**Artículo 2.** del Decreto Ejecutivo No. 15 de 9 de abril de 2001.
Ley 38 de 3 1 .de julio de 2000.
Resoluci6n No. PC-24 de 19 de julio de 2001 de la Comisión de Llhe Competencia y Asuntos del Consumidor.
Resoluci6n No. PC-138A-02 de 9 de mayo de 2002 de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor.
18
Comisionado
Director General en funciones de Secretario
RESOLUCION P.C. No. 453-02 (Panamh, 24 de ~Septiembrk d6’2002)
“AJUSTAR EL PRECIO DE REFERENCIA TOPE DEL PRODUCTO FASIGYN lG/SML SUSPENSION ORAL PEDIATRICA ”
El Pleno de los Comisionados de la Comisión de Libre Competencia y Asuntos del Consumidor, en uso de sus facultades legales, y;
**Considerando:**
Que bashndose en el artículo 105 de la Ley 1 de 2001, “Sobre Medicamento y otros Productos para la Salud Humana”, el cual establece la potestad de los importadores de solicitar a la Comisión de Libre Competencia y Asunto? del Consumidor la revisi6n del Precio de Referencia Tope, el señor MANUEL FERRER MORGAN, con cédula de, identidad personal No. 8-188-582, representante legal de la empresa REPRICO S.A.., solicita incremento del Precio de Referencia Tope del producto FASIGYN 1 G/5ML SUSPENSION ORAL PEDIATRICA, registro sanitario # 42672, presentación Frasco con 1oml;
Comunidad · Norma
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