Título I. CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Título I. CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Título I. CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Título I. CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Artículo 1CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDOLeer +
**Artículo 1.** CONSTITUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO El objetivo del presente Decreto Ejecutivo es establecer los parámetros mínimos necesarios para la implementación del Proyecto Aprender Haciendo, que en adelante se denominará el PROYECTO.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2El PROYECTO tiene como objetivo contribuir a la disminución de la tasa de desempleo en jóvenes de diecisiete á veinticuatro años, mediante pasantías laborales en un entorno empresarial, supervisado y guiado por especialistas en empleabilidad, a través de la capacitación, certificación y orientación a jóvenes panameños con formación académica provenientes de la educación media. Universitaria, vocacional o técnica del Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH) o del Instituto Técnico Superior Especializado (ITSE), que no hayan participado en proyectos de primer empleo.Leer +
**Artículo 2.** El PROYECTO tiene como objetivo contribuir a la disminución de la tasa de desempleo en jóvenes de diecisiete á veinticuatro años, mediante pasantías laborales en un entorno empresarial, supervisado y guiado por especialistas en empleabilidad, a través de la capacitación, certificación y orientación a jóvenes panameños con formación académica provenientes de la educación media. Universitaria, vocacional o técnica del Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH) o del Instituto Técnico Superior Especializado (ITSE), que no hayan participado en proyectos de primer empleo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3El PROYECTO, se denomina indistintamente como "Aprender Haciendo" o "Proyecto Aprender Haciendo", para los efectos de mercadeo, promoción e inserción mediática.Leer +
**Artículo 3.** El PROYECTO, se denomina indistintamente como "Aprender Haciendo" o "Proyecto Aprender Haciendo", para los efectos de mercadeo, promoción e inserción mediática. Todo documento legal se redactará conteniendo la denominación "Proyecto Aprender Haciendo".
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Para los efectos del PROYECTO, se definen los siguientes conceptos:Leer +
**Artículo 4.** Para los efectos del PROYECTO, se definen los siguientes conceptos: 1. Joven Aprendiz: joven de diecisiete a veinticuatro años que se encuentra participando en el PROYECTO. 2. Joven Trabajador: Es aquel joven aprendiz que culmine la pasantía con un desempeño satisfactorio y suscriba formalmente un contrato de trabajo con la empresa participante del proyecto, iniciando una relación laboral formal. 3. Capacitaciones: toda actividad realizada dentro del PROYECTO que permita el desarrollo personal del Joven Aprendiz en busca de mejoras de su actitud, conocimientos, habilidades y conductas personales. 4. Especialista en empleabilidad: profesionales con idoneidad en psicología, trabajo social, desarrollista comunitario o carreras afines, capacitado a través de la Dirección Nacional de Empleo, para transmitir conocimiento relacionado con buenas prácticas y hábitos que permitan desarrollar un desempeño deseable en los aspectos laboral, profesional y de emprendimiento. 5. Habilidades socioemocionales para la vida y el trabajo: conjunto de herramientas que permiten a las personas poder entender y controlar sus propias emociones, y desarrollarlas de forma positiva para la vida y el trabajo. 6. Pasantía laboral: estrategia de vinculación educación-trabajo, que fortalece la empleabilidad de los jóvenes aprendices, propiciándoles el desarrollo de actividades en un entorno empresarial, in situ, que refuercen su pensum académico, en cuanto a la aplicación de conocimientos teórico-prácticos en las áreas técnicas vocacionales que lo doten de mayor capacidad y competencias para enfrentar con éxito su inserción laboral, que por su esencia no constituye relación de trabajo alguno. 7. Convenio de cooperación: acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) y otra entidad para lograr los objetivos del PROYECTO. 8. Incentivo fiscal: Estímulo para promover la participación de las empresas privadas en el PROYECTO, en la forma señalada en el artículo 12 de la Ley 121 de 2019. 9. MITRADEL Digital: Plataforma en línea donde se encuentran los servicios digitales que ofrece el MITRADEL para que los jóvenes aprendices y otros usuarios realicen trámites diversos, que no requieren de su presencia física en las instalaciones de la institución, que incluyen en el Proyecto Aprender Haciendo la inscripción de jóvenes aprendices y de empresas interesadas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Título II. EJECUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Título II. EJECUCIÓN DEL PROYECTO APRENDER HACIENDO
Artículo 5El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral es la entidad gubernamental encargada de dirigir el desarrollo y ejecución del PROYECTO, a través de la unidad administrativa Dirección de Empleo.Leer +
**Artículo 5.** El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral es la entidad gubernamental encargada de dirigir el desarrollo y ejecución del PROYECTO, a través de la unidad administrativa Dirección de Empleo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6Las fases de ejecución del PROYECTO son las siguientes:Leer +
**Artículo 6.** Las fases de ejecución del PROYECTO son las siguientes: Fase 1: Capacitación en habilidades socioemocionales para la vida y el trabajo. Fase 2: Pasantía laboral. Fase 3: Obtención del estatus de trabajador.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7Para poder cumplir con los objetivos del PROYECTO, el MITRADEL celebrará convenios con las siguientes instituciones:Leer +
**Artículo 7.** Para poder cumplir con los objetivos del PROYECTO, el MITRADEL celebrará convenios con las siguientes instituciones: 1. El Ministerio de Educación 2. El Ministerio de Cultura 3. El Instituto de Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU) 4. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) 5. El Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (lNADEH) 6. El Instituto Técnico Superior Especializado (ITSE) 7. Las universidades oficiales del Estado 8. Otras entidades públicas o privadas que puedan aportar a la ejecución del proyecto.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8El MITRADEL celebrará convenios con todas las instituciones descritas en el artículo que antecede, por un periodo mínimo de cinco (5) años; conforme a éstos, el MITRADEL celebrará acuerdos específicos, con la finalidad de establecer los compromisos de cada parte en el PROYECTO.Leer +
**Artículo 8.** El MITRADEL celebrará convenios con todas las instituciones descritas en el artículo que antecede, por un periodo mínimo de cinco (5) años; conforme a éstos, el MITRADEL celebrará acuerdos específicos, con la finalidad de establecer los compromisos de cada parte en el PROYECTO. CAPACITACIÓN DE JÓVENES APRENDICES EN HABILIDADES SOCIOEMOCIONALES PARA LA VIDA Y EL TRABAJO
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Capítulo I.
Capítulo I.
Artículo 9Las formas de reclutamiento de los Jóvenes Aprendices que utilizará el MITRADEL, serán las siguientes:Leer +
**Artículo 9.** Las formas de reclutamiento de los Jóvenes Aprendices que utilizará el MITRADEL, serán las siguientes: 1. El Ministerio de Educación proporcionará una lista de los estudiantes que se encuentren por culminar el bachillerato, con el propósito de que el MITRADEL realice visitas a sus Colegios y se les comunique la oportunidad de participar. 2. El MITRADEL brindará información del PROYECTO a las universidades para que se difunda entre los estudiantes universitarios y éstos puedan inscribirse para participar. 3. Las Direcciones Regionales y la sede nacional del MITRADEL tendrán un enlace encargado del PROYECTO, el cual tendrá la responsabilidad de asistir a las comunidades procurando la más amplia divulgación. 4. El MITRADEL establecerá una estrategia nacional de divulgación del PROYECTO con los requisitos de inscripción para los jóvenes aprendices. Los jóvenes aprendices que resulten escogidos para formar parte del PROYECTO deberán pasar por una evaluación en la que se tomará en cuenta su situación socioeconómica, desempeño académico, aptitudes laborales y la demanda laboral del mercado, por parte del MITRADEL.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 10Una vez se les informe a los jóvenes aprendices sobre el PROYECTO, éstos deberán inscribirse por cualquiera de las siguientes formas:Leer +
**Artículo 10.** Una vez se les informe a los jóvenes aprendices sobre el PROYECTO, éstos deberán inscribirse por cualquiera de las siguientes formas: 1. Visitando la sede principal o Direcciones Regionales del MITRADEL. 2. Utilizando la plataforma en línea de MITRADEL Digital. Conforme a la vía escogida por el joven aprendiz, éste deberá llenar un formulario de inscripción juvenil. Esta inscripción es requisito indispensable para participar en el PROYECTO, pero en atención a las limitaciones de presupuesto y oferta de plazas de práctica, no conlleva derecho a una plaza de práctica.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 11Los requisitos del joven aprendiz para inscribirse en el PROYECTO son:Leer +
**Artículo 11.** Los requisitos del joven aprendiz para inscribirse en el PROYECTO son: 1. Ser panameño. 2. Tener de diecisiete a veinticuatro años de edad. En el caso de los jóvenes que tengan diecisiete años, deberá contar la autorización escrita de quien ejerza la patria potestad para que pueda participar. Para demostrar su edad, nombre legal y número de cédula, el joven aprendiz deberá presentar su cédula de identidad personal o, en caso de tener diecisiete años, su cédula juvenil y la cédula de identidad personal de quien ejerza la patria potestad. 3. Contar con un título académico, que podrá ser uno de los siguientes: a. Diploma de licenciatura o técnico universitario. b. Diploma de carrera técnica del Instituto Técnico Superior Especializado (ITSE). c. Certificado correspondiente a curso de formación técnica en el Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH). d. Diploma de bachillerato. c. Certificado de pre-media y demostrar que se encuentra cursando el último año de bachillerato. Para el período de capacitaciones, se aceptarán jóvenes que se encuentren cursando el último trimestre de doceavo grado; sin embargo, al iniciar el periodo de las pasantías, el joven aprendiz deberá contar con una de las opciones indicadas en los literales a basta d, inclusive, de éste numeral. Para demostrar los títulos académicos el joven deberá presentar el certificado o diploma original y la copia que será incorporada a su expediente. 4. No contar con experiencia formal de trabajo remunerado. 5. Completar el formulario de inscripción juvenil.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 12Para tener la información relevante del joven y poder llevar una estadística más eficiente de los participantes, el formulario de inscripción juvenil deberá expresar como mínimo con la siguiente información:Leer +
**Artículo 12.** Para tener la información relevante del joven y poder llevar una estadística más eficiente de los participantes, el formulario de inscripción juvenil deberá expresar como mínimo con la siguiente información: 1. Nombre completo. 2. Número de cédula. 3. Sexo. 4. Edad. 5. Teléfono de contacto. 6. Nombre de contacto para comunicar, en caso de emergencia. 7. Correos electrónicos y en caso de que las tenga, redes sociales. 8. Dirección geográfica, que incluirá provincia, distrito, corregimiento, barriada, poblado, número de casa o nombre de edificio y número de apartamento. 9. Discapacidad, si cuenta con alguna. 1O. Formación académica. El formulario de inscripción juvenil se complementará con certificaciones y documentos legales que permitan tener certeza de la veracidad de los datos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 13Los datos de Lodos los jóvenes, inscritos en el PROYECTO, estarán en una base de datos, administrada por el MITRADEL, que contendrá roda la información recolectada de las inscripciones.Leer +
**Artículo 13.** Los datos de Lodos los jóvenes, inscritos en el PROYECTO, estarán en una base de datos, administrada por el MITRADEL, que contendrá roda la información recolectada de las inscripciones.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 14Utilizando la base de datos, el MITRADEL aleatoriamente, a través de medios informáticos del MITRADEL, seleccionará los jóvenes aprendices que cumplan con los requisitos para formar parte del PROYECTO y les enviará una notificación electrónica o por medio de llamada, en la cual se les indiciará las fechas de inicio en el PROYECTO y se confirmará su asistencia a la fose de capacitaciones.Leer +
**Artículo 14.** Utilizando la base de datos, el MITRADEL aleatoriamente, a través de medios informáticos del MITRADEL, seleccionará los jóvenes aprendices que cumplan con los requisitos para formar parte del PROYECTO y les enviará una notificación electrónica o por medio de llamada, en la cual se les indiciará las fechas de inicio en el PROYECTO y se confirmará su asistencia a la fose de capacitaciones.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 15La fase de capacitación se realizará mínimo durante veinte horas completas divididas en al menos tres días.Leer +
**Artículo 15.** La fase de capacitación se realizará mínimo durante veinte horas completas divididas en al menos tres días.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 16La fase de capacitación en habilidades socioemocionales, para la vida y el trabajo, abarcará los siguientes tres ejes temáticos:Leer +
**Artículo 16.** La fase de capacitación en habilidades socioemocionales, para la vida y el trabajo, abarcará los siguientes tres ejes temáticos: 1. Habilidades para la vida: inteligencia emocional, autoestima, manejo de Las relaciones interpersonales, comunicación asertiva, liderazgo situacional, trabajo en equipo, toma racional de decisiones, ética y valores. 2. Habilidades para el trabajo: cómo elaborar una hoja de vida profesional, guía básica para la entrevista laboral, claves para ser un buen empleado, inducción laboral a las empresas, uso y aplicación del reglamento interno en las empresas, códigos de ética de las empresas y relaciones laborales. 3. Emprendimiento: conocer cómo se puede emprender en Panamá y cuáles son las ventajas de esta estrategia de generación de ingresos y riqueza.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 17Las capacitaciones las realizará el personal técnico del MITRADEL con el apoyo de entidades con las que se realicen convenios para este fin. Las actividades y compromisos de cada entidad quedarán identificados en los convenios específicos celebrados en conjunto con el MITRADEL.Leer +
**Artículo 17.** Las capacitaciones las realizará el personal técnico del MITRADEL con el apoyo de entidades con las que se realicen convenios para este fin. Las actividades y compromisos de cada entidad quedarán identificados en los convenios específicos celebrados en conjunto con el MITRADEL.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 18Posterior a las capacitaciones, el personal técnico del MITRADEL realizará la evaluación de desempeño a los jóvenes aprendices, con el propósito de identificar cuáles de éstos son meritorios para ingresar a las pasantías en las empresas privadas, y conocer cuáles de ellos requerirán del respaldo de AMPYME, al optar por la opción de emprender.Leer +
**Artículo 18.** Posterior a las capacitaciones, el personal técnico del MITRADEL realizará la evaluación de desempeño a los jóvenes aprendices, con el propósito de identificar cuáles de éstos son meritorios para ingresar a las pasantías en las empresas privadas, y conocer cuáles de ellos requerirán del respaldo de AMPYME, al optar por la opción de emprender. Los jóvenes aprendices que requieran participar en la opción de emprendimiento, se remitirán a AMPYME para su seguimiento y en el momento en que cumplan con los requisitos de esta institución, podrán obtener el capital semilla para los proyectos que inicien.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 19Una vez las empresas se inscriban en el PROYECTO y establezcan las vacantes que van a ofrecer, el MITRADEL escogerá a los jóvenes que obtuvieron mejor desempeño en las capacitaciones y que cumple con el perfil para ocupar las vacantes de las empresas, dando inicio a las pasantías.Leer +
**Artículo 19.** Una vez las empresas se inscriban en el PROYECTO y establezcan las vacantes que van a ofrecer, el MITRADEL escogerá a los jóvenes que obtuvieron mejor desempeño en las capacitaciones y que cumple con el perfil para ocupar las vacantes de las empresas, dando inicio a las pasantías.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Capítulo II. REGISTRO DE LAS EMPRESAS Y PASANTÍAS LABORALES
Capítulo II.
Capítulo II. REGISTRO DE LAS EMPRESAS Y PASANTÍAS LABORALES
Capítulo II.
Artículo 20El MITRADEL utilizará las siguientes formas de reclutamiento de las empresas que deseen participar en el PROYECTO:Leer +
**Artículo 20.** El MITRADEL utilizará las siguientes formas de reclutamiento de las empresas que deseen participar en el PROYECTO: 1. Reuniones con diferentes asociaciones y gremios empresariales para brindarles información sobre el PROYECTO y el beneficio que pueden obtener al participar del mismo. 2. Visitas a las empresas privadas de su área de competencia para dar a conocer el PROYECTO, realizadas por el enlace correspondiente designado en cada Dirección Regional y la sede nacional del MITRADEL. 3. Establecer la estrategia de divulgación del PROYECTO a nivel nacional con los pasos de inscripción para las empresas privadas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 21Una vez informadas sobre el PROYECTO, las empresas interesadas en participar realizarán el proceso de inscripción, que podrá realizarse en las siguientes modalidades:Leer +
**Artículo 21.** Una vez informadas sobre el PROYECTO, las empresas interesadas en participar realizarán el proceso de inscripción, que podrá realizarse en las siguientes modalidades: 1. Visitando la sede principal o Direcciones Regionales del MITRADEL. 2. Utilizando la plataforma en línea de MITRADEL Digital. Mediante la vía escogida por la empresa, esta deberá Llenar el formulario de inscripción empresarial.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 22Además del formulario de inscripción empresarial, los documentos que deben aportar las empresas para inscribirse en el PROYECTO son:Leer +
**Artículo 22.** Además del formulario de inscripción empresarial, los documentos que deben aportar las empresas para inscribirse en el PROYECTO son: 1. Copia del A viso de Operaciones, debidamente firmado por el representante legal, donde conste que tiene como mínimo un año o más de estar operando. 2. Certificación de Paz y Salvo de la Dirección General de Ingresos. 3. Certificación de Paz y Salvo con la Caja de Seguro Social. 4. Certificar que tiene por lo menos una vacante para ofrecer pasantía a los jóvenes aprendices. 5. Certificado del Registro Público, si es una sociedad anónima.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 23Para tener la mayor información de las empresas, el formulario de inscripción empresarial deberá contar como mínimo con la siguiente información:Leer +
**Artículo 23.** Para tener la mayor información de las empresas, el formulario de inscripción empresarial deberá contar como mínimo con la siguiente información: 1. Nombre de la empresa. 2. Datos generales del representante legal. 3. Número del Aviso de Operaciones, registro único de contribuyente (R.U.C.) y dígito verificador de la empresa. 4. Dirección de la empresa, que debe contener provincias, distrito, corregimiento, ciudad, barriada o poblado, calle, edificio o casa, número de local. 5. Actividad económica de la empresa. 6. Cantidad de vacantes ofrecidas para el PROYECTO. 7. Definición del puesto y las funciones de cada vacante ofrecida. 8. Fecha tentativa de inicio de la pasantía laboral. 9. Salario mínimo para cada vacante ofrecida, según actividad y región, número de empleados y decreto ejecutivo de salario mínimo vigente. 10. Datos del trabajador de la empresa que será responsable de la supervisión del desempeño del Joven Aprendiz, consistentes mínimamente de nombre, cargo, teléfono de contacto, correo electrónico.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 24Los datos de las empresas inscritas en el PROYECTO estarán en una base de datos administrada por el MITRADEL, en la cual se tendrá condensada toda la información recolectada de las empresas y las vacantes que se colocan a disposición del PROYECTO.Leer +
**Artículo 24.** Los datos de las empresas inscritas en el PROYECTO estarán en una base de datos administrada por el MITRADEL, en la cual se tendrá condensada toda la información recolectada de las empresas y las vacantes que se colocan a disposición del PROYECTO.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 25Los trabajadores de las empresas inscritas, encargados de la supervisión de los jóvenes aprendices, pasarán por una inducción de sensibilización del PROYECTO que incluirá explicaciones generales sobre el PROYECTO, sus normas y procedimientos, incluyendo la importancia de mantener la equidad de género en el número de pasantías que ofrezcan.Leer +
**Artículo 25.** Los trabajadores de las empresas inscritas, encargados de la supervisión de los jóvenes aprendices, pasarán por una inducción de sensibilización del PROYECTO que incluirá explicaciones generales sobre el PROYECTO, sus normas y procedimientos, incluyendo la importancia de mantener la equidad de género en el número de pasantías que ofrezcan.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 26La fase de la pasantía consiste en un periodo de tres (3) meses en el cual el joven aprendiz asiste a la empresa privada obteniendo su primera experiencia laboral. En esta fase, no existe relación de trabajo entre la empresa participante y el joven aprendiz.Leer +
**Artículo 26.** La fase de la pasantía consiste en un periodo de tres (3) meses en el cual el joven aprendiz asiste a la empresa privada obteniendo su primera experiencia laboral. En esta fase, no existe relación de trabajo entre la empresa participante y el joven aprendiz.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 27Para garantizar la seguridad mientras realizan las pasantías, el MITRADEL proporcionará a los jóvenes aprendices un seguro colectivo de accidentes laborales. El MITRADEL le entregará a las empresas copia de esta documentación para sus archivos.Leer +
**Artículo 27.** Para garantizar la seguridad mientras realizan las pasantías, el MITRADEL proporcionará a los jóvenes aprendices un seguro colectivo de accidentes laborales. El MITRADEL le entregará a las empresas copia de esta documentación para sus archivos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 28Durante la fase de la pasantía la relación entre las partes está regida por un convenio de cooperación entre el MITRADEL y la empresa participante del PROYECTO y un contrato entre el MITRADEL y el joven aprendiz. Ambos convenios están firmados por la (el) Ministra (o) de Trabajo y Desarrollo Laboral o la persona que la (el) Ministra (o) designe, y refrendados por la Contraloría General de la República.Leer +
**Artículo 28.** Durante la fase de la pasantía la relación entre las partes está regida por un convenio de cooperación entre el MITRADEL y la empresa participante del PROYECTO y un contrato entre el MITRADEL y el joven aprendiz. Ambos convenios están firmados por la (el) Ministra (o) de Trabajo y Desarrollo Laboral o la persona que la (el) Ministra (o) designe, y refrendados por la Contraloría General de la República.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 29En el contrato entre el MITRADEL y el joven aprendiz, éste se compromete a:Leer +
**Artículo 29.** En el contrato entre el MITRADEL y el joven aprendiz, éste se compromete a: 1. Ejecutar las labores asignadas por la empresa participante. 2. Cuidar y mantener en buen estado los equipos y herramientas que utilice en la pasantía. 3. No incurrir en faltas disciplinarias y causales de terminación del PROYECTO. 4. Cumplir con el horario de labores de la empresa. 5. Cumplir el reglamento interno de la empresa.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 30En el convenio de cooperación entre el MITRADEL y la empresa participante en el PROYECTO, la empresa se compromete a:Leer +
**Artículo 30.** En el convenio de cooperación entre el MITRADEL y la empresa participante en el PROYECTO, la empresa se compromete a: 1. Colaborar con el MITRADEL para la ejecución de las pasantías en entornos empresariales, para lo que dispondrá de recurso humano, técnico, materiales e instalaciones físicas empresariales, propiciando el reforzamiento del pensum académico del joven aprendiz. 2. Asignar un trabajador encargado de la supervisión en el área donde se encuentre realizando la pasantía el joven aprendiz, brindando acompañamiento en las actividades realizadas en la empresa. Este trabajador encargado de la supervisión será la unidad de enlace con el MITRADEL, para enviar un informe quincenal de asistencia, desempeño y evolución del joven aprendiz. 3. La empresa se compromete a suministrar los materiales, herramientas, equipos y todos los gastos inherentes necesarios para que el joven aprendiz pueda realizar la pasantía.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 31Durante el periodo de la pasantía, se le pagará mensualmente al joven aprendiz una remuneración equivalente al salario mínimo vigente, según la actividad, cantidad de empleados y la región donde se encuentre ubicada la empresa. Del monto establecido del salario mínimo mensual, el MITRADEL le transferirá al joven aprendiz trescientos Balboas con 00/100 (B/. 300.00) mensuales como aporte. La diferencia entre el aporte del MITRADEL y el monto del salario mínimo para cada caso especificado será pagada mensualmente al joven aprendiz por la empresa participante del PROYECTO.Leer +
**Artículo 31.** Durante el periodo de la pasantía, se le pagará mensualmente al joven aprendiz una remuneración equivalente al salario mínimo vigente, según la actividad, cantidad de empleados y la región donde se encuentre ubicada la empresa. Del monto establecido del salario mínimo mensual, el MITRADEL le transferirá al joven aprendiz trescientos Balboas con 00/100 (B/. 300.00) mensuales como aporte. La diferencia entre el aporte del MITRADEL y el monto del salario mínimo para cada caso especificado será pagada mensualmente al joven aprendiz por la empresa participante del PROYECTO. La porción del pago mensual que le corresponde a la empresa se efectuará en la fecha de pago de la planilla regular de la empresa; mientras que la porción mensual que le corresponde al MITRADEL, se hará en dos pagos quincenales.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 32Las condiciones de la relación entre el joven aprendiz y la empresa participante, incluyendo el monto de la remuneración establecida, serán verificadas por el MITRADEL, con el propósito de garantizar la protección de los derechos del joven aprendiz.Leer +
**Artículo 32.** Las condiciones de la relación entre el joven aprendiz y la empresa participante, incluyendo el monto de la remuneración establecida, serán verificadas por el MITRADEL, con el propósito de garantizar la protección de los derechos del joven aprendiz.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 33Para hacer efectiva la porción de pago que le corresponde realizar al MITRADEL, se celebrará un convenio con un banco estatal, a fin de transferir de manera electrónica los fondos que le corresponden al joven aprendiz.Leer +
**Artículo 33.** Para hacer efectiva la porción de pago que le corresponde realizar al MITRADEL, se celebrará un convenio con un banco estatal, a fin de transferir de manera electrónica los fondos que le corresponden al joven aprendiz.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 34Para garantizar transparencia en el proceso de pago a los jóvenes, el MITRADEL cumplirá las acciones descritas en el proceso de pagos establecido en el Manual de Procedimientos, aprobado por la Contraloría General de la República para el PROYECTO.Leer +
**Artículo 34.** Para garantizar transparencia en el proceso de pago a los jóvenes, el MITRADEL cumplirá las acciones descritas en el proceso de pagos establecido en el Manual de Procedimientos, aprobado por la Contraloría General de la República para el PROYECTO.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 35Las pasantías pueden culminar antes de los tres meses cuando ocurra por lo menos alguna de las siguientes situaciones:Leer +
**Artículo 35.** Las pasantías pueden culminar antes de los tres meses cuando ocurra por lo menos alguna de las siguientes situaciones: 1. Mutuo acuerdo entre cl joven aprendiz y la empresa participante del PROYECTO. 2. Si el joven aprendiz demostrara negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones. 3. Ausencia injustificada del joven aprendiz. 4. La empresa participante del PROYECTO, no realice a tiempo los pagos correspondientes al joven aprendiz. 5. Si el joven aprendiz incumple con algunas de las cláusulas del contrato firmado con el MITRADEL. 6. Si la empresa participante del PROYECTO incumple con algunas de las cláusulas del convenio firmado con el MITRADEL. 7. En caso de la muerte del joven aprendiz. 8. La incapacidad física del joven aprendiz, certificada por un médico idóneo, que le imposibilite la realización de las actividades requeridas por la empresa dentro del plazo de los tres meses de su pasantía. Para dar por terminada la relación en forma unilateral, por parte de la empresa participante del PROYECTO o del joven aprendiz, esta parte deberá informar por escrito la situación y el MITRADEL levantará de inmediato un informe en el cual consten los hechos y consideraciones de las tres partes. Adicional, se deberá notificar al MITRADEL la terminación de la relación por lo menos quince días antes a la fecha de la finalización.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Capítulo III. OBTENCIÓN DEL ESTATUS DE TRABAJADOR DEL JOVEN APRENDIZ E INCENTIVO FISCAL
Capítulo III. OBTENCIÓN DEL ESTATUS DE TRABAJADOR DEL JOVEN APRENDIZ E INCENTIVO FISCAL
Artículo 36Todos los jóvenes aprendices que culminen las pasantías con un desempeño satisfactorio, en las empresas participantes del PROYECTO, recibirán un certificado emitido por el MITRADEL con el propósito de certificar que el joven ha adquirido su primera experiencia laboral.Leer +
**Artículo 36.** Todos los jóvenes aprendices que culminen las pasantías con un desempeño satisfactorio, en las empresas participantes del PROYECTO, recibirán un certificado emitido por el MITRADEL con el propósito de certificar que el joven ha adquirido su primera experiencia laboral.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 37Al finalizar el período de tres (3) meses, el MITRADEL se reúne con el trabajador encargado de la supervisión de la empresa participante del PROYECTO y realizará una evaluación de desempeño de cada joven aprendiz, momento en el que la pasantía laboral llegará a su término.Leer +
**Artículo 37.** Al finalizar el período de tres (3) meses, el MITRADEL se reúne con el trabajador encargado de la supervisión de la empresa participante del PROYECTO y realizará una evaluación de desempeño de cada joven aprendiz, momento en el que la pasantía laboral llegará a su término. En caso de que la empresa tenga una vacante disponible, podrá contratar al joven aprendiz y suscribir formalmente un contrato de trabajo, iniciando una relación laboral con éste.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 38Los jóvenes aprendices que obtengan una evaluación sobresaliente en toda su participación en el PROYECTO, podrán obtener becas a través del IFARHU, quien actuará como ente administrador, conforme a los convenios interinstitucionales específicos vigentes. Las becas podrán ser para uso de estudios de educación media, licenciatura o de estudios de posgrado.Leer +
**Artículo 38.** Los jóvenes aprendices que obtengan una evaluación sobresaliente en toda su participación en el PROYECTO, podrán obtener becas a través del IFARHU, quien actuará como ente administrador, conforme a los convenios interinstitucionales específicos vigentes. Las becas podrán ser para uso de estudios de educación media, licenciatura o de estudios de posgrado.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 39Para la elección de los jóvenes aprendices en la obtención de las becas del IFARHU, se creará una comisión evaluadora conformada por las siguientes instituciones:Leer +
**Artículo 39.** Para la elección de los jóvenes aprendices en la obtención de las becas del IFARHU, se creará una comisión evaluadora conformada por las siguientes instituciones: 1. El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL). 2. El Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (IFARHU). 3. La Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana empresa (AMPYME)
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 40La empresa participante que formalmente establezca una relación de trabajo con el joven trabajador, posterior al período de la pasantía, gozará de un incentivo fiscal por éste, siempre y cuando presente los siguientes documentos:Leer +
**Artículo 40.** La empresa participante que formalmente establezca una relación de trabajo con el joven trabajador, posterior al período de la pasantía, gozará de un incentivo fiscal por éste, siempre y cuando presente los siguientes documentos: 1. Solicitud formal de certificación de participación en el PROYECTO, por cada joven participante. 2. Contrato de trabajo entre la empresa y el joven, que demuestre que el joven participante ha logrado una relación de trabajo por un período mínimo de seis meses consecutivos, posteriores a la culminación de la pasantía, cumpliendo con lo establecido en los artículos 68 y 78 del Código de Trabajo. 3. Paz y salvo de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 41Si la relación de trabajo entre un joven participante del programa y la empresa se interrumpe por cualquier motivo antes del primer día del séptimo mes de contratación formal, la empresa participante no podrá recibir el incentivo fiscal correspondiente a dicho trabajador.Leer +
**Artículo 41.** Si la relación de trabajo entre un joven participante del programa y la empresa se interrumpe por cualquier motivo antes del primer día del séptimo mes de contratación formal, la empresa participante no podrá recibir el incentivo fiscal correspondiente a dicho trabajador.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 42El monto del incentivo fiscal que le corresponderá a las empresas que cumplan con los requisitos establecidos será la suma equivalente al doble del salario mínimo mensual que de acuerdo a la región, actividad económica, tamaño de empresa y las funciones reciba cada joven trabajador participante del PROYECTO, por el periodo consistente del cuarto, quinto y sexto mes de contrato de trabajo. El monto del incentivo fiscal no incluye pago por horas extras, jornadas extraordinarias ni cualquier otro momo que exceda el horario y cantidad de horas regulares contratado.Leer +
**Artículo 42.** El monto del incentivo fiscal que le corresponderá a las empresas que cumplan con los requisitos establecidos será la suma equivalente al doble del salario mínimo mensual que de acuerdo a la región, actividad económica, tamaño de empresa y las funciones reciba cada joven trabajador participante del PROYECTO, por el periodo consistente del cuarto, quinto y sexto mes de contrato de trabajo. El monto del incentivo fiscal no incluye pago por horas extras, jornadas extraordinarias ni cualquier otro momo que exceda el horario y cantidad de horas regulares contratado.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 43El MITRADEL junto a la Contraloría General de la República establecerán los controles necesarios para el otorgamiento del incentivo fiscal a las empresas.Leer +
**Artículo 43.** El MITRADEL junto a la Contraloría General de la República establecerán los controles necesarios para el otorgamiento del incentivo fiscal a las empresas.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Título III. TRANSPARENCIA Y ESTADÍSTICAS
Título III.
Título III. TRANSPARENCIA Y ESTADÍSTICAS
Título III.
Artículo 44Se establecerán mecanismos de verificación de cumplimiento medidos por la Oficina de Planificación del MITRADEL, a quien le corresponderá monitorear:Leer +
**Artículo 44.** Se establecerán mecanismos de verificación de cumplimiento medidos por la Oficina de Planificación del MITRADEL, a quien le corresponderá monitorear: 1. La ejecución del PROYECTO en la sección de estadística de la página web del MITRADEL. 2. La lista actualizada semestralmente de los nombres de los jóvenes aprendices en la página web del MITRADEL. 3. La lista actualizada anualmente de los nombres de las empresas que contraten jóvenes provenientes del programa en la página web del MITRADEL. 4. Verificar el cumplimiento del Manual de Procedimientos de Controles Fiscales aprobado por la Contraloría General de La República. 5. Elaboración de informe físico financiero y las cuentas presupuestarias del PROYECTO, el cual se mantendrá actualizado en la página web del MITRADEL, en la sección de transparencia. Este informe contendrá la inversión económica actualizada del PROYECTO y los resultados obtenidos. 6. Aplicar controles de calidad para verificar el cumplimiento del PROYECTO y retroalimentar posibilidades de mejora en la ejecución del mismo.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Título IV. DISPOSICIONES FINALES
Título IV.
Título IV. DISPOSICIONES FINALES
Título IV.
Artículo 45Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir el día siguiente de su promulgación.Leer +
**Artículo 45.** Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir el día siguiente de su promulgación. **FUNDAMENTO DE DERECHO:** Decreto de Gabinete 249 de 16 julio de 1970, Decreto Ejecutivo 393 de 14 de septiembre de 2015 y Ley 121 de 30 de diciembre de 2019.
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