Artículo 1Habilitar los días inhábiles, de fiesta o duelo nacional a las oficinas del Tribunal Electoral, para la recolección de las firmas en respaldo a iniciativas ciudadanas para convocar a una Asamblea Constituyente Paralela, durante los periodos establecidos para ello.Leer +
**Artículo 1.** Habilitar los días inhábiles, de fiesta o duelo nacional a las oficinas del Tribunal Electoral, para la recolección de las firmas en respaldo a iniciativas ciudadanas para convocar a una Asamblea Constituyente Paralela, durante los periodos establecidos para ello.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Este Decreto comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral.Leer +
**Artículo 2.** Este Decreto comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →