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Proyecto de ley 676.

Que modifica y adiciona artículos a la Ley 285 de 15 de febrero de 2022, que crea el Programa Nacional de acompañamiento integral para jóvenes egresados del sistema de protección y acogimiento y el Registro Nacional de Jóvenes Egresados del sistema de protección y acogimiento. Y dicta otras disposiciones

Alexandra Brenes

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Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

La protección integral de la niñez y la adolescencia constituye uno de los pilares fundamentales del Estado Social de Derecho y una obligación constitucional que compromete a todas las instituciones públicas a garantizar el pleno desarrollo de quienes, por su condición de vulnerabilidad, requieren una protección reforzada. La Constitución Política de la República de Panamá, en su artículo 56, dispone que el Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores de edad y garantizará su derecho a la alimentación, la salud, la educación, la seguridad y la previsión social. Este mandato constitucional obliga al Estado no solo a intervenir cuando los derechos de un niño, niña o adolescente han sido vulnerados, sino también a adoptar medidas que aseguren la continuidad de su desarrollo integral, aun cuando cesen las circunstancias que dieron origen a la protección especial. En cumplimiento de este mandato, la República de Panamá aprobó la Ley 285 de 15 de febrero de 2022, que creó el Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, constituyendo uno de los avances legislativos más importantes en materia de protección de la infancia. Esta normativa consolidó un modelo basado en el interés superior del niño y fortaleció las medidas de protección especial dirigidas a garantizar el ejercicio pleno de sus derechos.

No obstante, la experiencia acumulada durante la implementación de esta ley ha puesto de manifiesto un vacío normativo respecto de los adolescentes que alcanzan la mayoría de edad mientras permanecen bajo medidas de protección estatal o en centros de acogimiento. Para la mayoría de los jóvenes, cumplir dieciocho años representa el inicio de una nueva etapa acompañada del respaldo permanente de una familia que continúa brindando apoyo emocional, económico y social. Sin embargo, esta realidad dista significativamente de la situación que enfrentan quienes crecieron bajo la tutela del Estado y que, al alcanzar la mayoría de edad, deben abandonar el sistema de protección sin contar, en muchos casos, con una red familiar, estabilidad económica, vivienda, oportunidades educativas o herramientas suficientes para desarrollar un proyecto de vida autónomo. Esta situación incrementa el riesgo de exclusión social, desempleo, pobreza, abandono escolar, problemas de salud mental y otras condiciones de vulnerabilidad que comprometen el ejercicio efectivo de sus derechos. La protección integral no debe entenderse como una obligación que concluye automáticamente al cumplir la mayoría de edad, sino como un proceso que facilite una transición gradual hacia la independencia y garantice la igualdad de oportunidades para quienes crecieron bajo la protección del Estado. La realidad nacional evidencia la magnitud de este desafio. Según cifras oficiales, en el año 2022 existían 1,182 niños, niñas y adolescentes en albergues; en 2023 la cifra fue de 948; para mayo de 2025 se registraban 1,071 menores bajo medidas de protección; y, de acuerdo con información suministrada por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF), a febrero de 2026 la institución mantiene bajo su cuidado a 713 niños, niñas y adolescentes, de los cuales 476 se encuentran en centros especializados, 155 participan en programas de temporada escolar y 82 permanecen en centros de nutrición y recuperación. A pesar de esta realidad, el país no dispone de un registro nacional que permita conocer cuántos jóvenes egresan anualmente del sistema de protección, cuál es su situación posterior al egreso o qué seguimiento reciben por parte del Estado. Esta ausencia de información limita el diseño de políticas públicas, dificulta la coordinación interinstitucional e impide evaluar el impacto de las acciones dirigidas a esta población. Si bien mediante el Decreto Ejecutivo No. 14 de 6 de junio de 2024 se adoptó la Guía para un Egreso Seguro de Niños, Niñas y Adolescentes que viven en albergues, dicho instrumento constituye una política administrativa que, por su naturaleza, puede ser modificada o sustituida. Por ello, resulta necesario otorgar respaldo legal a los mecanismos de acompañamiento y seguimiento para garantizar su permanencia, uniformidad y sostenibilidad. La necesidad de fortalecer esta protección también encuentra respaldo en el derecho comparado. Países como Colombia, Argentina, Chile y Perú han incorporado mecanismos permanentes de acompañamiento para los jóvenes que egresan de los sistemas de protección, reconociendo que la responsabilidad del Estado no concluye con el cumplimiento de la mayoría de edad, sino que debe extenderse durante el proceso de incorporación a la vida adulta. En atención a esta realidad, el presente Anteproyecto de Ley propone fortalecer la Ley 285 de 15 de febrero de 2022 mediante una reforma orientada a consolidar un sistema permanente de acompañamiento para los jóvenes egresados del sistema de protección y acogimiento. Con este propósito, se modifica el artÍCulo 126 de la Ley 285 para incorporar entre las funciones de la Junta Directiva del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia la responsabilidad de monitorear y evaluar el Programa de Transición a la Vida Independiente de los Jóvenes Egresados del Sistema de Protección y Acogimiento, fortaleciendo la rectoría y supervisión de esta política pública. Asimismo, se incorpora un nuevo Capítulo IX al Título II de la Ley 285, denominado "Transición a la Vida Independiente de los Jóvenes Egresados del Sistema de Protección y Acogimiento", mediante la adición de los artículos 209-A al 209-J, con el propósito de establecer un marco jurídico integral para acompañar a esta población durante su proceso de transición hacia una vida autónoma. Dentro de estas nuevas disposiciones se reconoce el derecho de los jóvenes egresados a recibir acompañamiento institucional; se crea el Programa de Transición a la Vida Independiente; se establece el Plan Individual de Egreso como instrumento de planificación anticipada; se regulan mecanismos de acompañamiento y seguimiento posteriores al egreso; se promueve el acceso preferente a programas y servicios públicos en materia de educación, formación técnica, empleo, emprendimiento, vivienda, salud y protección social; y se fortalecen los mecanismos de coordinación interinstitucional para garantizar una atención integral. De igual manera, el anteproyecto crea el Registro Nacional de Jóvenes Egresados del Sistema de Protección y Acogimiento, adscrito a la SENNIAF, como una herramienta estratégica para generar información confiable, facilitar el seguimiento de los beneficiarios, coordinar acciones entre las instituciones competentes y orientar la formulación, ejecución y evaluación de políticas públicas. Complementariamente, se incorporan disposiciones relativas a las redes de apoyo para los jóvenes egresados y a la protección de los datos personales contenidos en dicho registro, garantizando su tratamiento conforme a la legislación vigente. La implementación de esta iniciativa requiere la participación articulada de las instituciones que integran la rectoría del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, así como de entidades como el Ministerio de Desarrollo Social, el Ministerio de Educación, el IFARHU, el INADEH, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental y demás organismos competentes, cada uno dentro del ámbito de sus atribuciones legales.

La presente iniciativa se fundamenta en los principios de dignidad humana, interés superior del niño, igualdad de oportunidades, autonomía progresiva y protección integral de los derechos humanos, reconociendo que el desarrollo pleno de la persona no concluye al alcanzar la mayoría de edad cuando persisten condiciones de vulnerabilidad derivadas de la ausencia de un entorno familiar protector. En consecuencia, este Anteproyecto de Ley responde a una necesidad social impostergable y busca cerrar una brecha existente en nuestro ordenamiento jurídico, asegurando que los jóvenes que crecieron bajo la protección del Estado cuenten con el acompañamiento necesario para construir un proyecto de vida digno e independiente. Con ello, Panamá fortalecerá su Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, consolidará políticas públicas sostenibles y reafirmará su compromiso con la garantía efectiva de los derechos humanos de la niñez y la adolescencia.

flk~ H.D. ALEXANDRA M. BRENES S. Diputada de la República Circuito 8-2