Artículo 1Ordenar el cierre en todo el territorio nacional de las oficinas del Tribunal Electoral, del martes 2 al viernes 5 de noviembre; miércoles 10 y lunes 29 de noviembre de 2021, por el día de los difuntos y la conmemoración de las fiestas patrias.Leer +
**Artículo 1.** Ordenar el cierre en todo el territorio nacional de las oficinas del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo), del martes 2 al viernes 5 de noviembre; miércoles 10 y lunes 29 de noviembre de 2021, por el día de los difuntos y la conmemoración de las fiestas patrias.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 2Exceptuar a las unidades administrativas del Tribunal Electoral que deberán atender las actividades internas de los partidos políticos y los calendarios electorales de las elecciones Comarcales en curso, en función de los días que fueron habilitados previamente.Leer +
**Artículo 2.** Exceptuar a las unidades administrativas del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) que deberán atender las actividades internas de los partidos políticos y los calendarios electorales de las elecciones Comarcales en curso, en función de los días que fueron habilitados previamente. De igual forma, se exceptúa del cierre de los departamentos de Administración y Monitoreo Digital del CEMD.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 3Los servicios que se brindan en el Centro de Atención al Usuario (CAU) solo serán suspendidos del martes 2 al viernes 5 de noviembre de 2021.Leer +
**Artículo 3.** Los servicios que se brindan en el Centro de Atención al Usuario (CAU) solo serán suspendidos del martes 2 al viernes 5 de noviembre de 2021.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 4Las regionales que laboran en horario especial de martes a sábados, permanecerán cerradas el sábado 6 de noviembre de 2021. No obstante, laborarán el lunes 8 de noviembre para compensar dicho día de cierre.Leer +
**Artículo 4.** Las regionales que laboran en horario especial de martes a sábados, permanecerán cerradas el sábado 6 de noviembre de 2021. No obstante, laborarán el lunes 8 de noviembre para compensar dicho día de cierre.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 5En consecuencia, se suspenden los términos para todas las causas que se tramitan en las diferentes dependencias del Tribunal Electoral en los precitados días de cierre, a excepción de aquellas relacionadas con calendarios en curso de actividades electorales y de partidos políticos.Leer +
**Artículo 5.** En consecuencia, se suspenden los términos para todas las causas que se tramitan en las diferentes dependencias del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo) en los precitados días de cierre, a excepción de aquellas relacionadas con calendarios en curso de actividades electorales y de partidos políticos.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 6Instruir a la Dirección Nacional de Registro Civil para que establezca las medidas pertinentes, con el propósito de inscribir nacimientos y defunciones en las distintas sedes regionales y algunos de los principales hospitales públicos de la región; por tanto, deberá efectuar el aviso público del horario de atención correspondiente, en el cual también incluirá la obtención de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción en los distintos supermercados autorizados y en los quioscos de multiservicios del Tribunal Electoral.Leer +
**Artículo 6.** Instruir a la Dirección Nacional de Registro Civil para que establezca las medidas pertinentes, con el propósito de inscribir nacimientos y defunciones en las distintas sedes regionales y algunos de los principales hospitales públicos de la región; por tanto, deberá efectuar el aviso público del horario de atención correspondiente, en el cual también incluirá la obtención de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción en los distintos supermercados autorizados y en los quioscos de multiservicios del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo).
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 7La Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones (DTIC) deberá mantener personal operativo a disposición, a fin de solucionar cualquier requerimiento o necesidad que pueda presentarse.Leer +
**Artículo 7.** La Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones (DTIC) deberá mantener personal operativo a disposición, a fin de solucionar cualquier requerimiento o necesidad que pueda presentarse.
Leer en el texto corrido, con su cita, su vigencia y sus comentarios →Artículo 8Este decreto rige a partir de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral.Leer +
**Artículo 8.** Este decreto rige a partir de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral (reconocida por el modelo).
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