REPÚBLICA DE PANAMÁ CONSEJO DE GABINETE RESOLUCIÓN DE GABINETE Nº De 7 de julio de 2026
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Que autoriza el proceso de precalificación de proponentes para el acto de selección de contratista para el "Suministro, instalación, actualización, soporte y mantenimiento de la plataforma tecnológica del centro de operación nacional (CON C5)", y la confidencialidad de los Pliegos de Cargo de Precalificación y del Acto Público
EL CONSEJO DE GABINETE, en uso de sus facultades constitucionales y legales, CONSIDERANDO:
Que mediante Ley 15 de 14 de abril de 201 O, se creó el Ministerio de Seguridad Pública, con la misión de determinar las políticas de seguridad del país y para planificar, coordinar, controlar y apoyar el esfuerzo de los estamentos de seguridad, la tranquilidad y el orden público en el país, así como proteger la vida, honra y bienes de los nacionales y de los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; Que la Ley 15 de 14 de abril de 2010, en su artículo 3, numeral 7, establece lo siguiente: "Artículo 3. Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Seguridad Pública, está facultado para:
7. Promover la adecuación del equipamiento de los servicios de seguridad pública para el desempeño de sus funciones. ... "·' Que en concordancia con estas atribuciones, y considerando que la seguridad ciudadana constituye una prioridad estratégica para el Estado, se hace imperativa la implementación de iniciativas tecnológicas de alto impacto que actúen como un elemento disuasivo de carácter público y notorio, optimizando la prevención, mitigación y persecución de conductas delictivas de alta incidencia, tales como robos, asaltos, crimen organizado, tráfico de drogas y hechos de violencia, garantizando así la convivencia pacífica de los habitantes; Que la implementación de tecnologías de monitoreo y videovigilancia por parte del Estado cuenta con un desarrollo progresivo; desde el año 2007, la Policía Nacional adoptó un Sistema de Videovigilancia enfocado inicialmente en las áreas de mayor incidente delictiva de las provincias de Panamá y Colón; hoy en día, la dinámica operativa de la seguridad ciudadana exige que el Estado se apalanque en nuevas tecnologías para transicionar hacia un modelo proactivo y predictivo; Que esta iniciativa de modernización se fundamenta en la vital necesidad de adoptar una nueva dinámica de trabajo donde la tecnología analítica actúe como un multiplicador de la fuerza de los estamentos de seguridad, garantizando que el CON-C5 opere bajo los estándares internacionales más avanzados de eficiencia, precisión y velocidad de respuesta; Que, en virtud de lo anterior, esta Entidad debe realizar un Procedimiento de Selección de Contratista, amparado en el artículo 39, numeral 13 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, que establece lo siguiente:
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"Artículo 39. Estructuración del pliego de cargos. La entidad licitante de que se trate elaborará, previo a la celebración del procedimiento de selección de contratista, del procedimiento excepcional de contratación o del procedimiento especial de contratación, el correspondiente pliego de cargos o términos de referencia, que contendrá:
13. En los casos de adquisiciones sensitivas que realice el Ministerio de Seguridad relacionados con seguridad y defensa del Estado previamente autorizados por el Consejo de Gabinete, los pliegos de cargos serán confidenciales, para lo cual los participantes deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad, a fin de tener el código de acceso a estos en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra". .... "·' Que la presente contratación comprende el summ1stro, instalación, actualización, soporte y mantenimiento de la plataforma tecnológica del Centro de Operación Nacional (CON C5), la cual permitirá al Ministerio de Seguridad, modernizar, integrar y expandir de forma integral la plataforma tecnológica del Centro de Operación Nacional (CON C5), adquiriendo un modelo operativo proactivo, seguro y resiliente basado en capacidades de analítica avanzada e Inteligencia Artificial, que optimice la interoperabilidad interinstitucional y robustezca la cobertura de vigilancia territorial a nivel nacional para el fortalecimiento de la respuesta operativa de los Estamentos de Seguridad Pública; Que en virtud de la naturaleza sensible de la información contenida en el pliego de pre calificación de proponentes y el pliego de cargos, esta entidad considera necesario mantener bajo carácter de confidencialidad determinados apartados técnicos y operativos, toda vez que su divulgación irrestricta podría comprometer la seguridad institucional, la integridad del personal policial y la efectividad de las capacidades operativas del Estado; Que la reserva de la información se fundamenta en razones de protección de la seguridad pública y del interés estatal, resguardo de capacidades tácticas y operativas, protección de la integridad y vida del personal policial, prevención del uso indebido de información técnica especializada y garantía de continuidad operativa institucional; Que, en consecuencia, la declaratoria de confidencialidad del Pliego de Precalificación y el Pliego de Cargos, responde a criterios objetivos de seguridad nacional, interés público y protección institucional, en estricto apego al marco normativo vigente y a las facultades conferidas legalmente al Ministerio de Seguridad Pública; Que, por otro lado, el Texto Único de la Ley 22 de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, y el Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo 34 de 24 de agosto de 2022, establecen en sus artículos 65 y 121, correspondientes, lo siguiente: "Artículo 65. Precalificación de proponentes. El Consejo de Gabinete podrá acordar, de manera excepcional, que ciertos proyectos, teniendo en cuenta su cuantía y complejidad, sean sometidos a un proceso de precalificación de proponentes, previo al acto público, incluyendo los casos definidos como pobreza multidimensional". "Artículo 121. Potestad del Consejo de Gabinete para acordar la precalificación. El Consejo de Gabinete podrá acordar, de manera excepcional, que ciertos proyectos, teniendo en cuenta su cuantía y complejidad, sean sometidos a un proceso de precalificación de proponentes, previo al acto público, incluyendo los casos definidos como pobreza multidimensional, para
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lo cual la entidad licitante elaborará un pliego de cargos que contendrá los requisitos que deberán cumplir los proponentes". Esta precalificación será realizada a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas "PanamaCompra"; Que el tipo de adquisición que se requiere, exige la realización de un proceso de precalificación, fundamentado en la cuantía y complejidad de los equipos a adquirir, aunado a la confidencialidad con la cual deben manejarse los pliegos de cargos, en este caso, tanto en el proceso de precalificación de proponentes, así como en el Procedimiento de Selección de Contratista o Acto Público a realizar; Que, a través del proceso de precalificación, se preseleccionarán los proponentes, atendiendo a aspectos como la capacidad administrativa, financiera, técnica y los antecedentes legales de los participantes, así como podrán incluirse otros aspectos relacionados con los bienes, obras o servicios objeto de la precalificación; Que una vez preseleccionados los proponentes, la entidad adoptará uno de los procedimientos de selección de contratista establecidos en el Texto Único de la Ley 22 de 2020, ordenado por la Ley 153 de 2020, en el cual participarán únicamente los proponentes precalificados, y se aplicarán las normas generales y especiales que determinan la ley y su reglamentación, para dicho procedimiento; Que, de acuerdo al precitado artículo 39, numeral 13 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020, corresponde al Consejo de Gabinete autorizar las adquisiciones sensitivas que realice el Ministerio de Seguridad relacionados con seguridad y defensa del Estado previamente y en los casos en que los pliegos de cargos serán confidenciales, y acordar de manera excepcional, que ciertos proyectos teniendo en cuenta su cuantía y complejidad, sean sometidos a un proceso de precalificación de proponentes, previo al acto público; Que, en atención a las consideraciones antes expuestas; el Consejo de Gabinete, en consecuencia,
RESUELVE: Artículo l. Autorizar el proceso de precalificación de proponentes para el acto de selección de contratista para el "Suministro, instalación, actualización, soporte y mantenimiento de la plataforma tecnológica del centro de operación nacional (CON C5)", y la confidencialidad de los Pliegos de Cargo de Precalificación y del Acto Público.
**Artículo 2.** Autorizar la confidencialidad de los pliegos de cargos correspondientes al proceso de precalificación de proponentes y del acto público para el "Suministro, instalación, actualización, soporte y mantenimiento de la plataforma tecnológica del centro de operación nacional (con C5)".
**Artículo 3.** Esta Resolución de Gabinete comenzará a regir a partir de su promulgación. FUNDAMENTO DE DERECHO: Numeral 7 del artículo 3 y artículo 11 de la Ley 15 de 14 de abril de 2010; numeral 13 del artículo 39 y artículo 65 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, ordenado por la Ley 153 de 2020; artículo 121 del Decreto Ejecutivo 439 de 10 de septiembre de 2020, modificado por el Decreto Ejecutivo Nº 34 de 24 de agosto de 2022.
Dada en la ciudad de Panamá, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil veintiséis (2026).
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La ministra de Gobierno,
GRACIA
El ministro de Relaciones Exteriores,
La ministra de Educación,
El ministro de Salud,
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FERNANDO JOAQUIN BOYD GALINDO
La ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral,
El ministro de Comercio e Industrias,
LTÓALAIN El ministro de Desarrollo Agropecuario,
ROBERTO JOSÉ L
ARES T !BALDOS
El ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial,
JAIME ANTONIO JOVANÉ CASTILLO
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El ministro de Obras Públicas,
JOSÉ LUIS ANDRADE ALEGRE El ministro para Asuntos del Canal,
•
El ministro de Desarrollo Social, encargado,
El ministro de Economía y Finanzas,
/ FELIPE E UARDO CHAPMAN ARIAS
El ministro de Seguridad Pública,
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K ALEXIS
El ministro de Ambiente,
La ministra de Cultura,
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MARÍA EU ENIA HERRERA
La ministra de la Mujer,
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JUAN C OS ORILLAC URRUTIA M o de la Presidencia y secretario del Consejo de Gabinete
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