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RESOLUCIÓN GENERAL DE JUNTA DIRECTIVA 2021 RESOLUCIÓN GENERAL DE JUNTA DIRECTIVA SBP-GJD-0006-2021 DE 2021 (Octubre 19) Actualización 25/04/2022 "Que reconoce temporalmente la vigencia de los informes de Avalúos" LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales,
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Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· RESOLUCIÓN GENERAL DE JUNTA DIR…
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651palabras · 25 oraciones
Texto
RESOLUCIÓN GENERAL DE JUNTA DIRECTIVA 2021 RESOLUCIÓN GENERAL DE JUNTA DIRECTIVA SBP-GJD-0006-2021 DE 2021 (Octubre 19) Actualización 25/04/2022 "Que reconoce temporalmente la vigencia de los informes de Avalúos" LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales,
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y
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**CONSIDERANDO:**
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Que el del Bancaria, dispone dentro de las atribuciones de carácter técnico de la Junta Directiva, el fijar en el ámbito administrativo, la interpretación y el alcance de las disposiciones legales o reglamentarias en materia bancaria;
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**RESUELVE:**
Resolución general de junta directiva 2021
Resolución general de junta directiva 2021
Artículo 1
**Artículo 1.** PRÓRROGA TEMPORAL DE LOS INFORMES DE AVALÚOS. Se reconoce la vigencia de los informes de avalúos que actualmente reposan en los expedientes del banco en cumplimiento de las regulaciones vigentes emitidas por la Superintendencia de Bancos. Esta vigencia tendrá una validez temporal hasta el primero (1) de agosto de 2022. La presente prórroga temporal solamente será aplicable a las garantías que respalden obligaciones vigentes y no a nuevos desembolsos u obligaciones contraídas por los clientes, de conformidad con el Acuerdo 4-2013. Se exceptúa de la presente disposición a los préstamos clasificados en las categorías subnormal, dudoso e irrecuperable conforme a la clasificación de riesgo establecida en el Acuerdo 4-2013. En estos casos los bancos efectuar la actualización del avalúo correspondiente. PAR. Para los efectos de la presente Resolución, se entiende que los créditos modificados, incluyendo los créditos modificados reestructurados clasificados en la categoría "Mención Especial Modificado" están exentos de la actualización de los informes de avalúos.
*Subrogado por resolucion de junta directiva SBP-GJD-0001-2022 de 2022, .*
Artículo 2
**Artículo 2.** VIGENCIA. La presente Resolución empezará a regir a partir de su firma. Dada en la ciudad de Panamá, a los diecinueve (19) días del mes octubre de dos mil veintiuno (2021). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.