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Proyecto de ley 571.

Que modifica y adiciona artículos a la Ley 304 de 2022, sobre la protección integral de los sistemas de arrecifes coralinos, ecosistemas y especies asociados

Benicio Robinson

Cuadro comparativo SeguirEnviado al Ejecutivo

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Presentamos a consideración de este Pleno el presente Proyecto de LEy que modifica la Ley 304 de 31 de mayo de 2022, con el propósito dE~ fl)rtalecer el marco jurídico de protección de los ecosistemas marinos estratégic:os de la nepúbHca de Panamá, particularmente los arrecifes coralinos y los pastos marinos, mediante lE! actualización de sus disposiciones regulatorias, la clarificación de competencias in::titucionales y la incorporación de mecanismos de vigilancia y gestión diferenciados para las zonas costeras del país. Panamá, como nación marítima por excelencia, posee una riqueza biológica excepcional en sus mares y costas. Sus ecosistemas marinos constituyen un patrimonio natural de valor incalculable que sustenta la biodiversidad, protegE~ nuestras costas, fortalece la seguridad alimentaria y sostiene actividades económicas fundamE!ntales como la pesca, el turismo y la investigación científica. En este contexto" la prlC)tección efectiva de los ecosistemas marinos no solo representa una olotigación ambient¡:tl, sino también una responsabilidad estratégica para el desarrollo sostenible del ¡país. ANTECEDENTES Y CONTEXTO NORMATIVO La República de Panamá ha demostrado en los últimos años un compromiso significativo con la conservación ambiental y la protección de los ecosistemas marinos.

La Ley 304 de 31 de mayo de 2022 constituyó un hito en la legis.lación ambiental panameña al establecer la protección integral de los sistemas de arrecifes coralinos, sus ecosistemas asociados y las especies que dependen de ellos. Esta norma reconoció el valor ecológico, social y económico de estos ecosistemas, incorporando medidas destinadas a prevenir su deterioro frente a amenazas crecientes como la contaminación marina, la sobrepesca, el desarrollo costero no planificado, el turismo desordenado y los efectos del cambio climático. De igual manera, Panamá ha continuado fortaleciendo su liderazgo re!J jonal en materia de protección ambiental. En 2023 el país adoptó una legislación innovadora que reconoce a las tortugas marinas y sus hábitats como sujetos de derechos, consolidando un enfoque moderno de protección d~~ la naturaleza y posicionando a Panamá como referente internacional en materia de IE~gislación ambier;tal. No obstante, la experiencia acumulada durante la implementación dE! la Ley 304 ha evidenciado la necesidad de introducir ajustes normativos G¡ue permitan mejorar su aplicación práctica, fortalecer la capacidad de fiscalización del Estado y adaptar la regulación a la diversidad ecológica de las distintas regiones costeras del país. La Ley 304 establece actualmente un régimen de protección conjunto para los arrecifes coralinos y los pastos marinos. Si bien ambos ecosistemas mantienen una relación ecológica estrecha y cumplen funciones complementarias d,~mtm de los sistemas marinos costeros, sus características biológicas, niveles de fragilidad y dinámicas de recuperación presentan diferencias significativas qllle justifican tratamientos regulatorios diferenciados. Los arrecifes coralinos se encuentran entre los ecosistemas más frágiles del planeta. Su crecimiento es extremadamente lento -apenas unos pocos centímetros por año- y su recuperación frente a daños físicos puede tardar décadas o incluso siglos. Estos ecosistemas albergan aproximadamente una cuarta parte de la biodiversidad marina mundial, además de desempeñar funciones esencialt3s como: • la protección natural de las costas frente a la erosión, • el mantenimiento de poblaciones pesqueras, • el sustento del turismo marino y ecológico.

Debido a su extraordinaria vulnerabilidad, resulta necesario mantener UIl1 régimen die protección estricta que prohíba cualquier actividad que implique délño directo a estas formaciones coralinas. Por otro lado, los pastos marinos, aunque igualmente esenciales para la salud de los ecosistemas marinos, presentan dinámicas ecológicas distintas.

Estos hábitats funcionan como zonas de alimentación y reproducción para múltiples especies marinas, incluyendo peces comerciales, crustáceos y tortugas marinas. Asimismo, desempeñan un papel fundamental en la captura de carbono y en la estabilización de sedimentos. Sin embargo, ciertos usos pueden desarrollarse en e~>tos ecosistemas ~)iempre que se realicen bajo estrictos criterios técnicos, controles reglLllatorios y sUlPervisión ambiental, permitiendo así un equilibrio entre conservación y aprovechamiento sostenible. La diferenciación normativa entre estos ecosistemas permitirá una g€Jstión ambiental más precisa, eficiente y científicamente fundamentada. Necesidad de un enfoque territorial para las zonas c;osterBlS del paiís La República de Panamá posee más de 3,000 kilómetros de costas dfstribuidas entre el mar Caribe y el océano Pacífico, así como una gran diversidad de ecosistemas marinos, archipiélagos, golfos, bahías, manglares, arredfes y praderas marinas. Cada una de estas regiones presenta características ecológicas ~ presiones humanas y dinámicas socioeconómicas particulares, lo que exige políticas de gestión ambiental que reconozcan estas diferencias territoriales . Provincias y regiones como:

• Bocas del Toro • Colón

• Guna Yala

• • • • • •

Veraguas Los Santos Panamá Oeste Panamá Darién Chiriquí albergan ecosistemas costeros de enorme valor ecológico, pero también enfrentan diversos niveles de presión derivados del turismo, la navegación, la pesca, 191 desarrollo inmobiliario y el crecimiento urbano costero. Un régimen normativo homogéneo aplicado de forma indistinta a tod8~ s estas regiones puede resultar insuficiente para responder a las necesidades espHcíficas de cada territorio. Por ello, se propone que la legislación permita establecer mecanismos diferenciados de vigilancia, control y gestión ambiental en aqueH.as zonas dondle los ecosistemas presenten mayor fragilidad o presión antrópica. Ejemplo de alta vulnerabilidad: el archipiélago de !Boleas del Toro

Dentro de este contexto nacional, la provincia de Bocas del Ton) constituye un ejemplo representativo de los desafíos que enfrenta la protección de los ecosistemas marinos. Su condición insular, la dispersión geográfica de sus comunidades, la alta afluencia ele turismo náutico internacional y la presencia de ecosistemas coralinos de importancia global generan una combinación de factores que requieren medidas de fiscalización más robustas y permanentes. Diversos estudios técnicos han señalado la impoltancia ecológica de los arrecifes coralinos de la región y la creciente presión que enfrentan por prácticéll; como el anclaje de embarcaciones sobre arrecifes, lo que ocasiona daños irreversib:es a estructuras coralinas que han tardado siglos en formarse. La experiencia de Bocas del Toro demuestra la necesidad de fortalecer la presencia institucional del Estado en las zonas marinas protegidas, mediante mecanismos efectivos de vigilancia, educación ambiental y regulación de las actividades marítimas. OBJETIVOS DEL PROYECTO DE LEY

1. Fortalecer la protección de los arrecifes cora~il1os mediante la consolidación de un régimen de prohibición absoluta frente a actividades que puedan causarles daño directo. 2. Establecer un marco regulatorio específico pélra los ecosistemas de pastc1s marinos, permitiendo su manejo bajo criterios científicos y de sostenibilidcld ambiental. 3. Clarificar las competencias institucionales, asignando al Ministerio de Ambiente la responsabilidad regulatoria sobre las actividades que puedan afectar estos ecosistemas, en coordinación con la Autoridad Marítima de Panamá y la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá. 4. Incorporar mecanismos especiales de vigilancia y fiscalizac:i(m en las zonals costeras de mayor vulnerabilidad ambientél!, priorizando aquellas áreas con alta presión turística, navegación intensiva o presencia de ecosistemas estratég icos. 5. Autorizar la instalación de sistemas de boyas de amarre ecológicas, en coordinación con la Autoridad Marítima de Panamá , como herramienta preventiva para evitar el anclaje sobre arrecifes coralinos. 6. Fortalecer la presencia institucional del Estado en las ár'eas m2lrinals protegidas, mediante la creación o asignación de unidades espE!ciallzadas de fiscalización ambiental marítima. La protección de los ecosistemas marinos constituye una responsabilidad impostergable del Estado panameño. Los arrecifes coralinos y los pastos marinos no s,olo representan una riqueza natural invaluable, sino que también sostienen la s43guridad alimentaria, la estabilidad costera y la economía de numerosas comunidades que dependen directamente del mar. El presente Proyecto de Ley responde a la necesidad de fortalecer el marco normativo existente, mejorar su aplicabilidad y reconocer la divtarsidad ecoló ~Jica de nuestras zonas costeras, permitiendo al Estado adoptar mecanismos de gestión más eficaces y adaptados a la realidad territorial del país. Por las razones expuestas, sometemos a consideración de esta Honorable Asamblea Nacional el presente Proyecto de Ley, convencidos de que su aprobación constituirá un paso decisivo en la consolidación de una política. lIlacion.:.1 de pmtección marina moderna, efectiva y sostenible para Panamá.

BENICIO ROBINSON Diputado de la República Circuito 1-1