Legislación
Código Sanitario de la República de Panamá.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 169 | La educación y divulgación sanitarias estarán sujetas a la intervención de la Dirección General de Salud Pública y serán realizadas de preferencia entre las ma… | Capítulo Tercero Educación Sanitaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 424 |
| Artículo 98 | La delegación de funciones y autoridad a que se refiere el artículo 97 es revocable por el Consejo Técnico de Salud Pública, a petición del Director General, c… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 425 |
| Artículo 163 | Sin perjuicio de las actividades de la Dirección de Estadística de la Contraloría General de la República, la Dirección General de Salud Pública tendrá, a su c… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 431 |
| Artículo 155 | El Estado creará instituciones oficiales o fomentará la organización de instituciones privadas de protección social maternal e infantil, como casas-cunas, jard… | Capítulo Primero Protección a la maternidad y a la infancia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 214 | El Director General de Sanidad, los jefes sanitarios provinciales, los directores de unidades sanitarias y las personas a quienes estos comisionen por escrito,… | Capítulo Único Entrada y Registro de Lugares Cerrados | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 205 | Prohíbase descargar directa o indirectamente los desagües de aguas usadas, sean de alcantarillas o de fábricas u otros, en ríos, lagos, acequias o cualquier cu… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 436 |
| Artículo 160 | Los médicos que expidieren certificados falsos y los jueces que no los exigieren como requisito previo al contrato matrimonial serán penados de conformidad con… | Capítulo Tercero Eugenesia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 437 |
| Artículo 217 | En la formulación de los presupuestos nacionales se tomará en consideración la conveniencia de que las partidas votadas para el Departamento de Salud Pública s… | Capítulo Primero Rentas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 440 |
| Artículo 122 | Se establecerá estrecha cooperación entre los servicios médico-preventivos y médico-curativos, como servicios prenatales y de maternidades, dispensarios y sana… | Capítulo Segundo Régimen de Hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 444 |
| Artículo 131 | Corresponde al Órgano Ejecutivo, a través de la Dirección General de Salud Pública, en materia de profilaxis sanitaria internacional, cumplir y hacer cumplir l… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 452 |
| Artículo 132 | Corresponde también a la Dirección General de Salud Pública, asesorar al Órgano Ejecutivo en los problemas de inmigración y proponer los reglamentos sobre cond… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 457 |
| Artículo 117 | El Estado proveerá lechos en los hospitales para la atención médico-quirúrgica general, excepto tuberculosis y enfermedades mentales, a razón de tres (3) a sie… | Capítulo Primero Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 470 |
| Artículo 43 | Cuando no existan en el escalafón miembros especializados en ciertas funciones que deben ser desempeñadas por tiempo completo, podrá el jurado admitir a concur… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 144 | La campaña nacional antituberculosa debida consideración, fomentará y ayudará, a las instituciones privadas, nacionales o locales, que se ocupen de obras socia… | Capítulo Segundo Tuberculosis | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 193 | Subrogado — L. 14/2016, art. 51. | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 185 | La autoridad sanitaria queda facultada para retirar bajo recibo muestras de sustancias alimenticias, dejando contra muestras selladas y para practicar en ellas… | Capítulo Primero Alimentos | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 473 |
| Artículo 95 | El Director General determinará dentro de los tres meses siguientes, los municipios que puedan realizar independientemente el total de las funciones sanitarias… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 474 |
| Artículo 149 | La lucha anti-malárica comprenderá especialmente: | Capítulo Cuarto Malaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 479 |
| Artículo 120 | Se establecerá un sistema de coordinación entre los hospitales locales, regionales y especializados, con el objeto de evitar instalaciones de servicios costoso… | Capítulo Segundo Régimen de Hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 484 |
| Artículo 138 | En caso de epidemia o amago de ella, el Órgano Ejecutivo, a petición del Director General de Salud Pública, podrá declarar como zona epidémica sujeta a control… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 5 | 0 | 0 | 0 | 0 | 489 |
| Artículo 200 | Prohíbase ejercer conjuntamente las profesiones de médico–cirujano y farmacéutico. | Capítulo Primero Medicina y profesiones afines | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 494 |
| Artículo 83 | Toda institución de asistencia médico-curativa, pública o privada, tendrá como autoridad técnica superior responsable, un director médico especialista en organ… | Capítulo Tercero Disposiciones generales del escalafón de hospitales | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 496 |
| Artículo 146 | Las enfermedades venéreas serán controladas por la Dirección General de Salud Pública, conforme al mismo criterio epidemiológico que las demás enfermedades tra… | Capítulo Tercero Enfermedades venéreas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo 37 | Mientras no exista suficiente número de médicos panameños titulados en higiene pública, el Órgano Ejecutivo queda autorizado para contratar técnicos sanitarios… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 503 |
| Artículo 167 | La oficina de estadística de la Dirección General de Salud Pública, una vez al año por lo menos, imprimirá una recopilación de las tablas estadísticas de morta… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 503 |
| Artículo 219A | A — Adicionado. | Capítulo Primero Infracciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 506 |
| Artículo 234 | El Director General de Salud Pública queda facultado para reformar los reglamentos en uso, a cuyo fin designará una comisión integrada por tres miembros del De… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 512 |
| Artículo 220 | Subrogado — L. 40/2006, art. 4º. | Capítulo Segundo Procedimiento | — (no aplica) | 9 | 0 | 0 | 0 | 0 | 517 |
| Artículo 58 | Se llevará una hoja de servicio de todo miembro del escalafón, en que constará: | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 518 |
| Artículo 82 | Los médicos actualmente al servicio de los hospitales del país tendrán preferencia para su ingreso al escalafón. | Capítulo Tercero Disposiciones generales del escalafón de hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 520 |
| Artículo 60 | Para los fines de este escalafón, ascenso es la elevación desde una categoría a la siguiente. | Capítulo Quinto Ascensos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 528 |
| Artículo 11 | A las distintas secciones de esta división les serán asignadas las siguientes actividades: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 530 |
| Artículo 36 | Aprobada la ley de presupuesto el Director del Departamento, mediante resolución, distribuirá el personal a los distintos puestos, agrupándolo por divisiones,… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 538 |
| Artículo 215 | La autoridad sanitaria podrá clausurar los locales donde se infrinjan disposiciones de este código y sus reglamentos. | Capítulo Único Entrada y Registro de Lugares Cerrados | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 539 |
| Artículo 190 | La Dirección General de Salud Pública, someterá las drogas y especialidades farmacéuticas a un control oficial, incluso de precios, el cual velará porque no se… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 546 |
| Artículo 9 | Corresponderá a la Dirección General de Salud Pública: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 561 |
| Artículo 104 | En los asuntos referentes a saneamiento y construcciones u obras públicas, como desagües, edificios escolares, hospitales, cárceles, mataderos, etc., se seguir… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 561 |
| Artículo 56 | Los ingresos del escalafón se harán a medida que ocurran vacantes o se creen nuevas plazas. | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 564 |
| Artículo 135 | Estarán bajo el control del Departamento Nacional de Salud Pública las enfermedades comunicables en sus aspectos y en especial el de su difusión. | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 568 |
| Artículo 168 | El Estado desarrollará intensivamente la preparación de enfermeras y enfermeras sanitarias, como también trabajadoras sociales. | Capítulo Segundo Enfermería de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 570 |
| Artículo 21 | Con excepción de los municipios que, a juicio del Departamento General de Salud Pública, estén capacitados para desarrollar las labores de protección de la sal… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 572 |
| Artículo 118 | El Estado favorecerá el desarrollo de instituciones privadas de asistencia médico-social, a las que sólo podrá subvencionar cuando cumplan los requisitos que e… | Capítulo Primero Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 572 |
| Artículo 87 | De acuerdo con la Constitución, es función esencial del Estado velar por la Salud Pública y los gobiernos locales deben cooperar en esta labor. | Capítulo Cuarto Atribuciones y deberes en relación con la Salud Pública local | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 573 |
| Artículo 108 | El Consejo Técnico de Salud Publica funcionará en el Ministerio del Ramo y tendrá por misión principal súper vigilar y aprobar la revalidación hecha por la uni… | Capítulo Tercero Consejo Técnico de Salud Pública | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 573 |
| Artículo 137 | Los enfermos, portadores y contactos de enfermedades transmisibles, podrán ser sometidos a aislamiento, cuarentena, observación o vigilancia, por el tiempo y e… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 573 |
| Artículo 159 | Para contraer matrimonio es indispensable que los contrayentes presenten al juez que haya de celebrarlo o que autorice la licencia, un certificado prenupcial e… | Capítulo Tercero Eugenesia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 573 |
| Artículo 223 | Subrogado — L. 40/2006, art. 6º. | Capítulo Tercero Sanciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 578 |
| Artículo 44 | Como un estímulo para el desarrollo de la profesión sanitaria, todo profesional que se titule de Doctor o Master en Salud Pública, en Universidad de primera cl… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 579 |
| Artículo 55 | Todo ingreso al escalafón sanitario se hará por concurso de oposición. | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 581 |
| Artículo 73 | Para los efectos del ascenso, jubilación, pensión, etc., a los funcionarios de que trata este capítulo se les reconocerá el número de años que hubieren servido… | Capítulo Noveno Personal actualmente en servicio | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 585 |
| Artículo 203 | Los proyectos de construcción, reparación, modificación de cualquier obra pública o privada que en una u otra forma se relacionen con el agua potable, alcantar… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 600 |
| Artículo 110 | El Consejo sólo estará formado por ciudadanos panameños y por profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de sus respectivas profesiones. | Capítulo Tercero Consejo Técnico de Salud Pública | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 604 |
| Artículo 126 | Habrá por lo menos una institución oficial dotada de los siguientes recursos para la atención de enfermos nerviosos y mentales; | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 605 |
| Artículo 42 | Los miembros del escalafón sanitario serán de tres categorías, así: | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 607 |
| Artículo 114 | Los servicios coordinados que no queden bajo el manejo directo del Departamento Nacional de Salud Pública, deberán presentar una relación escrita mensual de su… | Capítulo Cuarto Organismos Coordinados de Salud Pública | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 612 |
| Artículo 113 | Se entienden por servicios coordinados aquellos en que la Dirección General de Salud Pública sólo tiene ingerencia parcial administrativa o económica o mixta. | Capítulo Cuarto Organismos Coordinados de Salud Pública | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 615 |
| Artículo 66 | Los miembros del escalafón separados por falta cometida perderán todos los beneficios que les concede este código; | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 627 |
| Artículo 127 | Para los efectos legales se consideran también establecimientos psiquiátricos, las clínicas de conducta, las instituciones para retardados, los anexos psiquiát… | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 628 |
| Artículo 78 | Con el objeto de hacer efectiva la carrera médico de hospital, créase el escalafón de hospitales incluso su jurado. | Capítulo Primero Carrera de Médico de Hospital | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 631 |
| Artículo 175 | Para la realización de estas actividades cada centro sanitario contará con personal de tiempo completo, o por lo menos un médico, una enfermera por cada 10.000… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 639 |
| Artículo 67 | El personal del escalafón debe proceder con caballerosidad, eficiencia e imparcialidad en sus actuaciones: | Capítulo Séptimo Disciplina | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 650 |
| Artículo 186 | Corresponde al Estado desarrollar una política nacional de alimentación, dirigida a la producción interna de los alimentos básicos para la nutrición del pueblo… | Capítulo Primero Alimentos | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 651 |
| Artículo 74 | El jurado del escalafón podrá designar hasta un total de tres miembros especiales y cinco miembros de honor en el escalafón sanitario, sin otro requisito que h… | Capítulo Décimo Miembros especiales y miembros de honor | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 657 |
| Artículo 179 | Con el objeto de mejorar la atención sanitaria del país, el Órgano Legislativo proveerá anualmente, por cuenta del Estado, un número suficiente de becas en el… | Capítulo Séptimo Especialización Sanitaria por cuenta del Estado y Congresos Sanitarios | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 657 |
| Artículo 166 | El último médico que suministre atención a un paciente dentro de las 24 horas anteriores a su fallecimiento está obligado a extender el certificado de defunció… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 662 |
| Artículo 136 | Quedan obligados a denunciar las enfermedades comunicables a la autoridad más próxima: | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 666 |
| Artículo 174 | Las instituciones mencionadas serán la base de todas las actividades de salud pública local, especialmente las que se refieren al examen periódico de las embar… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 670 |
| Artículo 199 | El Consejo Técnico resolverá todo asunto relacionado con el ejercicio, derecho, moral y secreto profesionales, honorarios, etc. Establecerá y aplicará las sanc… | Capítulo Primero Medicina y profesiones afines | — (no aplica) | 6 | 0 | 0 | 0 | 0 | 671 |
| Artículo 99 | Las municipalidades que a juicio del Director General no posean capacidad económica para mantener una oficina de higiene podrán previo acuerdo con las mismas,… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 680 |
| Artículo 187 | A propuesta de la Dirección General de Salud Pública, el Órgano Ejecutivo dictará los reglamentos sanitarios sobre producción, fabricación, almacenamiento, ven… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 680 |
| Artículo 124 | El Estado determinará el número de camas con que deben contar dichas instituciones, en especial las dedicadas a tuberculosis, cáncer y enfermedades mentales. | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 687 |
| Artículo 116 | La asistencia y bienestar sociales, se proporcionarán en establecimientos generales o especializados y la de otras instituciones de índole curativa en clínicas… | Capítulo Primero Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 690 |
| Artículo 63 | La renuncia de un miembro lo separa de inmediato del escalafón, pero le da derecho a reingreso posterior, siempre que en el retiro no hubiere mediado irregular… | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 703 |
| Artículo 188 | Las especialidades farmacéuticas no podrán ser importadas o fabricadas en el país, sin su previo análisis y registro en el Departamento General de Salud Públic… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 707 |
| Artículo 20 | Las provincias sanitarias se dividirán en distritos sanitarios que señalará el Director General de Salud Pública. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 710 |
| Artículo 31 | El ingreso en el Departamento Nacional de Salud Pública se rige por las siguientes disposiciones: | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 715 |
| Artículo 162 | El Estado tomará las siguientes medidas en la acción contra las enfermedades crónicas, degenerativas, involuntarias, etc., y en especial en relación con el cán… | Capítulo Quinto Enfermedades degenerativas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 719 |
| Artículo 211 | La Dirección de Salud Pública y la de Trabajo, coordinarán sus actividades para evitar duplicación de las mismas. | Capítulo Segundo Higiene Industrial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 723 |
| Artículo 154 | Es primordial obligación del Estado la protección y asistencia gratuitas de la maternidad y la infancia, que comprende: | Capítulo Primero Protección a la maternidad y a la infancia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 728 |
| Artículo 195 | Mientras se dicte el nuevo Código Penal, toda infracción de las disposiciones anteriores de este capítulo será de conocimiento de la justicia ordinaria. | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 735 |
| Artículo 125 | En relación con la asistencia de psicópatas, el Estado orientará y súper vigilará los servicios destinados al tratamiento de individuos que sufran perturbacion… | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 750 |
| Artículo 4 | Son organismos competentes, para intervenir en problemas de salud pública: | Capítulo Primero Organismos competentes de salud pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 751 |
| Artículo 15 | Las secciones técnicas, desarrollarán las siguientes actividades fundamentales, que podrán agruparse en una misma sección, según sus afinidades: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 769 |
| Artículo 65 | La separación por falta cometida por un miembro del escalafón sólo procediera mediante proceso escrito, incoado por el Director General de Salud Pública ante e… | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 6 | 0 | 0 | 0 | 0 | 769 |
| Artículo 134 | La Dirección General de Salud Pública, cooperará de común acuerdo con las autoridades respectivas en lo relativo a las actividades sanitarios que se desarrolle… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 772 |
| Artículo 54 | Son atribuciones del Jurado del escalafón sanitario: | Capítulo Tercero Jurado del escalafón sanitario | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 775 |
| Artículo 204 | Para la construcción, reparación, alteración, o adición de edificios de cualquier naturaleza, uso o destino, sea público o privado, para vivienda, comercio, re… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 4 | 0 | 0 | 0 | 0 | 789 |
| Artículo 207 | Subrogado — L. 21/79, art. 1º. | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 795 |
| Artículo 71 | Aprobado este código, el Director del Departamento gestionará la instalación del primer jurado del escalafón, cuyos representantes del personal designará trans… | Capítulo Noveno Personal actualmente en servicio | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 809 |
| Artículo 226 | Los gobernadores, alcaldes, corregidores, y regidores, el Cuerpo de Policía Nacional y demás autoridades de la República están en la obligación de prestar a lo… | Capítulo Cuarto Multas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 809 |
| Artículo 130 | El Director General de Salud Pública, encomendará a la sección correspondiente, la aplicación de los siguientes preceptos: | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 819 |
| Artículo 184 | El comercio de substancias alimenticias, en cualquiera de sus frases, queda sujeto a control sanitario, especialmente en lo siguiente: | Capítulo Primero Alimentos | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 846 |
| Artículo 50 | Créase el Jurado del Escalafón Sanitario el cual quedará compuesto de cinco miembros ad-honorum, a saber: | Capítulo Tercero Jurado del escalafón sanitario | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 852 |
| Artículo 91 | Son actividades locales en relación con la protección y mantenimiento de la salud y seguridad individual y colectiva: | Capítulo Cuarto Atribuciones y deberes en relación con la Salud Pública local | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 909 |
| Artículo 112 | El Consejo Técnico no tiene carácter ejecutivo y sus resoluciones se comunicarán por escarito al Director General de Salud Pública, quien deberá aplicarlas en… | Capítulo Tercero Consejo Técnico de Salud Pública | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 918 |
| Artículo 88 | Son actividades sanitarias locales en relación con el control del ambiente: | Capítulo Cuarto Atribuciones y deberes en relación con la Salud Pública local | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 921 |
| Artículo 45 | A los miembros del escalafón sanitario corresponderán los siguientes títulos y sueldos básicos: | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 939 |
| Artículo 157 | Serán atribuciones y deberes del Departamento Nacional de Salud Pública, en relación a la Salud e Higiene Escolar: | Capítulo Segundo Salud e higiene escolar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 949 |
| Artículo 47 | Cada miembro del escalafón tendrá derecho: | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 962 |
| Artículo 218 | Subrogado — L. 40/2006, art. 1º. | Capítulo Primero Infracciones | — (no aplica) | 5 | 0 | 0 | 0 | 0 | 1008 |
