Resolución 704-04-225 de 1991
Resolución 704-04-225 de 1991
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
Carga, subordinación, condiciones y construcciones que afectan la lectura.
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Resolución 704-04-225 de 1991
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
11señales
3tipos presentes
6bloques señalados
287palabras · 15 oraciones
Resolución 704-04-225 de 1991
**Artículo 1.** Fijar el criterio de Interpretación de la norma contenida en el Parágrafo del del Código Fiscal. Art.
**Artículo 2.** Art.
**Artículo 3.** Art.
**Artículo 4.** El término de cinco (5) días establecido por el Parágrafo del del Código Fiscal para la aplicación del recargo del 10% debe computarse como días calendarios. Art.
**Artículo 5.** Los recargos que se deben aplicar una vez vencidos el término para el pago de los impuestos, se calcularán en base al valor total de la Declaración- Liquidación de Aduanas, conforme lo establece el parágrafo del del Código Fiscal. Art.
**Artículo 6.** FUNDAMENTO DE DERECHO: y 10 de la de agosto de 1979. del Decreto de Gabinete Nº 109 de 7 de mayo de 1970. REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
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