Por el cual se agregan actividades a las inversiones amparadas por la Ley 54 de 22 de julio de 1998 por medio de la cual se dictan medidas para la estabilidad jurídica de las inversionesTipoDecreto de GabineteNúmero20Año1999Fecha13 ago 1999Gaceta23867EmisorConsejo de GabineteArtículos2
**Artículo 1.** Inclúyase las actividades de distribución y transmisión de energía eléctrica, como inversiones aceptables y susceptibles de obtener el registro de estabilidad jurídica a las inversiones a que se refiere la Ley 54 de 22 de julio de 1998 y el Decreto Ejecutivo 9 de 22 de febrero de 1999.
**Artículo 2.** Este Decreto comenzará a regir a partir de su promulgación.
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