Artículo 1Suspender, por quince días hábiles, prorrogables, los términos judiciales administrativos y penales, en todas las instancias de la Autoridad Nacional de Aduanas, entendidos, los procesos seguidos por las Administraciones Regionales de Aduanas, Comité de Apelaciones, Comité Disciplinario y las Direcciones de Prevención y Fiscalización Aduanera a nivel nacional en la persecución de delitos aduaneros, sin que ello implique el cierre, necesariamente, de dichos despachos.Leer +
**Artículo 1.** Suspender, por quince días hábiles, prorrogables, los términos judiciales administrativos y penales, en todas las instancias de la Autoridad Nacional de Aduanas, entendidos, los procesos seguidos por las Administraciones Regionales de Aduanas, Comité de Apelaciones, Comité Disciplinario y las Direcciones de Prevención y Fiscalización Aduanera a nivel nacional en la persecución de delitos aduaneros, sin que ello implique el cierre, necesariamente, de dichos despachos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Solicitar a los Administradores Regionales de Aduanas y demás funcionarios responsables, que reprogramen cualquier acción judicial administrativa o penal, incluyendo las fechas de audiencias correspondientes y que dicha información sea comunicada a la parte interesada en breve plazo, respectivamente.Leer +
**Artículo 2.** Solicitar a los Administradores Regionales de Aduanas y demás funcionarios responsables, que reprogramen cualquier acción judicial administrativa o penal, incluyendo las fechas de audiencias correspondientes y que dicha información sea comunicada a la parte interesada en breve plazo, respectivamente.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Panamá.Leer +
**Artículo 3.** La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Panamá. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** Decreto Ley 1 de 13 de febrero de 2008, Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, Ley 26 de 17 de abril de 2013, Ley 30 de 8 de noviembre de 1984, Decreto Ejecutivo 155 de 3 de agosto de 1995 y demás legislación concordante. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE,
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →