUCACIÓN ' CERTIFICA QUE ESTE DOCUMENTO ES COPIAAUT!O.NTICI· QUE REPOS.C\ EN EL FXPFDIF!\liE ORIGINAL 27 JUN 2023 FIRMA: _