{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2020-116-ana","mirada":"publico","filas":8,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante Decreto Ley 1 de 13 de febrero de 2008, se crea la Autoridad Nacional de Aduanas como órgano superior del servicio aduanero nacional, regente de la actividad aduanera, siendo una institución de Seguridad Pública, con personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía en su régimen interno y jurisdicción en todo el territorio nacional;","ini":19,"fin":369}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Autoridad Nacional de Aduanas es el ente regente de la actividad aduanera facultada para aplicar la normativa sobre la materia, comprobar su correcta aplicación, facilitar y controlar el comercio internacional en lo que le corresponde y recaudar los tributos a que esté sujeto el ingreso o la salida de mercancías, de acuerdo con los distintos regímenes que se establezcan; así como de prevenir, investigar y sancionar las infracciones aduaneras;","ini":371,"fin":824}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.p4","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que mediante Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020 se declaró a la Resolución de Panamá en Estado de emergencia nacional y se dictaron otras disposiciones por motivo de la enfermedad infecciosa CoViD-19, causada por el coronavirus que puede incrementar amenazando tanto a los nacionales como a los extranjeros que se encuentran en el territorio nacional; y","ini":826,"fin":1193}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.p5","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el derecho a la salud está reconocido en el artículo décimoprimero de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre y que corresponde a la Dirección General de la Autoridad Nacional de Aduanas dirigir y coordinar las actividades de La Autoridad, dictar instrucciones para la buena marcha de las aduanas y adoptar las disposiciones de carácter general que se requieran para mejorar el servicio;","ini":1195,"fin":1608}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.a1","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Suspender, por quince días hábiles, prorrogables, los términos judiciales administrativos y penales, en todas las instancias de la Autoridad Nacional de Aduanas, entendidos, los procesos seguidos por las Administraciones Regionales de Aduanas, Comité de Apelaciones, Comité Disciplinario y las Direcciones de Prevención y Fiscalización Aduanera a nivel nacional en la persecución de delitos aduaneros, sin que ello implique el cierre, necesariamente, de dichos despachos.","ini":1610,"fin":2097}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.a2","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Solicitar a los Administradores Regionales de Aduanas y demás funcionarios responsables, que reprogramen cualquier acción judicial administrativa o penal, incluyendo las fechas de audiencias correspondientes y que dicha información sea comunicada a la parte interesada en breve plazo, respectivamente.","ini":2099,"fin":2416}
{"id":"resolucion-2020-116-ana.a3","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** La presente resolución comenzará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Panamá.\n\n**FUNDAMENTO DE DERECHO:** Decreto Ley 1 de 13 de febrero de 2008, Resolución de Gabinete 11 de 13 de marzo de 2020, Ley 26 de 17 de abril de 2013, Ley 30 de 8 de noviembre de 1984, Decreto Ejecutivo 155 de 3 de agosto de 1995 y demás legislación concordante.\n\nREGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE,","ini":2418,"fin":2849}
