Que crea la Oficina de Asuntos Humanitarios para los Residentes Venezolanos, para la atención a solicitudes de reagrupación familiar por motivos humanitarios y de unión familiarTipoDecreto EjecutivoNúmero612Año2018Fecha22 oct 2018Gaceta28638-CEmisorÓrgano EjecutivoArtículos7
**Artículo 1.** Crea la Oficina de Asuntos Humanitarios para los Residentes Venezolanos, para la atención a solicitudes de reagrupación familiar por motivos humanitarios y de unión familiar.
**Artículo 2.** Que el residente de nacionalidad venezolana, podrá solicitar personalmente la solicitud de reagrupación familiar, para aquel familiar que se encuentre dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
**Artículo 3.** De igual manera podrá solicitar esta visa el Residente que vaya a realizar un evento familiar o social, las cuales se regirán por las leyes migratorias vigentes.
**Artículo 4.** El residente de nacionalidad venezolana deberá realizar en el Banco Nacional de Panamá, el pago de cincuenta balboas (B/ 50.00) en concepto de servicios migratorios y el pago de diez balboas (B/10.00) en concepto de servicios consulares, en las cuentas correspondientes.
**Artículo 5.** Con la solicitud deberá adjuntar lo siguiente:
1. Copia del pasaporte del extranjero.
2. Copia del carné de residente del responsable
3. Prueba de parentesco.
4. Prueba de solvencia del responsable.
5. Carta de responsabilidad.
6. Prueba del domicilio.
**Artículo 6.** El consulado procederá a estampar la visa correspondiente con el número de referencia otorgado por la Oficina de Asuntos Humanitarios para los Residentes Venezolanos. En los casos de que el familiar se encuentre en lugares donde no haya presencia consular de la República de Panamá, el Servicio Nacional de Migración emitirá un documento de autorización de viaje y se le entregará al residente solicitante.
Parágrafo: Queda entendido que podrá apersonarse al consulado del país donde resida el extranjero.
**Artículo 7.** Este Decreto Ejecutivo comenzará a regir al día siguiente de su promulgación en la Gaceta Oficial.
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