Proyecto de ley 439.
Por la cual se aprueba el acuerdo entre el gobierno de la República de Panamá y el gobierno de la República del Ecuador para el intercambio de información en materia tributaria, hecho en la ciudad de Panamá, el 14 de agosto de 2025
Ministerio de Relaciones Exteriores
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente Convenio tiene como objetivo fortalecer la cooperación fiscal y la transparencia tributaria, mediante el intercambio de información fiscal automática y bajo requerimiento. Este convenio facilita la detección de prácticas de evasión fiscal, optimiza la recaudación tributaria y garantiza la confidencialidad en el manejo de los datos. El acuerdo permite fortalecer los estándares internacionales en materia tributaria y constituye una respuesta concreta al compromiso de salvaguardar la integridad del sistema financiero, promoviendo la transparencia gubernamental y el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Además, es un paso que se suma a los esfuerzos del Gobierno Nacional por salir de los registros discriminatorios, con miras a ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Entre los potenciales beneficios del convenio, se pueden mencionar los siguientes: 1. La exclusión de la lista ecuatoriana: Permite que la República del Ecuador excluya a la República de Panamá de su lista de jurisdicciones consideradas como paraísos fiscales, donde permanecía desde 2008. Esta remoción tendría un impacto directo sobre la percepción internacional de Panamá, lo que ayuda a mejorar las condiciones de Panamá en materia de comercio, inversión y financiamiento. 2. Fortalecimiento de la reputación internacional de la República de Panamá: La suscripción del convenio con Ecuador demuestra el compromiso que mantiene el país con la transparencia fiscal y la cooperación internacional, lo cual, ayuda a revertir una imagen negativa asociada con el secreto bancario o la opacidad financiera y fiscal. 3. Atracción de inversiones ecuatorianas: Al salir de la lista de paraísos fiscales de Ecuador, se eliminan las penalizaciones fiscales para las empresas y personas naturales ecuatorianas que deseen invertir o establecer operaciones en la República de Panamá, con lo que, se facilita un mayor flujo de capital e inversión extranjera directa. 4. Facilitación de relaciones económicas y comerciales bilaterales: Este acuerdo allana el camino para una mayor colaboración económica entre ambos países, promoviendo la integración regional y el intercambio comercial basado en prácticas fiscales justas.
5. Reducción del riesgo de sanciones o medidas unilaterales por parte de otros países: Al cumplir con estándares internacionales, la República de Panamá evita ser objeto de sanciones, restricciones o ser incluido en listas discriminatorias, lo que protege su sistema financiero y acceso a mercados internacionales. 6. Fortalecimiento del cumplimiento tributario y lucha contra la evasión fiscal: El intercambio automático de información permite a las autoridades· tanto panameñas como ecuatorianas detectar flujos financieros irregulares, identificar activos en el extranjero no declarados y colaborar eficazmente en casos de evasión tributaria. 7. Estímulo al cumplimiento fiscal local: Al establecerse como un país cooperante y transparente, también se estimula una cultura de cumplimiento tributario dentro del país, tanto para empresas locales como para grupos multinacionales. 8. Impulso a la diplomacia fiscal y económica panameña: Este tipo de convenios refuerzan la agenda internacional del país y sirven como herramientas de política exterior económica, proyectando a la República de Panamá como un socio responsable y confiable. 9 . Ampliación de redes de convenios internacionales: Este acuerdo con la República de Ecuador forma parte de la estrategia más amplia de Panamá para ampliar su red de convenios tributarios, 10 cual nos permite integramos a economías clave de la región y del mundo bajo marcos de cooperación tributaria.
10. Fomento a la formalización económica y financiera: La salida de listas restrictivas y el establecimiento de convenios de intercambio de información promueven una mayor formalidad en las actividades entre ambos países, lo cual, favorece tanto al sector público como al sector privado. 11.Mejor acceso a financiamiento internacional: Un mejor perfil de cumplimiento fiscal internacional nos contribuye para mejorar la calificación de riesgo país, lo cual, podría ayudarnos a facilitar el acceso a financiamiento externo tanto para el Estado como para las empresas panameñas.
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Exposición de motivos
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