{"meta":{"recurso":"norma/resolucion-2008-106-2008","mirada":"publico","filas":6,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.p1","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"No 26057","ini":0,"fin":8}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.p2","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Gaceta Oficial Digital, lunes 09 de junio de 2008","ini":10,"fin":59}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.p3","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"REPÚBLICA DE PANAMÁ\nMINISTERIO DE VIVIENDA\nRESOLUCIÓN No. 106-08\n(De 5 De mayo De 2008)\n\"Por la cual se aprueba la servidumbre de la carretera Santa Catalina - Playa Banco, ubicada en el área costera sur de la\nProvincia de Veraguas\".\nLA MINISTRA DE VIVIENDA ENCARGADA\nEN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,\nCONSIDERANDO:\nQue el Ministerio de Obras Públicas solicitó formalmente la aprobación de la servidumbre para el proyecto de\nconstrucción de la carretera Catalina - Playa Banco, ubicada en el área costera Sur de la Provincia de Veraguas,\nespecíficamente en la zona 10 - Veraguas delimitada por el Instituto Panameño de Turismo como área de desarrollo\nturístico de interés nacional;\nQue es competencia del Ministerio de Vivienda de conformidad con el literal \"q\" del Artículo 2 de la Ley No.9 de 25 de\nEnero de 1973, levantar, regular y dirigir los planos reguladores, lotificaciones, zonificaciones, urbanizaciones, mapas\noficiales, líneas de construcción y todos los demás asuntos que requiera la planificación de las ciudades, con la\ncooperación de los Municipios y otras Entidades públicas;\nQue la zona 10 - Veraguas está compuesta por una diversidad de atractivos con potencial turístico, de los cuales\nmayormente singularizan aquellos de ambientes costero - marítimo, por su naturaleza y cuya utilidad está siendo\ndemandada por el turismo interno, preferentemente el interprovincial;\nQue el proyecto de construcción de la carretera en referencia, con una extensión de 5 kms + 291.085 mts y un ancho de\nservidumbre de 25.00 mts propuesto, es de fundamental importancia para el desarrollo de un polo turístico y agropecuario\nen la región costera Sur de la Provincia de Veraguas;\nQue en el Informe Técnico No.12-08 de 25 de Abril de 2008, elaborado en la Dirección de Desarrollo Urbano de este\nMinisterio, se concluyó que es viable la aprobación de la servidumbre solicitada para la carretera Santa Catalina - Playa\nBanco;\nQue en mérito en lo antes expuesto,\nRESUELVE:","ini":61,"fin":2031}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.aPRIMERO","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo PRIMERO","contenido":"**ARTÍCULO PRIMERO:** Aprobar para el proyecto de construcción de la carretera Santa Catalina - Playa Banco, ubicada\nen el área costera Sur de la Provincia de Veraguas, servidumbre de 25.00 mts de ancho y línea de construcción de 17.50\nmts a partir del eje central de la vía.","ini":2033,"fin":2308}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.aSEGUNDO","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo SEGUNDO","contenido":"**ARTÍCULO SEGUNDO:** Enviar copia autenticada de la presente Resolución al Ministerio de Obras Públicas y a todas las\nEntidades que en una u otra forma participan coordinadamente en la aplicación de las normas de desarrollo urbano.","ini":2310,"fin":2542}
{"id":"resolucion-2008-106-2008.aTERCERO","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo TERCERO","contenido":"**ARTÍCULO TERCERO:** Esta Resolución entrará a regir a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.\nFUNDAMENTO LEGAL: Ley No.9 de 25 de enero de 1973.\nDada en la ciudad de Panamá, a los 5 días del mes de mayo de dos mil ocho (2008).\nCOMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,\nDORIS ZAPATA A.\nMinistra de Vivienda Encargada\nJOSÉ A. BATISTA\nViceministro de Vivienda Encargado","ini":2544,"fin":2913}
