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Que establece el aprovechamiento y utilización del agua pluvial en los proyectos del Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud LA ASAMBLEA NACIONAL
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Que establece el aprovechamiento y utilización del agua pluvial en los proyectos del Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud LA ASAMBLEA NACIONAL
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415palabras · 12 oraciones
Que establece el aprovechamiento y utilización del agua pluvial en los proyectos del Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud LA ASAMBLEA NACIONAL
**Artículo 1.**
**Artículo 2.**
**Artículo 3.** El diseño y desarrollo de los planos de construcción de las edificaciones nuevas que se presenten a partir de la promulgación de la presente Ley ante Ingeniería Municipal incluir el sistema de aprovechamiento y utilización de aguas pluviales.
**Artículo 4.** El diseño, instalación, uso y mantenimiento de los sistemas de aprovechamiento y utilización de aguas pluviales ser seguros y accesibles, promoviendo la capacitación de las comunidades y de las instituciones educativas para garantizar su sostenibilidad en el tiempo.
**Artículo 5.** Ambos sistemas son paralelos y no deben mezclarse en la misma tubería.
**Artículo 6.** El Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación procurarán instalar el sistema de aprovechamiento y utilización de aguas pluviales en los edificios ya existentes de ambos ministerios. La instalación de estos sistemas será de apoyo para la gestión de la comunidad educativa y la comunidad en general.
**Artículo 7.** El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Ambiente, reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de seis meses.
**Artículo 8.** Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promulgación. COMUN Í QUESE Y CÚMPLASE.
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