QUE ESTABLECE EL IDIOMA ESPAÑOL COMO DE OBLIGATORIO ESTUDIO EN TODAS LAS CARRERAS UNIVERSITARIASTipoLeyNúmero25Año2000Gaceta24085EmisorAsamblea NacionalArtículos4
**Artículo 1.** Se establece como obligatoria la enseñanza del idioma español en todas las carreras
a nivel superior en las universidades, oficiales y particulares, establecidas en la República de
Panamá.
**Artículo 2.** Se faculta a los consejos académicos de las universidades oficiales para que
reglamenten y garanticen la inclusión de la enseñanza del idioma español, como requisito en
todos los planes y programas de estudio de las carreras dictadas en las respectivas universidades.
**Artículo 3.** Se faculta al Consejo Académico de la Universidad de Panamá para que reglamente
y garantice la inclusión de la enseñanza del idioma español, como requisito en todos los planes
de estudio de las carreras dictadas por las universidades particulares en la República de Panamá.
**Artículo 4.** Esta Ley empezará a regir desde el año 2001.
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