Qué es la sustancia económica y cómo la regula Panamá en la Ley 526 de 2026: a qué entidades aplica, qué rentas pasivas alcanza, qué requisitos debe acreditar una entidad calificada y qué ocurre en caso de incumplimiento.
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La sustancia económica es la exigencia de que una entidad desarrolle actividad real en la jurisdicción donde reclama un tratamiento fiscal. El concepto proviene de los trabajos de la OCDE sobre prácticas fiscales nocivas (Acción 5 del proyecto BEPS y el Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales) y de las evaluaciones del Grupo Código de Conducta de la Unión Europea. Panamá incorporó estos estándares a su ordenamiento mediante la Ley 526 de 2026, promulgada el 28 de mayo de 2026, que reforma el Código Fiscal.
Qué exige la norma
La Ley 526 condiciona el tratamiento fiscal de ciertas rentas a que la entidad acredite presencia efectiva en el país. La entidad que no lo acredite pierde el beneficio del sistema territorial sobre esas rentas. Así lo fija el artículo 707-A del Código Fiscal:
Las actividades pueden tercerizarse siempre que se realicen dentro del territorio de la República de Panamá y bajo la supervisión de la entidad, conforme al artículo 707-G.
Consecuencia del incumplimiento
La entidad que no acredite los requisitos deja de ser entidad calificada. En ese supuesto, la renta pasiva de fuente extranjera queda gravada en Panamá con una tarifa del 15% sobre la renta neta gravable. El artículo 707-D lo establece:
Fuentes declaradas en Iurispa
Preguntas, respuestas y fuentes conservadas del archivo histórico. Nucleus no ha cotejado su vigencia ni sus enlaces.