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De la oración a sus funciones
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Considerando:**
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Oración 1· Texto
Estructura· 1 cláusula
Cláusula principal· principal
Contenido de la cláusula· Considerando:**
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5señales
3tipos presentes
4bloques señalados
965palabras · 107 oraciones
Texto
**Considerando:**
Que bashndose en el , “Sobre Medicamento
y otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los
importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asunto? del
Consumidor la revisi6n del Precio de Referencia Tope, el señor MANUEL
FERRER MORGAN, con cédula de, identidad personal No. 8-188-582,
representante legal de la empresa REPRICO S.A.., solicita incremento del
Precio de Referencia Tope del producto FASIGYN 1 G/5ML SUSPENSION
ORAL PEDIATRICA, registro sanitario # 42672, presentación Frasco con
1oml;
No 24,660 Gaceta Oficial, &tea 15 de octubti de 2002 19
Texto
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de~abril & 2001, “Por el +
cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estable& el Precio de
Referencia Tope del producto FASIGYN 1 G/5ML SUSPENSION ORAL :
PEDIATRICA, presentación Frasco con 10 ml, en’ SEIS BALBOAS CON
CATORCE CENTESlMOS(B/.6.14) y solicitan que sea SEIS BALBOAS
CON TREINTA Y OCHO CENTESIMOS (l3/.6.38); ,
Que la empresa RJXPRICO S.A., aport6 la documentación que detalla los
costos de los productos, información necesaria para poder evaluar el
aumento del Precio de Referencia Tope;
Texto
Que el artículo segando del Decrko Ejecutivo NO. 15 de 9 de abril de 2001,
“Por medio del cual se establecen los Precios de Referencia Tope de los
Medicamentos”‘ordena a la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del
Consumidor la ejecución de la revisión de los Precios de Referencia Tope a
los cuales deben comercializarse los medicamentos por parte de 10s
distribuidores y mayoristas a través de Resoluciones del Pleno de los
Comisionados, así como también disponer de los procedimientos-que seau
necesarios para implementar las funciones encomendadas por la Ley;
.
íz O@Ue mediante la Resolución No;:.PCQ4:de 119.de julio de 2001, modificada
Í;I E por~laResolu&kNo, PC-138A-O2.de:9 de:mayo de.2002 se estableció el
htructivo pe la Aplicación de Criterios~para~Evaluar las Soliihxies de
Revisi6n de Precio de Referencia Tope de los Medicamentos, el cual
7 !+&ablece~~entre~~los~ xriterios de validación en sti ~nwixral 4; lo
siguiente: r IJ’
Texto
4. Aceptación del poeentaje de :inCtemento
~ei-ificado de còst$s, ajustado por un criterio de
‘tinabilidad: Se :aplica solamente a <..los
medicamentos importados, independientemente de
i:! [Li,, ,~‘~.cuhl sea el valor .de RCV o de PI;’ El~criterio de
razonabilidad, refleja ajustes en fbncibn de las
,., :: ,‘! siguientes situaciones:
a ...... ... .~~ 1. /
Texto
C. el precio tope actual sea igual al precio
promedio del mercado en abril del 2001; se .
utiliza el precio calculado con los ajustes del
caso (ajustes por relacibn de costo) y se
invesfigarhn 1q~;antecedentes del producto, los
cuales sedn antidos al expediente.
20 Gaceta Oficial. martes 15 de octubre de 2002 N”24.660
Texto
Que luego de analizada la documentación aportada, extehsiones y sumas de
todas las facturas, el porcentaje de impuesto de introducción pagado, la
liquidación de aduana y comprobar ‘los’montos y a&ua#g~ -de costos, del
producto FASIGYN 1 G/SML SUSPE$WON~?RAL.hEDIA~CA registro
-%anitió’% 4i2672,ras1 como los Qiterios upara Evaluar las Solicitudes de
Revishhde IVecio de Refkrencia Tope de los.~Medicamentos, se ha podido
demostrar que el Precio de Referencia Tope debe ser ajustado de SEIS
BALBOAS CON CATORCE CENTESIMOS (B/.6.14) a SEIS BALBOAS
CON TREINTA Y OCHO CENTESIMOS 031.6.38);
Texto
Que luego de las conskkraciones antes expues@ y cun el voto favorable de
la mayoría de:los&nisionados;~ .
.
&::; ,,.:; :; .: ] .T>, 1 RESUELVE:
Texto
&,;? <~::.,, ‘-;;-~~-~$
r i’ L% P@&&RO-$‘ ; hJUSTAR
i:l‘ el Precio de. Referencia Tope del producto
\ i.y Fk&&N .1E.::, ISML SUSPENSION ORAL PEDIATRICA. Registro
f,-+ ., s&&o # @ji, 4 , p&e&a&n Frasco con 10 ml. aSEIS BALBOAS CON
k “: :‘,,.~~AJ$kHO CENTESIMOS (B1.6.38).
SEGUNDO: La Fmpresa i&&sa& podo% &er@ner el Recurso de
Reconsideraci6n ante el Pleno: de*.Jos Comisiouados. De este recurso se
puede hacer uso dentro de los cinco .(5) días hábiles siguientes. a la
notificación de esta resolucih.
i I ‘I
TERCERO: Esta Resolución entrará en vigencia quince (15) días después
de su publicación en la Gaceta Oficial.
Texto
FUNDAMENTO DE DERECHO:,
Artkulo105delaLeyNo.lde10deenerode2001.
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FASIGYN 1G/5ML SUSPENSION ORAL PEDIATRICA
AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FASIGYN 1G/5ML SUSPENSION ORAL PEDIATRICA
Artículo 2
**Artículo 2.** del Decreto Ejec@ivo No. 15 de 9 de abril de 200 1.
Ley38de31 dejuliode2000., Resolución No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisibn & Libre Competencia y Asuntos del Consumidor. ’ Resolución No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
NOTIFfQUESE Y CÚMPLASE,~
/
Comisionado GacetaO!Ual,martes15deoctubn&2002
RESOLUCION P.C. No. 454-02 (Panamá, 24 de Septiembre de 2002)
“AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO TEmMICINA UNGÜENTO OFTALMICO ”
El Pleno de los Comisionados de la Comisión .de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y;
**Considerando:**
8-188-582, representante legal de la empresa REPRICO S..A.., solicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto TERRAMICINA UNGÜENTO OFTALMICO, registro sanitario # 46185; presentacih Tubo con 5 g.;
Que mediante el Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001, “Por el cual se establecen los Precios de Referencia Tope”, se estable& el Precio de Referencia Tope del producto TERRAMICJNA UNGÜENTO OFTALMICO, presentach Tubo con 5 gr, en OCHENTA Y CINCO CENTESlMOS(B/.0.85) y solicitan que sea NOVENTA Y UN CENTESIMOS (Bj.O.91);