LA MINISTRA DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL, en uso de sus facultades legales;
**CONSIDERANDO:**
Que en estos momentos el país se encuentra sufriendo de una pandemia sanitaria en virtud de la propagación del virus conocido como COVID-19, enfermedad infecto contagiosa que afecta a la población. Que el virus COVID-19 tiene como foco de expansión la concentración de personas en un sitio determinado, por lo que las autoridades debemos procuras disminuir, hasta donde sea legal y racionalmente posible, la aglomeración de personas. Que la Dirección General de Trabajo y las Direcciones Regionales, diariamente deben realizar audiencias, imprimir tramites sujetos a términos y atender público que acude a sus oficinas para la solución de sus trámites legales. Que el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, emitió el día 13 de marzo de 2020, el Acuerdo número 146, mediante la cual decreta la suspensión de los términos judiciales a nivel nacional. Que la Dirección General de Trabajo y las Direcciones Regionales, como tribunales laborales actúan en su condición de jurisdicción especial. Que se requiere tomar providencias a fin de contribuir a evitar la difusión del COVID-19 tal como se ha indicado en el Decreto Ejecutivo 472 de 13 de marzo de 2020, que declara el Estado de Emergencia Nacional.
**RESUELVE:**
Resolución DM-135 de 2020
**Artículo 1.** ORDENAR la suspensión de los términos judiciales en los procesos y actuaciones que se tramitan en la Dirección General de Trabajo y en las Direcciones Regionales de todo el territorio nacional desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020, medida esta que puede ser prorrogada según lo sugieran las Autoridades Sanitarias del país.
**Artículo 2.** SUSPENDER y reprogramar las audiencias y conciliaciones que debían efectuarse dentro del término descrito en el artículo anterior.
**Artículo 3.** BRINDAR, el servicio de las orientaciones laborales, a través de los medios digitales (MITRADEL DIGITAL) y comunicación telefónica.
**Artículo 4.** AUTORIZAR al Director General de Trabajo y Directores Regionales para que apliquen las medidas contenidas en las instrucciones emitidas por éste Ministerio de conformidad a la Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, mediante la cual se declara el Estado de Emergencia Nacional, la ley 66 de 1947 que establece el control de todo factor insalubre a nivel nacional., y el Decreto Ejecutivo número 472 de 13 de marzo de 2020. NOTIFIQUESE Y CUMPLASE