Legislación
Código de Recursos Minerales de la República de Panamá.
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| Artículo | De qué trata (primera frase) | División | Vigencia | Fallos | Reformas propuestas | En trámite | Remisiones | Anotaciones | Caracteres↑ |
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| Artículo 71 | El Órgano Ejecutivo podrá cancelar toda concesión sobre las zonas en las cuales haya cesado la extracción y no se haya reanudado dentro de un período de dos [2… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 463 |
| Artículo 176 | En los casos en que la Dirección General de Recursos Minerales considere que el peticionario posee capacidad técnica y financiera, pero no hasta el grado adecu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 466 |
| Artículo 328 | Todas las solicitudes para concesiones de exploración presentadas dentro de un término de noventa [90] días a partir de la fecha de promulgación de este Código… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 469 |
| Artículo 155 | En el caso de una solicitud u oferta para una concesión de exploración o extracción, o para la modificación de la superficie o configuración de la zona compren… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 475 |
| Artículo 65 | Todo titular de una concesión de exploración deberá comenzar las investigaciones geológicas preliminares, por lo menos de una de las zonas otorgadas, dentro de… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 478 |
| Artículo 181 | La Dirección General de Recursos Minerales notificará personalmente, a cada solicitante de una concesión en competencia sobre la existencia y alcance del trasl… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 480 |
| Artículo 305 | Todas las inscripciones en el Registro Minero serán hechas con el símbolo correspondiente a la solicitud u oferta y con la clase de mineral y tipo de concesión… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 480 |
| Artículo 111 | Todo concesionario, previa aprobación del Ministerio de Comercio e Industrias, podrá encargar una parte o la totalidad de sus operaciones a un contratista, sie… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 485 |
| Artículo 311 | Toda oferta presentada en una licitación deberá marcarse con un símbolo en la misma forma que las solicitudes con la excepción de que el signo de la oferta ree… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 491 |
| Artículo 73 | Corresponderá al Ministro, previa recomendación del Director General, decidir que concesionarios deben entregar al Órgano Ejecutivo cantidades del mineral extr… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 495 |
| Artículo 217 | Para facilitar el pago a los propietarios superficiales, el Órgano Ejecutivo podrá requerir a los mismos que lleguen a arreglos de unificación que aseguren una… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 496 |
| Artículo 45 | En atención a solicitud presentada, el Órgano Ejecutivo otorgará tres [3] prórrogas de la concesión de extracción: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo 207 | El informe de impuesto anual será preparado de conformidad con las leyes y procedimientos fiscales aplicables, incluyendo los que este Código establece, y se p… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo 237 | Los concesionarios deberán incluir como parte del informe de impuesto anual un cuadro de bienes indicando en forma breve el costo de los activos sujetos a dedu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 498 |
| Artículo 125 | El Órgano Ejecutivo podrá solicitar la ocupación temporal de los terrenos particulares necesarios para llevar a cabo las operaciones mineras incluyendo aquello… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 499 |
| Artículo 46 | El período inicial de una concesión de transporte o de beneficio será de veinticinco [25] años. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 500 |
| Artículo 137 | En los casos en que pongan en peligro las operaciones autorizadas por una concesión minera y resulte necesaria la invocación de los preceptos sobre fuerza mayo… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 508 |
| Artículo 170 | Al determinar la capacidad técnica y financiera la Dirección General de Recursos Minerales examinará los antecedentes de la persona que solicite la concesión p… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 508 |
| Artículo 10 | La explotación de tesoros ocultos y de guacas indígenas, las de arenas comunes, cascajo y ripio que se extraiga de las playas, aguas territoriales, riberas y c… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 509 |
| Artículo 70 | Todo titular de una concesión de exploración o de extracción estará obligado a iniciar las operaciones de extracción de los minerales amparados por la concesió… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 510 |
| Artículo 235 | La deducción por amortización minera no podrá exceder el cincuenta por ciento [50%] de los ingresos netos, después de deducir del ingreso bruto de extracción t… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 513 |
| Artículo 86 | El transporte de minerales pertenecientes a terceras personas, incluyendo los que por concepto de regalías pertenezcan a la Nación, será obligatorio por parte… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 514 |
| Artículo 167 | En la última página de cada uno de los documentos retenidos se anotará la hora, lugar y fecha de presentación y se hará una anotación con carácter permanente d… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 521 |
| Artículo 250 | Bajo cualesquiera circunstancias, todo concesionario que participe en una operación unificada deberá asignar los ingresos y las deducciones, incluyendo los cán… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 523 |
| Artículo 262 | Todo equipo, repuestos y materiales necesarios utilizados en el desarrollo eficiente y económico de las operaciones mineras, con excepción de la gasolina, del… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 526 |
| Artículo 139 | También se darán avisos en los siguientes casos: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 528 |
| Artículo 1 | El presente Código se denominará Código de Recursos Minerales y tendrá por objeto estimular y reglamentar la exploración y extracción de minerales, primordialm… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 529 |
| Artículo 153 | La siguiente información será suministrada por el solicitante u oferente, a no ser que ya forme parte del archivo activo de la Dirección General de Recursos Mi… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 531 |
| Artículo 202 | La información que se considere secreta de acuerdo con este Código y que sea revelada en una reunión de conciliación o en una audiencia de apelación, no será d… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 532 |
| Artículo 54 | Los linderos de las concesiones de extracción, transporte y beneficio, con excepción de las cubiertas generalmente por más de cincuenta [50] centímetros de agu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 533 |
| Artículo 124 | En los casos de expropiación el concesionario que la solicite pagará a la Nación el precio que se establezca por las tierras que sean expropiadas y todos los d… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 536 |
| Artículo 272 | El registro de tarifas, o de cambios en el número de zonas comprendidas en una concesión minera o en la superficie o configuración de cualquiera zona, la aprob… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 540 |
| Artículo 5 | Ni los gobiernos extranjeros, ni ninguna entidad o institución oficial o semioficial extranjera, ni las personas jurídicas en las cuales tenga participación di… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 543 |
| Artículo 221 | El Órgano Ejecutivo deberá pagar al concesionario una tasa justa y razonable por el almacenaje del mineral y por el transporte de los minerales hecho a solicit… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 550 |
| Artículo 256 | Cuando Panamá haya establecido su posición con respecto a un mineral en particular; | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 554 |
| Artículo 19 | Será necesario presentar solicitud u oferta para poder obtener una concesión de extracción. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 555 |
| Artículo 123 | Cuando los concesionarios no puedan llegar a un acuerdo justo y equitativo con los dueños, acerca de las condiciones y precios de tierras, o arriendos por el u… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 555 |
| Artículo 106 | Las concesiones mineras pueden gravarse previa aprobación del Ministerio de Comercio e Industrias, respecto a la competencia legal y financiera del acreedor. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 557 |
| Artículo 145 | Con excepción de los casos de títulos, contratos o concesiones que amparen operaciones de exploración o de extracción, las concesiones mineras que resulten de… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 560 |
| Artículo 160 | Toda solicitud de exploración, extracción, transporte o beneficio deberá ir acompañada de un plano especial confeccionado por un Ingeniero de Minas idóneo o a… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 561 |
| Artículo 286 | Las concesiones mineras expirarán en los siguientes casos: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 561 |
| Artículo 327 | Los domingos y días en que no haya despacho público serán excluidos del cómputo del tiempo preceptuado en este Código o en las Reglamentaciones expedidas de ac… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 562 |
| Artículo 169 | Quedarán exentos del requisito a que se refiere el artículo anterior las personas que se encuentren en los siguientes casos: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 563 |
| Artículo 61 | Un concesionario de exploración podrá, dentro del período de vigencia de la concesión, segregar una parte de dicha concesión y solicitar una concesión de extra… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 565 |
| Artículo 321 | Las personas responsables de que se produzcan desperdicios y que no hayan tomado medidas para eliminar los mismos dentro del término fijado para este fin por l… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 565 |
| Artículo 279 | El tipo de cambio, para los efectos de este Código, será el que después de agregársele todas las comisiones cambiarías y otros cargos bancarios que realmente f… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 572 |
| Artículo 26 | Los contratos de concesiones mineras se celebrarán de acuerdo con las disposiciones de este Código. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 574 |
| Artículo 297 | El Director General establecerá las medidas a seguir dentro de la Dirección General de Recursos Minerales así como aquellas que sean necesarias para coordinar… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 580 |
| Artículo 287 | El Órgano Ejecutivo deberá declarar la nulidad de los contratos de concesiones mineras por las siguientes razones: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 586 |
| Artículo 292 | Bajo la dirección y responsabilidad inmediata del Ministro y dentro del Ministerio de Comercio e Industrias, créase un organismo denominado Dirección General d… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 586 |
| Artículo 210 | El canon superficial por hectárea aplicable a concesiones de exploración será como sigue: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 | 591 |
| Artículo 312 | El símbolo de identificación se usará para referirse a la misma solicitud, propuesta u oferta, en todos los asuntos que se presenten en el futuro. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 594 |
| Artículo 36 | Los titulares de concesiones de exploración, extracción, transporte o beneficio deberán poner a la disposición del público las carreteras, aeropuertos, canales… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 598 |
| Artículo 105 | Las concesiones mineras pueden enajenarse total o parcialmente, de acuerdo con lo previsto por este Código, previa aprobación del Ministerio de Comercio e Indu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 606 |
| Artículo 330 | Este Decreto Ley entrará a regir el primero de enero de mil nueve cientos sesenta y cuatro. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 606 |
| Artículo 18 | Será indispensable presentar una solicitud para poder obtener un permiso de reconocimiento superficial o una concesión de exploración. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 610 |
| Artículo 173 | Si la solicitud no se conforma a tales requisitos la Dirección General de Recursos Minerales establecerá, durante el término de quince [15] días a partir de la… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 610 |
| Artículo 136 | Cuando ocurran terremotos, hundimientos, huracanes, inundaciones, guerras, insurrecciones u otros casos de fuerza mayor fuera del control razonable del concesi… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 611 |
| Artículo 57 | Dentro de un plazo de treinta [30] días desde la fecha en la cual se haya concluido la instalación de los mojones, el concesionario deberá presentar a la Direc… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 614 |
| Artículo 144 | Las solicitudes que a este respecto se presenten serán resueltas de acuerdo con los siguientes requisitos: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 620 |
| Artículo 58 | Las zonas o lugares descritos deberán amarrarse por medio de rumbos o distancias a una o más estaciones de triangulación o monumentos de referencia establecido… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 623 |
| Artículo 135 | Con excepción de los titulares de concesiones de exploración o extracción de minerales de Clase A todos los demás concesionarios deberán establecer también pro… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 625 |
| Artículo 44 | Mediando solicitud, y habiéndose comprobado justa causa, a juicio del Órgano Ejecutivo, podrá éste prorrogar por dos [2] veces el término de la concesión de ex… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 627 |
| Artículo 81 | No se fraccionarán los fósiles megascópicos y otros especímenes que no puedan dividirse sin disminuir su valor, pero tales especimenes, debidamente identificad… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 627 |
| Artículo 43 | El período inicial de cada concesión de exploración será de cuatro [4] años y la superficie máxima de hectáreas que podrán ser retenidas en una concesión será… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 631 |
| Artículo 55 | Los mojones deberán demarcar todos los vértices de las líneas que delimiten las zonas de exploración o de extracción y las superficies ocupadas por las concesi… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 633 |
| Artículo 77 | Los titulares de concesiones de extracción que hayan demostrado, antes de cumplirse el segundo año de vigencia de su concesión, haber descubierto minerales en… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 635 |
| Artículo 17 | El aprovechamiento de las piedras semipreciosas tales como jaspe, ágata, ónice, calcedonia y demás derivadas de sílice amorfa que se encuentren aisladas en est… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 639 |
| Artículo 29 | Las Áreas de Reservas que este Código establece son las siguientes: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 1 | 0 | 0 | 0 | 0 | 640 |
| Artículo 326 | Quedan derogadas por este Código las siguientes Leyes y Decretos Leyes: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 646 |
| Artículo 67 | Cuando resulte que el mineral amparado por la concesión de extracción no sea hallado en cantidad comercial dentro del plazo de un [1] año a partir de la fecha… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 648 |
| Artículo 255 | Hasta tanto Panamá establezca su posición como fuente de suministro mundial, el precio de referencia, sujeto a los ajustes que permita la Dirección General de… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 648 |
| Artículo 288 | El Órgano Ejecutivo, en ausencia de un motivo de fuerza mayor, deberá declarar la cancelación de las concesiones mineras por cualquiera de las razones siguient… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 675 |
| Artículo 203 | En las reuniones de conciliación o en las audiencias de apelación, el Órgano Ejecutivo o cualesquiera de las partes interesadas podrán llamar en consulta o hac… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 680 |
| Artículo 48 | Cualquiera concesión de exploración o concesión de extracción podrá estar constituida por una sola zona, o por más. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 685 |
| Artículo 149 | Toda persona que posea títulos, contratos o concesiones mineras vigentes en la fecha en que este Código entre a regir deberá someterse a jurisdicción de la Dir… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 685 |
| Artículo 146 | Las concesiones de exploración o de extracción respecto a las cuales se formule la correspondiente solicitud de conversión voluntaria se convertirán en concesi… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 693 |
| Artículo 103 | La Nación podrá llevar a cabo el aprovechamiento y desarrollo de los recursos minerales por su propia cuenta. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 4 | 0 | 0 | 0 | 0 | 709 |
| Artículo 9 | Toda concesión comprende con respecto a la operación minera amparada por la concesión respectiva y conforme a los preceptos de este Código, lo siguiente: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 712 |
| Artículo 66 | Un [1] año antes de que expire el período inicial de la concesión de exploración, si se trata de minerales de Clase A, y tres [3] años antes, si se trata de cu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 713 |
| Artículo 2 | Los nacimientos minerales de toda clase existentes en todo el territorio de la República de Panamá incluyendo, las islas, el mar territorial, el lecho submarin… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 714 |
| Artículo 233 | Las pérdidas sufridas en las operaciones de un concesionario de acuerdo con los cómputos del impuesto sobre la renta del año en curso y de años anteriores y qu… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 716 |
| Artículo 104 | La facultad para llevar a cabo operaciones mineras por organismos oficiales será otorgada a éstos mediante resolución del Ministro de Comercio e Industrias, la… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 4 | 0 | 0 | 0 | 0 | 724 |
| Artículo 97 | La información secreta que el concesionario sólo estará obligado a suministrar a la Dirección General de Recursos Minerales al vencimiento de la concesión mine… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 727 |
| Artículo 222 | El titular de una concesión de exploración podrá reducir de los cánones superficiales pagaderos a la Nación los gastos debidamente comprobados que haya efectua… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 762 |
| Artículo 186 | No será necesario seguir un procedimiento fijo en las reuniones de conciliación. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 764 |
| Artículo 64 | Por decisión unánime de los concesionarios participantes, el acuerdo de unificación con la aprobación del Ministerio de Comercio e Industrias podrá convertir a… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 770 |
| Artículo 259 | Los concesionarios deberán informar a las Dirección General de Recursos Minerales los precios de los productos extraídos o beneficiados por ellos y podrán publ… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 770 |
| Artículo 47 | La superficie total comprendida en cada concesión de exploración así como también la superficie de cualquiera zona dentro de tal concesión, y los minerales esp… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 775 |
| Artículo 309 | Toda solicitud deberá distinguirse por medio de un símbolo, que será una señal de identificación asignada a cada una por la Dirección General de Recursos Miner… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 785 |
| Artículo 318 | Las siguientes faltas podrán ser multadas en las circunstancias que a continuación se especifiquen: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 3 | 0 | 0 | 0 | 0 | 786 |
| Artículo 130 | Los nacionales panameños tendrán preferencia en los puestos de trabajo en todas las fases de las operaciones mineras, de conformidad con las disposiciones del… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 793 |
| Artículo 289 | El Órgano Ejecutivo podrá declarar la cancelación de las concesiones mineras por cualquiera de las siguientes razones: | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 798 |
| Artículo 187 | Ninguna reunión de conciliación se iniciará hasta tanto las partes interesadas hayan recibido aviso por escrito con tres [3] días de anticipación de la Direcci… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 806 |
| Artículo 234 | En la explotación de minas, canteras y otros recursos naturales no renovables, se admitirán deducciones por agotamiento en función de las unidades producidas o… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 812 |
| Artículo 76 | Los titulares de concesiones de extracción que no hayan encontrado minerales en cantidades comerciales al finalizar el plazo de tres [3] años a partir de la fe… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 833 |
| Artículo 22 | Para obtener una concesión de transporte o de beneficio será indispensable presentar una solicitud. | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 844 |
| Artículo 147 | La superficie amparada por la concesión convertida y el número de zonas en que ésta se divida podrán igualar, pero no exceder, la superficie máxima y el número… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 867 |
| Artículo 148 | Cuando se conviertan títulos, contratos o concesiones preexistentes en concesiones de exploración, las obligaciones relativas al inicio de las investigaciones… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 881 |
| Artículo 215 | En los casos de operaciones unificadas consideradas como entidades independientes de acuerdo con este Código, los cánones superficiales y las regalías se pagar… | Código de Recursos Minerales de la República de Panamá | — (no aplica) | 0 | 0 | 0 | 0 | 0 | 886 |
