LegislaciónLegislación/Administración General de Rentas Internas Decreto Distrito de Colon Mercado Mercados Públicos Ministerio de Hacienda y Tesoro/Decreto 360ID · decreto-1943-360
Decreto 360●Vigente
Por el cual se deroga el artículo 7º del Decreto nº124 de 1923. (Organización de mercados públicos).
POR EL CUAL SE DEROGA EL ARTICULO 7º DEL DECRETO Nº124 DE 1923. (ORGANIZACION DE MERCADOS PUBLICOS)TipoDecretoNúmero360Año1943Gaceta09261Artículos3
Administración General de Rentas Internas Decreto Distrito de Colon Mercado Mercados Públicos Ministerio de Hacienda y Tesoro
**Artículo 1.** % Elimínanse dos cargos de Inspectores de Tercera. Categoría de la Administración General de Rentas Internas y se crea el de Tnspector Especial en ese mismo Departamento con
un sueldo de ciento cincuenta balboas (B. 150.00)
mensuales.
**Artículo 2.** ? El Inspector Especial será un funcionario ejecutor que visitará periódicamente las Administraciones Provinciales de las Oficinas de los Recaudadores de Rentas Internas de toda la República, y tendrá autoridad sobre dichos empleados en todo lo relativo a sus atribuciones y deberes: organización de las oficinas y percepción de los impuestos.
**Artículo 39.** El Inspactor Especial tend recho a viáticos que debe comprobar mensuai-mente ante la Administración General de Rentas
Tnternas y la Contraloría General de Ja República
ador Genera!l de Rs por dio de un RE GLAMENTO las atribuciones, deberes y facul tade sdel Director de Vigiiancia, del Inspector E:
pcial y de los Inspectores de Primera Categoría,
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