Legislación
Código Sanitario de la República de Panamá.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 221 | Derogado — L. 40/2006, art. 9º. | Capítulo Tercero Sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 48 |
| Artículo 224 | Derogado — L. 40/2006, art. 9º. | Capítulo Cuarto Multas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 48 |
| Artículo 228 | Derogado — L. 40/2006, art. 9º. | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 48 |
| Artículo 229 | Derogado — L. 40/2006, art. 9º. | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 48 |
| Artículo 101 | No podrán expedirse acuerdos municipales que infrinjan las normas sanitarias. | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 95 |
| Artículo 17 | La Inspección General de Salud Pública tendrá la supervigilancia y coordinación de los servicios sanitarios provinciales. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 138 |
| Artículo 222 | Subrogado — L. 40/2006, art. 5º. | Capítulo Tercero Sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 138 |
| Artículo 68 | Los miembros del Escalafón tienen derecho a defenderse personalmente o mediante apoderado de los cargos que se les formulen. | Capítulo Séptimo Disciplina | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 141 |
| Artículo 51 | Los miembros electos del jurado del escalafón durarán tres años en sus cargos. | Capítulo Tercero Jurado del escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 143 |
| Artículo 93 | Es obligación de los municipios dedicar las partidas suficientes para los servicios de salud pública en los respectivos distritos. | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 147 |
| Artículo 13 | La División de Sanidad la formarán todas las acciones técnicas de carácter sanitario. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 162 |
| Artículo 62 | Los miembros del escalafón disfrutarán de permanencia en éste y sólo podrán ser separados por renuncia, falta invalidez, jubilación o fallecimiento. | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 165 |
| Artículo 12 | Los servicios oficiales de asistencia médico-curativa tendrán personal propio que, salvo casos especiales, será diferente del destinado a salubridad. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 166 |
| Artículo 53 | Los fallos del jurado del escalafón sanitario, en los asuntos de su competencia, sólo son revisables por el tribunal de lo Contencioso Administrativo. | Capítulo Tercero Jurado del escalafón sanitario | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 167 |
| Artículo 115 | El Estado proporcionará asistencia médico-social en hospitales e instituciones de índole curativa a los enfermos, deficientes físicos y desamparados. | Capítulo Primero Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 167 |
| Artículo 33 | En igualdad de condiciones se preferirá a los candidatos que posean título universitario o de especialización o certificados de estudios más adelantados. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 170 |
| Artículo 27 | El Director General de Salud Pública ejercerá sus funciones técnicas con exclusión de toda otra autoridad dentro de los límites prescritos por este Código. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 172 |
| Artículo 76 | Las anteriores disposiciones, tendrán primacía sobre las de cualquier otro código, ley o reglamento, generales o especiales, en la parte en que se contradigan. | Capítulo Undécimo Garantía | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 176 |
| Artículo 1 | El presente Código regula en su totalidad los asuntos relacionados con la salubridad e higiene públicas, la policía sanitaria y la medicina preventiva y curati… | TÍTULO PRELIMINAR Materias y alcance de este Código | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 178 |
| Artículo 2 | La interpretación de las voces y términos, primitivos o derivados usados en este Código se regirá por las definiciones contenidas en el Libro VI, Título Único,… | TÍTULO PRELIMINAR Materias y alcance de este Código | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 187 |
| Artículo 10 | La División de Hospitales estará integrada por las secciones técnicas que tengan relación con el manejo o control de los hospitales y demás instituciones de ín… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 190 |
| Artículo 19 | Competen a los Servicios Sanitarios Provinciales, dentro de la respectiva jurisdicción, las funciones ejecutivas y de fiscalización de todas las actividades de… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 191 |
| Artículo 16 | La División Administrativa comprenderá las oficinas y personal no técnicos adscritos a la Dirección General de Salud Pública, conforme a la Ley y los reglament… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 195 |
| Artículo 52 | Los miembros del jurado no pueden actuar en diligencias o asuntos que se promuevan ante el jurado y que les interesen personalmente. | Capítulo Tercero Jurado del escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 196 |
| Artículo 107 | Toda discrepancia que resultare por competencia de autoridad, será resuelta por el Consejo Técnico de Salud Pública, el cual fallará con arreglo a las disposic… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 198 |
| Artículo 49 | El Director General de Salud Pública calculará anualmente los sueldos y otros derechos económicos de los miembros del escalafón, para obtener su debida inclusi… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 204 |
| Artículo 192 | Subrogado — L. 14/2016, art. 50. | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 205 |
| Artículo 72 | Los otros funcionarios médicos, ingenieros, etc., en servicio a tiempo parcial, no podrán ingresar al escalafón; | Capítulo Noveno Personal actualmente en servicio | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 206 |
| Artículo 59 | El Director General de Salud Pública, previo conocimiento del Jurado, hará en Diciembre de cada año, las anotaciones correspondientes en las hojas de servicios… | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 207 |
| Artículo 172 | Queda igualmente prohibido utilizar con fines de lucro y sin la debida autorización escrita, las resoluciones resultados de análisis y otros documentos expedid… | Capítulo Cuarto Propaganda Sanitaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 207 |
| Artículo 103 | En los casos de epizootias o zoonosis que puedan repercutir gravemente sobre la salud humana, el control de todos sus aspectos está sujeto a lo que determine l… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 208 |
| Artículo 39 | El Gobierno favorecerá el funcionamiento inmediato en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Panamá, de Escuelas de Medicina y Odontología, junto… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 211 |
| Artículo 30 | El Personal secundario especializado y el personal administrativo desempeñarán las funciones y actividades que les asignen sus jefes, de acuerdo con lo dispues… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 214 |
| Artículo 206 | La Dirección General, una vez hechos los estudios correspondientes, propondrá al Órgano Ejecutivo un plan de saneamiento rural que armonice sus exigencias con… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 225 |
| Artículo 158 | El Departamento de Salud Pública, a través de la División de Hospitales proveerá facilidades curativas para los niños y escolares indigentes, como también para… | Capítulo Segundo Salud e higiene escolar | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 227 |
| Artículo 165 | Todos los servicios públicos o privados de atención preventiva o curativa, incluyendo sociedades mutualistas, laboratorios, etc., deberán proporcionar a la mis… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 229 |
| Artículo 198 | El Consejo Técnico de Salud Pública aprobará el reglamento que fije los requisitos necesarios para la inscripción de títulos, y tomará en consideración lo disp… | Capítulo Primero Medicina y profesiones afines | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 232 |
| Artículo 34 | El personal que no está sujeto a escalafones especiales, ascenderá de acuerdo con las disposiciones administrativas generales. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 233 |
| Artículo 32 | Todo ingreso al Departamento, excepto cuando se trate de proveer cargos técnicos especializados y no exista en el servicio personal idóneo para el ascenso, se… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 235 |
| Artículo 196 | Los comisos de drogas enervantes quedarán a beneficio de los hospitales del país, cuando sean de calidad terapéutica y en caso contrario serán destruidos por u… | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 239 |
| Artículo 75 | El Estado garantizará a los profesionales médicos, ingenieros, etc. que abandonen el ejercicio privado de la profesión para dedicarse al servicio público, la m… | Capítulo Undécimo Garantía | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 244 |
| Artículo 227 | Subrogado — L. 40/2006, art. 7º. | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 255 |
| Artículo 141 | El Director de Salud Pública podrá hacer total o parcialmente obligatorio el uso público de métodos o productos preventivos de reconocida eficacia, sobre todo… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 258 |
| Artículo 139 | Queda prohibido a los laboratorios públicos o privados cultivar o mantener, en cualquier forma, micro-organismos o parásitos, agentes de enfermedades que no ex… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 260 |
| Artículo 106 | Las instituciones de Previsión Social quedan en todo lo relativo a higiene, medicina preventiva y curativa, etc., sujetas a las disposiciones de este Código re… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 261 |
| Artículo 170 | La Dirección de Salud Pública creará cursos para enfermería, auxiliares e inspectores sanitarios. | Capítulo Tercero Educación Sanitaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 263 |
| Artículo 232 | Autorizase al Ministerio del Ramo para re-estructurar el Departamento Nacional de Salud Pública y sus dependencias sobre las bases establecidas en este Código… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 265 |
| Artículo 213 | Las normas referentes al establecimiento, traslado, clausura y mantenimiento de cementerios serán dictadas por la autoridad sanitaria, Sólo en casos muy califi… | Capítulo Tercero Policía Mortuoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 266 |
| Artículo 24 | El Sub-Director y el Inspector General deberán ser panameños, doctores en medicina y cirugía, con reconocida versación en salud pública, reunir los requisitos… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 267 |
| Artículo 191 | Se prohíbe importar, fabricar, almacenar, comerciar, o vender drogas, especialidades farmacéuticas y productos medicinales en general, contaminados, adulterado… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 274 |
| Artículo 14 | Las secciones técnicas serán esencialmente funcionales y se adaptarán precisamente a las actividades respectivas. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 275 |
| Artículo 105 | El Banco de Urbanización, la Caja de Seguro Social y cualquier otra entidad estatal de fines semejantes, se sujetarán a las normas generales que dicte la autor… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 177 | Las normas para la organización y funcionamientos de los centros sanitarios serán dadas por el Director General de Salud Pública y su fiscalización corresponde… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 61 | El reglamento del escalafón establecerá la forma en que se tramitarán los ascensos y las normas para calificar la antigüedad y el mérito, según procedimientos… | Capítulo Quinto Ascensos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 288 |
| Artículo 230 | El Director de Salud Pública, con la aprobación del Órgano Ejecutivo, dictará un reglamento para la graduación de las infracciones y penas, el cual contendrá a… | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 289 |
| Artículo 180 | Todas las becas que otorguen entidades, instituciones o gobiernos extranjeros para estudios de medicina, dentistería, veterinaria, enfermería, ingeniería sanit… | Capítulo Séptimo Especialización Sanitaria por cuenta del Estado y Congresos Sanitarios | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 293 |
| Artículo 225 | En cumplimiento de las atribuciones que les señala este código, los funcionarios de Salud Pública, podrán hacer uso de los medios que sean necesarios, incluso… | Capítulo Cuarto Multas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 293 |
| Artículo 235 | El presente código empezará a regir quince (15) días después de su publicación en la Gaceta Oficial, publicación que se efectuará dentro de los cinco (5) días… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 301 |
| Artículo 79 | Los médicos revalidados de hospital podrán atender su profesión privada fuera de las horas de servicio. | Capítulo Primero Carrera de Médico de Hospital | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 302 |
| Artículo 164 | Los oficiales auxiliares del Registro Civil deberán remitir semanalmente a la Dirección General de Salud Pública los datos que recojan en sus respectivas ofici… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 306 |
| Artículo 181 | La Dirección General de Salud Pública, convocará periódicamente a congresos o conferencias nacionales cuando estime útil considerar cuestiones de interés para… | Capítulo Séptimo Especialización Sanitaria por cuenta del Estado y Congresos Sanitarios | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 318 |
| Artículo 22 | El departamento nacional de Salud Pública estará a cargo del Director General de Salud Pública que será su representante ejecutivo. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 320 |
| Artículo 173 | En los distritos urbanos o rurales de la República, se organizarán centros de salud, unidades sanitarias u otras organizaciones más simples en número suficient… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 321 |
| Artículo 57 | El título de miembro del escalafón sanitario y su grado, constarán en diploma otorgado por el Órgano Ejecutivo y firmado además por los miembros del jurado del… | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 323 |
| Artículo 142 | El tratamiento profiláctico realizado por las autoridades sanitarias, así como los análisis que efectúen los laboratorios de salud pública, serán gratuitos, sa… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 325 |
| Artículo 176 | Las zonas rurales podrán ser controladas por brigadas móviles preventivo-curativas dependientes del centro sanitario distritorial. | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 326 |
| Artículo 18 | Los servicios sanitarios provinciales tendrán su sede en las capitales de las provincias sanitarias en que el Director General de Salud Pública divida el terri… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 327 |
| Artículo 25 | Los requisitos establecidos en los artículos anteriores no afectarán a los funcionarios actualmente en servicio y los referentes a especialización sanitaria y… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 327 |
| Artículo 148 | La lucha o campaña contra la malaria será un servicio nacional especializado, bajo dirección central única y dependerá en todos sus aspectos del Departamento N… | Capítulo Cuarto Malaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 330 |
| Artículo 152 | De acuerdo con el artículo 207 de la Constitución, los municipios que soliciten autorización para contratar empréstitos a fin de llevar a cabo obras materiales… | Capítulo Quinto Verminosis | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 333 |
| Artículo 201 | La ingeniería de salud pública y el saneamiento de ciudades, caseríos y aldeas, estará sujeto a los reglamentos que proponga la Dirección de Salud Pública al Ó… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 140 | La autoridad sanitaria podrá ordenar, cuando lo estime conveniente, exámenes de salud sistemáticos de la colectividad, mediante pruebas radiológicas, de labora… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 337 |
| Artículo 48 | A ningún miembro del escalafón se le podrá reducir el sueldo, salvo cuando se trate de una medida general de la administración pública que afecte a todos los m… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 339 |
| Artículo 209 | Todo centro de trabajo industrial o agrícola, con más de doscientos (200) habitantes deberá contar con los servicios colectivos de mercado, hospital y otros, y… | Capítulo Segundo Higiene Industrial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 339 |
| Artículo 128 | La autoridad sanitaria confinará en establecimientos psiquiátricos a los psicópatas o sospechosos de serlo, que cometan intentos suicidas y homicidas o perturb… | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 343 |
| Artículo 3 | Las disposiciones de este Código se aplicarán de preferencia a toda otra disposición legal en materia de salud pública y obligan a las Personas naturales o jur… | TÍTULO PRELIMINAR Materias y alcance de este Código | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 344 |
| Artículo 70 | No obstante las anteriores disposiciones, los profesionales de la medicina, ingeniería sanitaria y los demás que comprende el artículo 40 actualmente al servic… | Capítulo Noveno Personal actualmente en servicio | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 344 |
| Artículo 29 | En virtud del carácter estrictamente funcional de la organización del Departamento Nacional de Salud Pública, la designación para cualquier cargo técnico apare… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 346 |
| Artículo 202 | No podrán fundarse nuevas ciudades o poblaciones o extenderse el área de las existentes, o procederse a cualquier obra de urbanización, sin el dictamen previo… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 348 |
| Artículo 133 | La Dirección General de Salud Pública, con la aprobación del Órgano Ejecutivo, dictará los reglamentos a que necesariamente hayan de sujetarse dentro del terri… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 356 |
| Artículo 212 | La inhumación, transporte, exhumación y conservación de cadáveres, serán reglamentados por la Dirección General de Salud Pública, con la aprobación del Órgano… | Capítulo Tercero Policía Mortuoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 356 |
| Artículo 143 | El control de la tuberculosis asumirá los caracteres de una campaña nacional, dirigida y realizada bajo el principio del comando único centralizado, por un org… | Capítulo Segundo Tuberculosis | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 360 |
| Artículo 153 | En relación a la profilaxis de las enfermedades transmisibles no mencionadas particularmente en este código, se seguirán las normas previstas por la Oficina Sa… | Capítulo Sexto Otras enfermedades transmisibles | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 362 |
| Artículo 8 | El Órgano Legislativo determinará la estructura interna del Departamento Nacional y Dirección General de Salud Pública y las funciones y atribuciones correspon… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 64 | Todo miembro del escalafón que se viere obligado a renunciar, continuará percibiendo su sueldo por no menos de un mes ni más de un año, contados desde la fecha… | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 210 | Toda empresa industrial, comercial u otra que cuente con más de cien personas, entre obreros, empleados y sus familiares, tendrá la obligación de contratar los… | Capítulo Segundo Higiene Industrial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 129 | Queda prohibido: | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 371 |
| Artículo 77 | Declárese carrera pública especializada la función técnica asistencial curativa y las funciones complementarias, desempeñadas por profesionales de la medicina… | Capítulo Primero Carrera de Médico de Hospital | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 92 | Para los efectos del cumplimiento de las disposiciones de este Código en lo referente a higiene y policía sanitaria local, se adoptarán los procedimientos que… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 216 | En los presupuestos de la Nación se incluirán las partidas suficientes para el cumplimiento de las obligaciones que el Estado asume al expedirse este Código. | Capítulo Primero Rentas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 7 | Para desarrollar sus actividades el Departamento contará con los siguientes organismos: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 383 |
| Artículo 100 | Los Municipios que carezcan de capacidad para mantener una oficina de higiene y en que tampoco se hayan instalado unidades sanitarias, invertirán la parte de s… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 384 |
| Artículo 26 | El Director General, el Sub-Director y el Inspector General serán nombrados por períodos renovables de seis (6) años y durante éstos sólo podrán ser removidos… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 385 |
| Artículo 40 | Declárese carrera pública especializada las funciones sanitarias que desempeñen los profesionales de la medicina, ingeniería, dentistería, farmacia y demás pro… | TÍTULO SEGUNDO Escalafón Sanitario Carrera Sanitaria Especializada | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 386 |
| Artículo 46 | Las categorías y títulos del escalafón tienen relación exclusiva con los derechos del funcionario, según aquí se establece: | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 386 |
| Artículo 233 | Quedan derogadas todas las leyes de salud pública que sean contrarias a este código y las leyes generales sólo en las partes que le sean contrarias. | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 404 |
| Artículo 38 | El Director General podrá permitir que prácticos o técnicos auxiliares, especialmente entrenados, desempeñen dentro del Departamento labores profesionales en r… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 405 |
| Artículo 94 | En los tres meses siguientes a la aprobación de este código, todos los municipios de la república, a requerimiento especial del Director del Departamento Nacio… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 406 |
| Artículo 23 | El Director General deberá ser panameño, doctor en medicina, cirugía y especialista en higiene pública. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
| Artículo 97 | Los municipios que obtengan la delegación de las funciones locales de salud pública, reemplazarán a las Unidades Sanitarias correspondientes a su distrito. | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
