DECRETA:
Artícula ] + Anxilisce á las Municipalidades de Pavamá, Culón y Los Sant-s, con las sumas de mil balbuas [B. _ 1.00000) á rudi una_ de las dos quinientos bal- 1B 2500-i7) í la Última,
SOBRE LIMITES TERRITORIALES ENTRE LOS DISTRITOS DE ALANJE Y BOQUERON.
**Artículo 2.** * Ketos anxilios során Pectivus Bibiivtecas, y «nla de Los Santos á la trrminación del parque cominzadoen ly plaza principal de squella polnción. Articalo 35 Anziliase 4 los Mani. cipi s de Penonomé y Agnadules 200 las rumas — de cinco — ml balboas (2 5.000.00); - cnacro mil — balbons [B. 4.000.00,” reupectivamente, _para nder 4 1a conctrucción de un mer: 0 y un matadero en cada Distri- Parázrofo. Extas enmas 8e envin-rán á es respectivos Concejos Munt-vales, en formn de remesns, por con- Mucto del señon Administrador de Hicienda de aquella Provincia. _ Arlículó 4.* Abreso uu crédito de la «ctual vigencia económira, por la suma de trece mil quinientos balboas (B. 13.500.00), imjutables ast: DEPARTAMENTO Di INSTRUCCIÓN E BLICA. S
Capítulo 55.
**Artículo 148.** (is). Para pagar «l auxilio deoretado 4 fsvor de_Tns Municip:lidades de Pa-uamá y Culón destivado al enrique-eimiérto de sus respectivas bibriote. cas; des mil Lalbone -[B. 2.000.00). DECARTAMENTO DE FOMENTO, Capituio 76.
**Artículo 234.** (bis]. Para pagar el au; decratado á favor la- Mun alidad de Los -Sartos, destina-0- 1n conclusión del pirqus comenzado en 11 pinza prin-1pal de aquella citidad, “dos mil qui: Nentos baiboss [B_2,500,( Para pazar el avxilio decrotado en el artícnto 3. de esta Loy, 4 faver de los Municipics de Penonomé y ua dulce, nueve iil balboos 1B.9.0:0.00.]
El Presideat : Evstño A Moracas, El Socretari», Luis E- Alfaro,
Poder Ejesutivo Nacional. — Panamá. 15 de Octubre de 1908.
Publiqueso y ejecútese. 3. D. PE OBALDIA:
Pública eucirg: do del Despacho, AnceL M. Heanera, LEY 8.-DE 1908, (0e 15 0n ccrumas),
sobre límites -territoriales entre los distritos de Alanje y Boquerón.
La Asamiica Nacional de Paramá, DECERTA: Los límités terri-
tori:les entre los Distritos de - Alanje y Boquerón, an la Provincia. de Chi
Tiquí, ton los siguientes: por el sur,
adicional al Prosupuesto. do Gustos | -
j tínea rocta, desde el “P'aso Pitap]
on él 1f0 “Chirigogms” husta la qués bradir * in=" en el puso-yúblico de B quión; y duéstral río 6.,el poso hembrido ' ", elemiendo <e nhf al río “Piedrus” en'Tínea rectú h.cin el sur aPrinen deeramá: 6 lo- irace díay-del b de Octubro de md_noveción:
El Presidonte,
Eósunio A. Mosargs, *
* El Secretario, í
Mañuel A. Alguero,
Poder Eleentivo Nacional,— P¡nlm&' a 15 de Octubre de 19,8, u Publiquese y ejócáteso, E
* 7. D. oe OBALDIA, *
_ El Socretario de Gobiemo y Justie
eia, +
Ramox: M. Vainrs,—. o PODER EJEOUTIVO.
Secrotaría de Gobierno y Justicia.
DECRETO NUMERO 25 Dif 1908, (OF13 DEOCTUBAE),
DOr el cal 26 amimenta el hermonal del “Caere DO de Folícia de 1a Socción a- Conlé y no be - cc ua nombieatento, e
El Presidentó de la República, En uso de siús fcultados, y CONSDERANDO:
Que la población de Natá «e en-cuentra a large distancia de 1a Capiz. Tal de la Provincia de Coclé y, por 4u posición tnpogrífica, en -arstr con respecto 4 los "demás Dic siendo pur tal cáusa neccsaria la -pres geacha de un Olicial del Cuerpo de Egy licía en ese Municipio, d
DECRETA:
Añtículo 1.+- Abméntaje la- Oficia> lidad del Cuetpo de Poiscta de Ia Stez
El Sibwersta-io da Iustrucción ¡ Sión de Cucle con un Viguante,
Antículo 2.- Nómbrase para desem=
peñar dicho cargo al stñor Joré Anl Ecl Cuttauza, que prestirá que servij
Cios ea Natá.
Comuniquese y publiquese. --
Dado en Panamá, 4 13 de 'Octubra de 1908, -
J:D. de OBALDIA.
El Secretario de Gobierno y Juz: icia,
Rauóx M Virói.
S
y E- 15 U
s
13 -A
Di
ves
25
PATAE
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