Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Sintaxis
Cómo está escrito
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
Mapa sintáctico
De la oración a sus funciones
Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
Considerando:**
Ver la estructura en palabras 4 nodos
Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· Considerando:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
6señales
3tipos presentes
5bloques señalados
728palabras · 93 oraciones
Texto
**Considerando:**
Que basándose en el artículo, 105 de la , “Sobre Medicamento
y otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los
importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la revisión del Precio de Referencia Tope, el señor MAWEL
FERRER MORGAN, con cédula de identidad personal NO. 8-188-582,
representante legal de la empresa REPRICO S.A.., solicita incremento del
Precio de Referencia Tope del producto COMBANTRIN COMPUESTO
TABLETAS, registro sanitario # 43030, presentación Caja con 6 tabletas;
Texto
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, ‘Por el
cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estableció el Precio de
Referencia Tope del producto COMBANTRIN COMPUESTO TABLETAS,
presentación Caja con 6 tabletas, en TRES BALBOAS CON VEINTIDOS
CENTESIMOS(B/.3.22) y solicitan que sea TRES BALBOAS CON
CINCUENTA Y TRES CENTESIMOS (B!.3.53);
Texto
Que la empresa REPRICO S.A., aportó la documentación que detalla los
costos de los productos, informach necesaria para poder evaluar el
aumento del Precio de Referencia Tope;
Texto
Que el artículo segundo del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001,
“Por medio del cual se estable& los Precios de Referencia Tope de los
Medicamentos” ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a
los cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de los
distribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los
Comisionados, así como también disponer de los procedimientos que sean
necesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley’;
34 Gaceta Oficial, martes 15 de octubre de 2002 N-24,6(
Texto
Que media& la Resolucih No. PCQ4.de 19 de julio de 2001, modificada
.‘por ,la Resolucih No., PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 se estableció el
Instructivo para la Aplicación de Criterios para Evaluar las Solicitudes de
Revisión de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual
establece entre los criterios de validación en su , lo
siguiente:
Texto
4. Aceptación del porcentaje de incremento
verificado de costos, ajustado por un criterio de
razonabilidad: SI: aplica solamente a los
medicamentos importados, independientemente de
cuál sea el valor de RCV o de PI. El criterio de
razonabilidad, refleja tijustes en función de las
siguientes situaciones:
a. . . . ...
Texto
c. el precio tope actual sea igual al precio
promedio del mercado en abril del 2001, se
utiliza el precio calculado con los ajustes del
caso (ajustes por relación de., costo)-. y. se
investigarán los antecedentes del producto, los
cuales serhn anexados al expediente. -
,*(,
Texto
Que luego de analizada la documentación aportada, extensiones y sumas de
todas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la
liquidación de aduana y comprobar los montos y asignación de costos, del
producto COMBANTRIN COMPUESTO TABLETAS registre sanitario #
43030, así como los Criterios parzl&ahar~ Sokties de Revisión de
-aprecio de Referencia Tope de los Medicknentos, se ha podido demostrar
que el Precio de Referencia Tope debe ser ajustado de TRES BALBOAS
CON VEINTIDOS CENTJZSIMOS (B/.3.22) a TRES BALBOAS CON
CINCUENTA Y TRES CENTJZSIMOS (Bi.3.53);
Texto
Que luego de las ‘consideraciones antes expuestas y con el voto favorable de
la mayoría de los Comisionados;
Texto
**Resuelve:**
ecio de Referencia Tope del COMBANTRIN
Registro Sanitario # 43030 presentación Caja
‘a $‘RES BALBOAS CON CINCUENTA Y TRES
No 24,660 Gaceta Oficial, martes 15 de octubre de 2002 35
Texto
SEGUNDO: La ,empresa interesada interponer el .Recurso de
Reconsideración ante el Pleno de los Comisionados. De este recurso de
puede hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
notificación de esta resolución. /,
Texto
TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días después
de su publicacion en la Gaceta Oficial.
Texto
FUNDAMENTO DE DERECHO:
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO COMBANTRIN COMPUESTO TABLETAS
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO COMBANTRIN COMPUESTO TABLETAS
Artículo 105
**Artículo 105.** de la Ley No. 1 de 10 de enero de 2001.
Artículo 2
**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.
.
Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
Comisionado Comisionado
Director General en ciones de Secretario