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No 26057
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No 26057
Gaceta Oficial Digital, lunes 09 de junio de 2008
REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE VIVIENDA RESOLUCIÓN No. 106-08 (De 5 De mayo De 2008) "Por la cual se aprueba la servidumbre de la carretera Santa Catalina - Playa Banco, ubicada en el área costera sur de la Provincia de Veraguas". LA MINISTRA DE VIVIENDA ENCARGADA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Obras Públicas solicitó formalmente la aprobación de la servidumbre para el proyecto de construcción de la carretera Catalina - Playa Banco, ubicada en el área costera Sur de la Provincia de Veraguas, específicamente en la zona 10 - Veraguas delimitada por el Instituto Panameño de Turismo como área de desarrollo turístico de interés nacional; Que es competencia del Ministerio de Vivienda de conformidad con el literal "q" del No.9 de 25 de oficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la cooperación de los Municipios y otras Entidades públicas; Que la zona 10 - Veraguas está compuesta por una diversidad de atractivos con potencial turístico, de los cuales mayormente singularizan aquellos de ambientes costero - marítimo, por su naturaleza y cuya utilidad está siendo demandada por el turismo interno, preferentemente el interprovincial; Que el proyecto de construcción de la carretera en referencia, con una extensión de 5 kms + 291.085 mts y un ancho de servidumbre de 25.00 mts propuesto, es de fundamental importancia para el desarrollo de un polo turístico y agropecuario en la región costera Sur de la Provincia de Veraguas; Que en el Informe Técnico No.12-08 de 25 de Abril de 2008, elaborado en la Dirección de Desarrollo Urbano de este Ministerio, se concluyó que es viable la aprobación de la servidumbre solicitada para la carretera Santa Catalina - Playa Banco; Que en mérito en lo antes expuesto, RESUELVE:
**ARTÍCULO PRIMERO:** Aprobar para el proyecto de construcción de la carretera Santa Catalina - Playa Banco, ubicada en el área costera Sur de la Provincia de Veraguas, servidumbre de 25.00 mts de ancho y línea de construcción de 17.50 mts a partir del eje central de la vía.
**ARTÍCULO SEGUNDO:** Enviar copia autenticada de la presente Resolución al Ministerio de Obras Públicas y a todas las Entidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicación de las normas de desarrollo urbano.
**ARTÍCULO TERCERO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. FUNDAMENTO LEGAL: Ley No.9 de 25 de enero de 1973. Dada en la ciudad de Panamá, a los 5 días del mes de mayo de dos mil ocho (2008). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, DORIS ZAPATA A. Ministra de Vivienda Encargada JOSÉ A. BATISTA Viceministro de Vivienda Encargado
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