{"meta":{"recurso":"norma/decreto-2021-27-te","mirada":"publico","filas":12,"filas_reservadas":0,"campos":["id","orden","tipo","etiqueta","contenido","ini","fin","reservado"]}}
{"id":"decreto-2021-27-te.p1","orden":0,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"**CONSIDERANDO:**","ini":0,"fin":17}
{"id":"decreto-2021-27-te.p2","orden":1,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que la Constitución Política de la República de Panamá reconoce a este Tribunal personería jurídica y autonomía.","ini":19,"fin":131}
{"id":"decreto-2021-27-te.p3","orden":2,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que el artículo 33, numeral 9 de la Ley 5 del 9 de marzo de 2016, Orgánica del Tribunal Electoral dispone como función del Pleno establecer el horario de apertura y cierre de todas sus oficinas en el país.","ini":133,"fin":338}
{"id":"decreto-2021-27-te.p4","orden":3,"tipo":"texto","etiqueta":"","contenido":"Que por el día de los difuntos y la conmemoración de las fiestas patrias, el Pleno del Tribunal Electoral ha dispuesto el cierre de todas las oficinas en el ámbito nacional, del 2 al 5 de noviembre, así como el 10 y 29 de noviembre de 2021, garantizando la inscripción de nacimientos y defunciones en las distintas regiones y hospitales del país, al igual que las actividades internas de los partidos políticos y del calendario electoral de cara a las Elecciones de la Comarca Ngäbe-Buglé, así como el servicio que brinda el equipo de Monitoreo y Atención al Público de Redes Sociales del Centro de Estudios y Monitoreo Digital (CEMD) y el Centro de Atención al Usuario (CAU), con la excepción que establece este decreto.","ini":340,"fin":1061}
{"id":"decreto-2021-27-te.a1","orden":4,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 1","contenido":"**Artículo 1.** Ordenar el cierre en todo el territorio nacional de las oficinas del Tribunal Electoral, del martes 2 al viernes 5 de noviembre; miércoles 10 y lunes 29 de noviembre de 2021, por el día de los difuntos y la conmemoración de las fiestas patrias.","ini":1063,"fin":1323}
{"id":"decreto-2021-27-te.a2","orden":5,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 2","contenido":"**Artículo 2.** Exceptuar a las unidades administrativas del Tribunal Electoral que deberán atender las actividades internas de los partidos políticos y los calendarios electorales de las elecciones Comarcales en curso, en función de los días que fueron habilitados previamente.\n\nDe igual forma, se exceptúa del cierre de los departamentos de Administración y Monitoreo Digital del CEMD.","ini":1325,"fin":1712}
{"id":"decreto-2021-27-te.a3","orden":6,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 3","contenido":"**Artículo 3.** Los servicios que se brindan en el Centro de Atención al Usuario (CAU) solo serán suspendidos del martes 2 al viernes 5 de noviembre de 2021.","ini":1714,"fin":1871}
{"id":"decreto-2021-27-te.a4","orden":7,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 4","contenido":"**Artículo 4.** Las regionales que laboran en horario especial de martes a sábados, permanecerán cerradas el sábado 6 de noviembre de 2021. No obstante, laborarán el lunes 8 de noviembre para compensar dicho día de cierre.","ini":1873,"fin":2095}
{"id":"decreto-2021-27-te.a5","orden":8,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 5","contenido":"**Artículo 5.** En consecuencia, se suspenden los términos para todas las causas que se tramitan en las diferentes dependencias del Tribunal Electoral en los precitados días de cierre, a excepción de aquellas relacionadas con calendarios en curso de actividades electorales y de partidos políticos.","ini":2097,"fin":2395}
{"id":"decreto-2021-27-te.a6","orden":9,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 6","contenido":"**Artículo 6.** Instruir a la Dirección Nacional de Registro Civil para que establezca las medidas pertinentes, con el propósito de inscribir nacimientos y defunciones en las distintas sedes regionales y algunos de los principales hospitales públicos de la región; por tanto, deberá efectuar el aviso público del horario de atención correspondiente, en el cual también incluirá la obtención de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción en los distintos supermercados autorizados y en los quioscos de multiservicios del Tribunal Electoral.","ini":2397,"fin":2944}
{"id":"decreto-2021-27-te.a7","orden":10,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 7","contenido":"**Artículo 7.** La Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones (DTIC) deberá mantener personal operativo a disposición, a fin de solucionar cualquier requerimiento o necesidad que pueda presentarse.","ini":2946,"fin":3159}
{"id":"decreto-2021-27-te.a8","orden":11,"tipo":"texto","etiqueta":"Artículo 8","contenido":"**Artículo 8.** Este decreto rige a partir de su publicación en el Boletín del Tribunal Electoral.","ini":3161,"fin":3259}
