Legislación
Código Sanitario de la República de Panamá.
Una fila por artículo: qué tiene jurisprudencia, qué quiere cambiar un proyecto, qué cambió de vigencia. Ordena por cualquier columna numérica; cada fila lleva al artículo.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↓ |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Artículo 104 | En los asuntos referentes a saneamiento y construcciones u obras públicas, como desagües, edificios escolares, hospitales, cárceles, mataderos, etc., se seguir… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 561 |
| Artículo 190 | La Dirección General de Salud Pública, someterá las drogas y especialidades farmacéuticas a un control oficial, incluso de precios, el cual velará porque no se… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 546 |
| Artículo 215 | La autoridad sanitaria podrá clausurar los locales donde se infrinjan disposiciones de este código y sus reglamentos. | Capítulo Único Entrada y Registro de Lugares Cerrados | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 539 |
| Artículo 36 | Aprobada la ley de presupuesto el Director del Departamento, mediante resolución, distribuirá el personal a los distintos puestos, agrupándolo por divisiones,… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 538 |
| Artículo 11 | A las distintas secciones de esta división les serán asignadas las siguientes actividades: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 530 |
| Artículo 60 | Para los fines de este escalafón, ascenso es la elevación desde una categoría a la siguiente. | Capítulo Quinto Ascensos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 528 |
| Artículo 82 | Los médicos actualmente al servicio de los hospitales del país tendrán preferencia para su ingreso al escalafón. | Capítulo Tercero Disposiciones generales del escalafón de hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 520 |
| Artículo 58 | Se llevará una hoja de servicio de todo miembro del escalafón, en que constará: | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 518 |
| Artículo 220 | Subrogado — L. 40/2006, art. 4º. | Capítulo Segundo Procedimiento | — (no aplica) | 9 | 0 | 0 | 0 | 0 | 517 |
| Artículo 234 | El Director General de Salud Pública queda facultado para reformar los reglamentos en uso, a cuyo fin designará una comisión integrada por tres miembros del De… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 512 |
| Artículo 219A | A — Adicionado. | Capítulo Primero Infracciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 506 |
| Artículo 37 | Mientras no exista suficiente número de médicos panameños titulados en higiene pública, el Órgano Ejecutivo queda autorizado para contratar técnicos sanitarios… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 503 |
| Artículo 167 | La oficina de estadística de la Dirección General de Salud Pública, una vez al año por lo menos, imprimirá una recopilación de las tablas estadísticas de morta… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 503 |
| Artículo 146 | Las enfermedades venéreas serán controladas por la Dirección General de Salud Pública, conforme al mismo criterio epidemiológico que las demás enfermedades tra… | Capítulo Tercero Enfermedades venéreas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo 83 | Toda institución de asistencia médico-curativa, pública o privada, tendrá como autoridad técnica superior responsable, un director médico especialista en organ… | Capítulo Tercero Disposiciones generales del escalafón de hospitales | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 496 |
| Artículo 200 | Prohíbase ejercer conjuntamente las profesiones de médico–cirujano y farmacéutico. | Capítulo Primero Medicina y profesiones afines | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 494 |
| Artículo 138 | En caso de epidemia o amago de ella, el Órgano Ejecutivo, a petición del Director General de Salud Pública, podrá declarar como zona epidémica sujeta a control… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 5 | 0 | 0 | 0 | 0 | 489 |
| Artículo 120 | Se establecerá un sistema de coordinación entre los hospitales locales, regionales y especializados, con el objeto de evitar instalaciones de servicios costoso… | Capítulo Segundo Régimen de Hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 484 |
| Artículo 149 | La lucha anti-malárica comprenderá especialmente: | Capítulo Cuarto Malaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 479 |
| Artículo 95 | El Director General determinará dentro de los tres meses siguientes, los municipios que puedan realizar independientemente el total de las funciones sanitarias… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 474 |
| Artículo 185 | La autoridad sanitaria queda facultada para retirar bajo recibo muestras de sustancias alimenticias, dejando contra muestras selladas y para practicar en ellas… | Capítulo Primero Alimentos | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 473 |
| Artículo 43 | Cuando no existan en el escalafón miembros especializados en ciertas funciones que deben ser desempeñadas por tiempo completo, podrá el jurado admitir a concur… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 144 | La campaña nacional antituberculosa debida consideración, fomentará y ayudará, a las instituciones privadas, nacionales o locales, que se ocupen de obras socia… | Capítulo Segundo Tuberculosis | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 193 | Subrogado — L. 14/2016, art. 51. | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 472 |
| Artículo 117 | El Estado proveerá lechos en los hospitales para la atención médico-quirúrgica general, excepto tuberculosis y enfermedades mentales, a razón de tres (3) a sie… | Capítulo Primero Disposiciones Generales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 470 |
| Artículo 132 | Corresponde también a la Dirección General de Salud Pública, asesorar al Órgano Ejecutivo en los problemas de inmigración y proponer los reglamentos sobre cond… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 457 |
| Artículo 131 | Corresponde al Órgano Ejecutivo, a través de la Dirección General de Salud Pública, en materia de profilaxis sanitaria internacional, cumplir y hacer cumplir l… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 452 |
| Artículo 122 | Se establecerá estrecha cooperación entre los servicios médico-preventivos y médico-curativos, como servicios prenatales y de maternidades, dispensarios y sana… | Capítulo Segundo Régimen de Hospitales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 444 |
| Artículo 217 | En la formulación de los presupuestos nacionales se tomará en consideración la conveniencia de que las partidas votadas para el Departamento de Salud Pública s… | Capítulo Primero Rentas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 440 |
| Artículo 160 | Los médicos que expidieren certificados falsos y los jueces que no los exigieren como requisito previo al contrato matrimonial serán penados de conformidad con… | Capítulo Tercero Eugenesia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 437 |
| Artículo 205 | Prohíbase descargar directa o indirectamente los desagües de aguas usadas, sean de alcantarillas o de fábricas u otros, en ríos, lagos, acequias o cualquier cu… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 436 |
| Artículo 155 | El Estado creará instituciones oficiales o fomentará la organización de instituciones privadas de protección social maternal e infantil, como casas-cunas, jard… | Capítulo Primero Protección a la maternidad y a la infancia | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 214 | El Director General de Sanidad, los jefes sanitarios provinciales, los directores de unidades sanitarias y las personas a quienes estos comisionen por escrito,… | Capítulo Único Entrada y Registro de Lugares Cerrados | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 432 |
| Artículo 163 | Sin perjuicio de las actividades de la Dirección de Estadística de la Contraloría General de la República, la Dirección General de Salud Pública tendrá, a su c… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 431 |
| Artículo 98 | La delegación de funciones y autoridad a que se refiere el artículo 97 es revocable por el Consejo Técnico de Salud Pública, a petición del Director General, c… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 425 |
| Artículo 169 | La educación y divulgación sanitarias estarán sujetas a la intervención de la Dirección General de Salud Pública y serán realizadas de preferencia entre las ma… | Capítulo Tercero Educación Sanitaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 424 |
| Artículo 23 | El Director General deberá ser panameño, doctor en medicina, cirugía y especialista en higiene pública. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
| Artículo 97 | Los municipios que obtengan la delegación de las funciones locales de salud pública, reemplazarán a las Unidades Sanitarias correspondientes a su distrito. | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 422 |
| Artículo 94 | En los tres meses siguientes a la aprobación de este código, todos los municipios de la república, a requerimiento especial del Director del Departamento Nacio… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 406 |
| Artículo 38 | El Director General podrá permitir que prácticos o técnicos auxiliares, especialmente entrenados, desempeñen dentro del Departamento labores profesionales en r… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 405 |
| Artículo 233 | Quedan derogadas todas las leyes de salud pública que sean contrarias a este código y las leyes generales sólo en las partes que le sean contrarias. | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 404 |
| Artículo 40 | Declárese carrera pública especializada las funciones sanitarias que desempeñen los profesionales de la medicina, ingeniería, dentistería, farmacia y demás pro… | TÍTULO SEGUNDO Escalafón Sanitario Carrera Sanitaria Especializada | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 386 |
| Artículo 46 | Las categorías y títulos del escalafón tienen relación exclusiva con los derechos del funcionario, según aquí se establece: | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 386 |
| Artículo 26 | El Director General, el Sub-Director y el Inspector General serán nombrados por períodos renovables de seis (6) años y durante éstos sólo podrán ser removidos… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 385 |
| Artículo 100 | Los Municipios que carezcan de capacidad para mantener una oficina de higiene y en que tampoco se hayan instalado unidades sanitarias, invertirán la parte de s… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 384 |
| Artículo 7 | Para desarrollar sus actividades el Departamento contará con los siguientes organismos: | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 383 |
| Artículo 77 | Declárese carrera pública especializada la función técnica asistencial curativa y las funciones complementarias, desempeñadas por profesionales de la medicina… | Capítulo Primero Carrera de Médico de Hospital | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 92 | Para los efectos del cumplimiento de las disposiciones de este Código en lo referente a higiene y policía sanitaria local, se adoptarán los procedimientos que… | Capítulo Primero Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con las Municipalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 216 | En los presupuestos de la Nación se incluirán las partidas suficientes para el cumplimiento de las obligaciones que el Estado asume al expedirse este Código. | Capítulo Primero Rentas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 375 |
| Artículo 129 | Queda prohibido: | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 371 |
| Artículo 8 | El Órgano Legislativo determinará la estructura interna del Departamento Nacional y Dirección General de Salud Pública y las funciones y atribuciones correspon… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 64 | Todo miembro del escalafón que se viere obligado a renunciar, continuará percibiendo su sueldo por no menos de un mes ni más de un año, contados desde la fecha… | Capítulos Sexto Separación de los miembros del Escalafón Sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 210 | Toda empresa industrial, comercial u otra que cuente con más de cien personas, entre obreros, empleados y sus familiares, tendrá la obligación de contratar los… | Capítulo Segundo Higiene Industrial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 367 |
| Artículo 153 | En relación a la profilaxis de las enfermedades transmisibles no mencionadas particularmente en este código, se seguirán las normas previstas por la Oficina Sa… | Capítulo Sexto Otras enfermedades transmisibles | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 362 |
| Artículo 143 | El control de la tuberculosis asumirá los caracteres de una campaña nacional, dirigida y realizada bajo el principio del comando único centralizado, por un org… | Capítulo Segundo Tuberculosis | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 360 |
| Artículo 133 | La Dirección General de Salud Pública, con la aprobación del Órgano Ejecutivo, dictará los reglamentos a que necesariamente hayan de sujetarse dentro del terri… | TÍTULO PRIMERO Sanidad Internacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 356 |
| Artículo 212 | La inhumación, transporte, exhumación y conservación de cadáveres, serán reglamentados por la Dirección General de Salud Pública, con la aprobación del Órgano… | Capítulo Tercero Policía Mortuoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 356 |
| Artículo 202 | No podrán fundarse nuevas ciudades o poblaciones o extenderse el área de las existentes, o procederse a cualquier obra de urbanización, sin el dictamen previo… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 348 |
| Artículo 29 | En virtud del carácter estrictamente funcional de la organización del Departamento Nacional de Salud Pública, la designación para cualquier cargo técnico apare… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 346 |
| Artículo 3 | Las disposiciones de este Código se aplicarán de preferencia a toda otra disposición legal en materia de salud pública y obligan a las Personas naturales o jur… | TÍTULO PRELIMINAR Materias y alcance de este Código | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 344 |
| Artículo 70 | No obstante las anteriores disposiciones, los profesionales de la medicina, ingeniería sanitaria y los demás que comprende el artículo 40 actualmente al servic… | Capítulo Noveno Personal actualmente en servicio | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 344 |
| Artículo 128 | La autoridad sanitaria confinará en establecimientos psiquiátricos a los psicópatas o sospechosos de serlo, que cometan intentos suicidas y homicidas o perturb… | Capítulo Tercero Instituciones Especializadas de Asistencia Médico Social | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 343 |
| Artículo 48 | A ningún miembro del escalafón se le podrá reducir el sueldo, salvo cuando se trate de una medida general de la administración pública que afecte a todos los m… | Capítulo Segundo Categoría del escalafón sanitario y sus remuneraciones | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 339 |
| Artículo 209 | Todo centro de trabajo industrial o agrícola, con más de doscientos (200) habitantes deberá contar con los servicios colectivos de mercado, hospital y otros, y… | Capítulo Segundo Higiene Industrial | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 339 |
| Artículo 140 | La autoridad sanitaria podrá ordenar, cuando lo estime conveniente, exámenes de salud sistemáticos de la colectividad, mediante pruebas radiológicas, de labora… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 337 |
| Artículo 201 | La ingeniería de salud pública y el saneamiento de ciudades, caseríos y aldeas, estará sujeto a los reglamentos que proponga la Dirección de Salud Pública al Ó… | Capítulo Primero Ingeniería de Salud Pública y Saneamiento Urbano y Rural | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 336 |
| Artículo 152 | De acuerdo con el artículo 207 de la Constitución, los municipios que soliciten autorización para contratar empréstitos a fin de llevar a cabo obras materiales… | Capítulo Quinto Verminosis | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 333 |
| Artículo 148 | La lucha o campaña contra la malaria será un servicio nacional especializado, bajo dirección central única y dependerá en todos sus aspectos del Departamento N… | Capítulo Cuarto Malaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 330 |
| Artículo 18 | Los servicios sanitarios provinciales tendrán su sede en las capitales de las provincias sanitarias en que el Director General de Salud Pública divida el terri… | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 327 |
| Artículo 25 | Los requisitos establecidos en los artículos anteriores no afectarán a los funcionarios actualmente en servicio y los referentes a especialización sanitaria y… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 327 |
| Artículo 176 | Las zonas rurales podrán ser controladas por brigadas móviles preventivo-curativas dependientes del centro sanitario distritorial. | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 326 |
| Artículo 142 | El tratamiento profiláctico realizado por las autoridades sanitarias, así como los análisis que efectúen los laboratorios de salud pública, serán gratuitos, sa… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 325 |
| Artículo 57 | El título de miembro del escalafón sanitario y su grado, constarán en diploma otorgado por el Órgano Ejecutivo y firmado además por los miembros del jurado del… | Capítulo Cuarto Ingreso al escalafón sanitario | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 323 |
| Artículo 173 | En los distritos urbanos o rurales de la República, se organizarán centros de salud, unidades sanitarias u otras organizaciones más simples en número suficient… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 321 |
| Artículo 22 | El departamento nacional de Salud Pública estará a cargo del Director General de Salud Pública que será su representante ejecutivo. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 320 |
| Artículo 181 | La Dirección General de Salud Pública, convocará periódicamente a congresos o conferencias nacionales cuando estime útil considerar cuestiones de interés para… | Capítulo Séptimo Especialización Sanitaria por cuenta del Estado y Congresos Sanitarios | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 318 |
| Artículo 164 | Los oficiales auxiliares del Registro Civil deberán remitir semanalmente a la Dirección General de Salud Pública los datos que recojan en sus respectivas ofici… | Capítulo Primero Estadística | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 306 |
| Artículo 79 | Los médicos revalidados de hospital podrán atender su profesión privada fuera de las horas de servicio. | Capítulo Primero Carrera de Médico de Hospital | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 302 |
| Artículo 235 | El presente código empezará a regir quince (15) días después de su publicación en la Gaceta Oficial, publicación que se efectuará dentro de los cinco (5) días… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 301 |
| Artículo 180 | Todas las becas que otorguen entidades, instituciones o gobiernos extranjeros para estudios de medicina, dentistería, veterinaria, enfermería, ingeniería sanit… | Capítulo Séptimo Especialización Sanitaria por cuenta del Estado y Congresos Sanitarios | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 293 |
| Artículo 225 | En cumplimiento de las atribuciones que les señala este código, los funcionarios de Salud Pública, podrán hacer uso de los medios que sean necesarios, incluso… | Capítulo Cuarto Multas | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 293 |
| Artículo 230 | El Director de Salud Pública, con la aprobación del Órgano Ejecutivo, dictará un reglamento para la graduación de las infracciones y penas, el cual contendrá a… | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 289 |
| Artículo 61 | El reglamento del escalafón establecerá la forma en que se tramitarán los ascensos y las normas para calificar la antigüedad y el mérito, según procedimientos… | Capítulo Quinto Ascensos | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 288 |
| Artículo 105 | El Banco de Urbanización, la Caja de Seguro Social y cualquier otra entidad estatal de fines semejantes, se sujetarán a las normas generales que dicte la autor… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 177 | Las normas para la organización y funcionamientos de los centros sanitarios serán dadas por el Director General de Salud Pública y su fiscalización corresponde… | Capítulo Quinto Centros de Salud y Unidades Sanitarias | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 277 |
| Artículo 14 | Las secciones técnicas serán esencialmente funcionales y se adaptarán precisamente a las actividades respectivas. | Capítulo Tercero Organización del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 275 |
| Artículo 191 | Se prohíbe importar, fabricar, almacenar, comerciar, o vender drogas, especialidades farmacéuticas y productos medicinales en general, contaminados, adulterado… | Capítulo Segundo Drogas y Productos Medicinales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 274 |
| Artículo 24 | El Sub-Director y el Inspector General deberán ser panameños, doctores en medicina y cirugía, con reconocida versación en salud pública, reunir los requisitos… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 267 |
| Artículo 213 | Las normas referentes al establecimiento, traslado, clausura y mantenimiento de cementerios serán dictadas por la autoridad sanitaria, Sólo en casos muy califi… | Capítulo Tercero Policía Mortuoria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 266 |
| Artículo 232 | Autorizase al Ministerio del Ramo para re-estructurar el Departamento Nacional de Salud Pública y sus dependencias sobre las bases establecidas en este Código… | Capítulo Segundo Disposiciones finales | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 265 |
| Artículo 170 | La Dirección de Salud Pública creará cursos para enfermería, auxiliares e inspectores sanitarios. | Capítulo Tercero Educación Sanitaria | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 263 |
| Artículo 106 | Las instituciones de Previsión Social quedan en todo lo relativo a higiene, medicina preventiva y curativa, etc., sujetas a las disposiciones de este Código re… | Capítulo Segundo Relaciones del Departamento Nacional de Salud Pública con los otros servicios especializados de carácter nacional | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 261 |
| Artículo 139 | Queda prohibido a los laboratorios públicos o privados cultivar o mantener, en cualquier forma, micro-organismos o parásitos, agentes de enfermedades que no ex… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 260 |
| Artículo 141 | El Director de Salud Pública podrá hacer total o parcialmente obligatorio el uso público de métodos o productos preventivos de reconocida eficacia, sobre todo… | Capítulo Primero Generalidades | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 258 |
| Artículo 227 | Subrogado — L. 40/2006, art. 7º. | Capítulo Quinto Reclamos y reconsideraciones de las sanciones | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 255 |
| Artículo 75 | El Estado garantizará a los profesionales médicos, ingenieros, etc. que abandonen el ejercicio privado de la profesión para dedicarse al servicio público, la m… | Capítulo Undécimo Garantía | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 244 |
| Artículo 196 | Los comisos de drogas enervantes quedarán a beneficio de los hospitales del país, cuando sean de calidad terapéutica y en caso contrario serán destruidos por u… | Capítulo Tercero Drogas Enervantes | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 239 |
| Artículo 32 | Todo ingreso al Departamento, excepto cuando se trate de proveer cargos técnicos especializados y no exista en el servicio personal idóneo para el ascenso, se… | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 235 |
| Artículo 34 | El personal que no está sujeto a escalafones especiales, ascenderá de acuerdo con las disposiciones administrativas generales. | Capítulo Cuarto Personal del Departamento Nacional de Salud Pública | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 233 |
| Artículo 198 | El Consejo Técnico de Salud Pública aprobará el reglamento que fije los requisitos necesarios para la inscripción de títulos, y tomará en consideración lo disp… | Capítulo Primero Medicina y profesiones afines | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 232 |
