Texto
**CONSIDERANDO:**
Cinco lentes para estudiar este norma. Describen señales verificables; no califican su validez ni cambian el texto.
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Elige una oración para recorrer sus cláusulas y la función de cada fragmento.
CONSIDERANDO:**
Lectura del mapa: las modalidades y los núcleos reconocidos tienen confianza alta; sujeto y complementos son una segmentación orientativa que siempre se coteja con el original.
28señales
5tipos presentes
18bloques señalados
1,233palabras · 37 oraciones
**CONSIDERANDO:**
Que la Resolución de Gabinete No.
Que el Decreto Ejecutivo No.
**Artículo 1.**
**Artículo 2.** Los trabajadores son sesenta años o más, al igual que aquellos que padezcan de enfermedades crónicas y mujeres embarazadas acogerse a vacaciones vencidas o adelantadas, por un mínimo de quince días calendario.
**Artículo 3.** El trabajador notificar de esta situación al empleador.
**Artículo 4.**
**Artículo 5.** A los trabajadores, diagnosticados con COVID-19 o que se mantengan en cuarentena, se les certificará su condición por parte de la Autoridad Sanitaria, a través de las Direcciones Regionales de Salud. Estas certificaciones entregarse a la Caja de Seguro Social para los efectos de tramitar su incapacidad ante esta institución.
**Artículo 6.** En todas las empresas del país existirá un Comité Especial de Salud e Higiene para la Prevención y Atención del COVID-19, conformando por representantes de los empleadores y trabajadores. Su conformación y funciones estarán descritas en los protocolos para asegurar la higiene y salud en el ámbito laboral para la prevención y atención ante el COVD-19, aprobados por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral y el Ministerio de Salud.
**Artículo 7.**
**Artículo 8.** El del Código de Trabajo referente a la movilidad laboral, ser aplicado por los empleadores como medida de prevención del COVID-19, sobre todo, para los trabajadores que atiendan al público.
**Artículo 9.** Los empleadores informarán a sus trabajadores las opciones para laborar en las modalidades de teletrabajo, según lo define la , o trabajo a disponibilidad. También les informarán sobre el uso de sus vacaciones, por un mínimo de quince días calendario o permisos de trabajo a los que tenga derecho el trabajador, con el objetivo de prevenir o atender a los afectados por el COVID-19. Para la implementación de las opciones contempladas en este artículo, el empleador conocerá las recomendaciones del Comité Especial de Salud e Higiene para la Prevención y Atención del COVID-19. La decisión del empleador constar por escrito en tres ejemplares: una para el empleador, una para el trabajador, y una enviada mediante la plataforma de MITRADEL Digital. PAR. El trabajo a disponibilidad es la modalidad laboral por medio de la cual el trabajador, sin permanecer en su lugar de trabajo, estará a disposición del empleador. Esta modalidad se realizará durante la jornada regular de trabajo y, por lo tanto, estará sujeta a salario y a todos los derechos derivados de la relación de trabajo. El trabajo a disponibilidad exclusivamente durante la vigencia de este Decreto Ejecutivo.
**Artículo 10.** Los trabajadores acatar la instrucción del empleador, en cuanto a las opciones señaladas en el artículo anterior. La renuencia por parte del trabajador, dará lugar a que el empleador pueda pedir el apoyo de las Autoridades Sanitarias, en conjunto con la Policía Nacional, para hacer cumplir la instrucción.
**Artículo 11.** La multa a aplicar en estos casos se regirá por lo descrito en el del Decreto Ejecutivo 472 de 13 de marzo de 2020.
**Artículo 12.** El empleador hacer uso del derecho sancionatorio que le otorga su reglamento interno de trabajo contra el trabajador que incumpla con las obligaciones contenidas en el presente Decreto Ejecutivo. Si no existiera reglamento interno de trabajo, aplicar suspensión de uno a tres días sin derecho a salario, por violación o incumplimiento de este Decreto Ejecutivo.
**Artículo 13.** Este Decreto Ejecutivo entrará a regir a partir de su promulgación y tendrá vigencia hasta que culmine la existencia del Estado de Emergencia Nacional que le da origen. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** , Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, Decreto Ejecutivo 472 de 13 de marzo de 2020 y Circular del 27 de febrero de 2020 del Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
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