Anteproyecto de ley 134.
Que establece el régimen especial de emergencias sísmica y crea la comisión de emergencia en caso de desastre símico o de otra naturaleza
Shirley Castañedas
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La presente iniciativa legislativa busca establecer un régimen Especial de Emergencia Sísmica y crear la Comisión de Emergencia en caso de Desastre Sísmico o de otra naturaleza, en aras de atender y dar respuesta de manera efectiva y urgente a los fenómenos naturales que se encuentran ocurriendo en el mundo y que han afectado principalmente a nuestra región latinoamericana.
Nuestro país se encuentra ubicado en una región de significativa actividad sísmica, producto de la interacción de diversos bloques tectónicos y microplacas, entre ellas, la Placa del Caribe y la Placa de Nazca. Si bien Panamá presenta una frecuencia sísmica moderada en comparación con otros países de la región, existen fallas activas identificadas en diferentes zonas del territorio nacional. Las provincias de Chiriquí y Bocas del Toro registran una mayor actividad y, por consiguiente, un mayor nivel de riesgo sísmico. Asimismo, la zona metropolitana y el sector del Canal de Panamá cuentan con sistemas de fallas activas.
Recientemente, hemos experimentado los efectos de sismos ocurridos en nuestros países vecinos, como Venezuela y Colombia, cuyos movimientos, debido a su profundidad, magnitud y características de propagación, han sido percibidos con intensidad en diversas áreas de nuestro territorio y cuyas consecuencias en dichos países hermanos han sido desastrosas y con altas cifras de pérdidas humanas. Es por ello y tal como lo han señalado las autoridades, ningún país puede considerarse completamente seguro ni estar plenamente preparado ante este tipo de desastres naturales. Sin embargo, frente a estos escenarios, resulta necesario que nosotros como Estado nos preparemos y ofrezcamos soluciones de carácter preventivo para nuestra población panameña.
Este anteproyecto también busca fortalecer las acciones de prevención, capacitación y respuesta para la población, dotando de los recursos adecuados y tecnológicos a las instituciones responsables de implementar los protocolos de seguridad y respuesta ante estas emergencias.
Actualmente, nuestro país no cuenta con una ley especial que regule de manera integral las emergencias sísmicas, por lo que resulta necesario actualizar y revisar periódicamente las normas vigentes, la Ley 7 de 2005 establece un marco general relacionado con la protección civil, la prevención y gestión de riesgos y la atención de emergencias, mientras que el Reglamento de Diseño Estructural de Panamá (REP). establece disposiCiones técnicas aplicables a las estructuras. No obstante, se requiere un marco jurídico específico que permita atender de manera integral los riesgos asociados a los fenómenos sísmicos ya otros desastres naturales.
En particular, resulta fundamental establecer sistemas de alerta temprana que permitan a la población disponer, aunque sea de unos pocos segundos, de información oportuna sobre la ocurrencia de un evento sísmico y adoptar medidas inmediatas de protección. En otros países, estos sistemas han sido implementados mediante redes de monitoreo y mecanismos de comunicación vinculados, incluso, a los teléfonos celulares, permitiendo transmitir alertas a la población antes de que los efectos más intensos del movimiento sísmico sean percibidos en determinadas zonas.
No obstante, el ordenamiento jurídico panameño carece actualmente de una ley especial que regule, de manera integral y anticipada, la respuesta institucional específica ante emergencias sísmicas. La normativa existente no ha sido diseñada específicamente para atender las particularidades de los desastres derivados de fenómenos sísmicos y tampoco establece, con suficiente precisión, mecanismos especiales de financiamiento, plazos de actuación, criterios técnicos de activación ni procedimientos específicos para la movilización inmediata de recursos.
El presente anteproyecto busca crear un régimen especial que permita, entre otros objetivos, establecer y definir con precisión los diferentes niveles de emergencia y los criterios técnicos y objetivos para la activación de los protocolos correspondientes, de acuerdo con el tipo y la magnitud de la amenaza, incluyendo no solamente los eventos sísmicos, sino también inundaciones y otros desastres naturales. Asimismo, se propone establecer mecanismos para la adopción de medidas excepcionales de contratación, movilización de recursos y atención humanitaria durante situaciones de emergencia, garantizando en todo momento los principios de transparencia, rendición de cuentas y control sobre el uso de los recursos públicos; fortalecer la etapa de reconstrucción mediante la aplicación de estándares de construcción sismorresistente y de las disposiciones y recomendaciones establecidas en el Reglamento de Diseño Estructural vigente, con el propósito de reducir la vulnerabilidad de las edificaciones y de proteger la vida y los bienes de la población.
Por todo 10 anteriormente expuesto, presento a la consideración de la Asamblea Nacional la presente propuesta legislativa, con el propósito de fortalecer el marco jurídico e institucional de nuestro país para la prevención, preparación, respuesta y recuperación frente a los fenómenos sísmicos y demás desastres naturales, procurando así salvaguardar la vida, la integridad y los bienes de todos los habitantes de la República de Panamá.
Exposición de motivos
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