Proyecto de ley 645.
Que integra los mecanismos existentes de calidad y atención del asegurado, crea la plataforma única de experiencia del paciente, el índice Nacional de Experiencia del Paciente (INEP), y dicta otras disposiciones
Ernesto Cedeño
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
La calidad de la atención en salud constituye uno de los pilares fundamentales de todo sistema sanitario moderno. Empero, la calidad no puede medirse únicamente a partir de indicadores clínicos o administrativos, sino también a través de la experiencia e inmediación real que viven los pacientes durante el acceso, recepción y utilización de los servicios de salud.
La República de Panamá ha desarrollado durante los últimos años importantes instrumentos institucionales orientados a fortalecer la calidad de los servicios sanitarios, la seguridad del paciente y la atención al usuario. Tanto el Ministerio de Salud como la Caja de Seguro Social cuentan actualmente con procedimientos de atención de quejas, consultas y sugerencias, sistemas de medición de satisfacción mecanismos de auditoría de calidad, programas de seguridad del paciente y estructuras institucionales responsables de supervisar la calidad de los servicios prestados. De igual forma, en fundamento a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social se creó la Dirección de Fiscalización, Responsabilidad Institucional y Observatorio del Asegurado, orientada a velar por la protección de los derechos de los usuarios y la mejora continua de los servicios de salud.
No obstante, a pesar de la existencia de dichos instrumentos, mecanismos y departamentos institucionales, la información generada permanece dispersa en distintos sistemas, unidades administrativas y plataformas tecnológicas, dificultando la obtención de indicadores integrales que permitan evaluar de manera objetiva la experiencia del paciente y la calidad humana de la atención brindada.
Actualmente se realizan encuestas de satisfacción, se reciben quejas y sugerenCIas, se documentan eventos adversos y se desarrollan auditorías de calidad; sin embargo, no existe un mecanismo nacional que integre toda esta información en tiempo real, permita su análisis conjunto y genere indicadores comparables entre las distintas instalaciones de salud.
La presente iniciativa legislativa busca precisamente cerrar esa brecha mediante la integración de los mecanismos ya existentes, evitando la creación de nuevas estructuras burocráticas y aprovechando la capacidad institucional instalada en el Ministerio de Salud y la Caja de Seguro Social, correspondientemente.
Para ello, se crea la Plataforma Única de Experiencia del Paciente, concebida como una herramienta tecnológica nacional destinada a consolidar en un solo sistema las encuestas de satisfacción, las quejas, consultas y sugerencias, los reportes de eventos adversos, los reconocimientos ciudadanos y el seguimiento institucional de cada caso.
Asimismo, se crea el Índice Nacional de Experiencia del Paciente (INEP), como.instrumento oficial para medir de manera objetiva la calidad humana de la atención en salud pública, .' incorporando variables relacionadas con satisfacción, oportunidad de respuesta, resolución de reclamos, cumplimiento de los derechos del paciente y reconocimiento ciudadano.
De igual forma, se establece un sistema público de clasificación institucional denominado Semáforo Nacional de Calidad de Atención, que permitirá a la ciudadanía conocer el desempeño de hospitales, policlínicas, policentros y centros de salud, fortaleciendo la transparencia, la rendición de cuentas y la mejora continua.
Esta iniciativa legislativa también incorpora mecanIsmos modernos de participación ciudadana mediante el uso obligatorio de códigos QR en las instalaciones de salud, permitiendo que los usuarios puedan evaluar la atención recibida, presentar reclamos, formular sugerencias, reconocer buenas prácticas y dar seguimiento digital a sus solicitudes.
Finalmente, se crea el Observatorio Público de Calidad de Atención, como instrumento permanente de transparencia activa, orientado a publicar periódicamente indicadores de desempeño institucional, niveles de satisfacción, tiempos de respuesta y resultados obtenidos por las entidades prestadoras de servicios de salud.
La presente Ley no crea nuevas estructuras administrativas permanentes nI genera duplicidades institucionales, sino que integra, fortalece y moderniza los mecanIsmos existentes para colocar al paciente en el centro de la gestión pública de salud.
Exposición de motivos
Contenido
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