Proyecto de ley 390.
Que subroga la Ley 9 de 20 de junio de 1994, que establece y regula la carrera administrativa
Ministerio de la Presidencia
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
En virtud de la iniciativa legislativa conferida por la Constitución Política de la República de Panamá y en cumplimiento de la Resolución de Gabinete No. 93 de 16 de septiembre de 2025, presentamos a consideración de la honorable Asamblea Nacional el Proyecto de Ley que subroga la Ley 9 de 20 de junio de 1994, que establece y regula la Carrera Administrativa, como una reforma esencial y estratégica para el fortalecimiento del servicio civil basado en la transparencia, la eficiencia y el mérito. Como parte de la armónica colaboración que debe existir entre los tres órganos del Estado, el Honorable Diputado Roberto Zúñiga, realizó algunos acercamientos con la Dirección General de Carrera Administrativa como parte del Órgano Ejecutivo, para aunar esfuerzos y presentar una propuesta consensuada con los diferentes sectores de la sociedad. Esta propuesta fue el resultado de seis amplias y enriquecedoras mesas de trabajo multisectorial, que tuvieron como propósito identificar los desafíos que afronta la carrera administrativa y proponer los cambios necesarios a la Ley 9 de 1994. La misma fue convocada por el Diputado Zúñiga y participaron representantes de la Federación Nacional de Asociaciones y Sindicatos
Entidades Públicas (FENASEP); Consejo Nacional de Trabajadores Organizados
(CONATO); la Procuraduría de la Administración, Facultad de Administración Pública de la Universidad de Panamá; el Ministerio de la Presidencia representado por la Dirección General de Carrera Administrativa; Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura; Consejo Nacional de Ejecutivos de Empresa; y representantes de la sociedad civil.
La calidad de la función pública es un factor determinante para la capacidad del Estado de servir efectivamente a la ciudadanía, promover el desarrollo económico y social. No obstante, diversos estudios y diagnósticos han evidenciado que el actual modelo de carrera administrativa presenta limitaciones significativas que afectan tanto la profesionalización como la estabilidad y la efectividad del recurso humano estatal. El artículo 302 de la Constitución Política de la República establece que los deberes y derechos de los servidores públicos, así como los principios para los nombramientos, ascensos, suspensiones, traslados, destituciones, cesantía y jubilaciones serán determinados por la Ley. Asimismo, consagra la obligación de los servidores públicos de desempeñar personalmente sus funciones, dedicando el máximo de sus capacidades, y el derecho a percibir por ellas una remuneración justa~ Este mandato constitucional respalda y exige un marco legal que garantice condiciones objetivas, técnicas y transparentes en la gestión del recurso humano estatal.
El más reciente Diagnóstico del Servicio Civil de Panamá, elaborado en 2023 por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), señala un preocupante retroceso en el desarrollo de la gestión del recurso humano; con altos márgenes de discrecionalidad en las decisiones de personal, insuficiente presencia del mérito como criterio rector, debilidad institucional de la autoridad rectora y fragmentación normativa. Además, destaca que más del 87% de los servidores en puestos de carrera administrativa no cuentan con el estatus correspondiente, lo que genera inestabilidad, inequidad y prácticas contrarias a los principios de un servicio civil moderno. Conviene subrayar que la evaluación del desempeño es una herramienta fundamental para garantizar la mejora continua, la rendición de cuentas y la adecuada gestión del talento humano, y se encuentra prácticamente ausente en la actualidad. La normativa vigente limita su aplicación a la pequeña fracción de servidores públicos que ostentan formalmente el estatus de carrera administrativa; es decir, apenas un cinco por ciento (5%) del total de los servidores públicos, aproximadamente trece mil ochenta y seis (13,086) personas en todo el aparato estatal. Este vacío normativo ha impedido contar con un sistema integral que permita v'alorar objetivamente el rendimiento de la gran mayoría del personal, afectando la calidad y eficiencia del servicio público. El presente Proyecto de Ley busca revertir esta situación de manera estructural, estableciendo un sistema robusto y universal de evaluación del desempeño para todos los servidores públicos, con estándares técnicos y procesos transparentes. De igual manera, la experiencia reciente ha evidenciado la necesidad de restablecer, así como fortalecer los concursos públicos como mecanismo principal de acceso y movilidad en el servicio civil, asegurando que los principios de mérito, igualdad de oportunidades y transparencia rijan los' procesos de ingreso, promoción y permanencia. Durante los últimos años, la excepción ha desplazado a la regla, con ·un uso limitado y fragmentado de los concursos, 10 que ha favorecido prácticas clientelares y discrecionales. Este Proyecto de Ley restablece y fortalece la figura del concurso público como eje vertebral de la Carrera Administrativa, conforme a las mejores prácticas internacionales y a los compromisos suscritos por Panamá. El diagnóstico del BID también pone de relieve las graves limitaciones institucionales del actual ente rector, la Dirección General de Carrera Administrativa (DIGECA), que opera hoy sin autonomía ni presupuesto propio, sujeta a la dependencia administrativa dentro del Ministerio de la Presidencia. El Proyecto de Ley propone una transformación estructural de esta institucionalidad, mediante la creación del Instituto Nacional de Administración Pública, como entidad autónoma, objetiva y técnica, dotada de capacidades plenas para ejercer la rectoría integral de la gestión de recursos humanos en el Estado. Este cambio es indispensable para garantizar un marco de gobernanza que proteja el sistema de presiones políticas, que asegure la continuidad y consistencia técnica en la aplicación de las políticas de servicio civil. De manera coherente con este objetivo, el propio proceso de designación de las autoridades que regirán el Instituto se fundamentará en procedimientos de concurso público de méritos, lo que asegurará que quienes lideren esta transformación institucional sean profesionales idóneos, seleccionados con criterios de transparencia e independencia técnica. Consciente de esta realidad, el Gobierno Nacional ha incluido en su Plan de Gobierno 20242029 un compromiso estratégico de fortalecer la gestión del talento humano en el sector público, como eje fundamental para una gobernanza eficiente y un Estado al servicio de la ciudadanía. El Plan establece, como parte de su visión de gobernanza eficiente y fortalecimiento institucional, la necesidad de profesionalizar la función pública, reducir la discrecionalidad en la toma de decisiones y asegurar que los mejores talentos sirvan al país. ~simismo, promueve la instauración de planes de desarrollo profesional y de fidelización de personal, la alineación de las capacidades de las personas con sus salarios y la puesta en marcha de un Plan Nacional de Capacitación que ofrezca igualdad de oportunidades y desarrollo de competencias en cada área. Estas acciones tienen por objetivo mitigar la rotación del personal, conservar funcionarios altamente capacitados e incentivar el rendimiento y la excelencia en el servicio público. Además, el Plan de Gobierno subraya la importancia de promover una gestión pública de cara a la ciudadanía, impulsando el uso de datos abiertos y fortaleciendo la transparencia, la rendición de cuentas y la participación ciudadana en la vigilancia contra hechos de corrupción. En atención a este mandato, la Dirección General de Carrera Administrativa, bajo el liderazgo de su equipo técnico, impulsó la elaboración del presente Proyecto de Ley, el cual recoge las mejores prácticas internacionales, los aprendizajes derivados de las experiencias previas en la implementación de la carrera administrativa y las recomendaciones formuladas en el mencionado diagnóstico del BID. Este proceso de formulación fue enriquecido por un amplio y riguroso proceso de diálogo ihterinstitucional, a través de una Mesa Técnica Interinstitucional en la que participaron representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, la Procuraduria de la Administración, la Autoridad de Innovación Gubernamental, la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, la Secretaría Presidencial para la Reorganización del Estado, Secretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Presidencia, entre otras entidades clave.
Durante más de veinticinco seSIOnes de trabajo, se realizó una revisión exhaustiva y consensuada de cada disposición del borrador, incorporándose valiosos aportes que fortalecen la viabilidad normativa, operativa y financiera del texto. El Proyecto de Ley persigue los siguientes objetivos fundamentales: •
Consolidar un sistema de Carrera Administrativa basado en el mérito como principio rector para el ingreso, promoción y permanencia en el servicio público.
• Establecer mecanismos modernos, universales y objetivos de evaluación del desempeño, aplicables a todos los servidores públicos del Estado.
• Restablecer y fortalecer los concursos públicos como mecanismo obligatorio y riguroso para el ingreso y la movilidad en la Carrera Administrativa.
• Fortalecer la transparencia y la trazabilidad de los procesos de gestión de personal mediante la implementación de un Sistema Integrado de Recursos Humanos del Estado Panameño.
• Crear el Instituto Nacional de Administración Pública como ente autónomo, técnico y objetivo, responsable de la rectoria integral del sistema de gestión de recursos humanos, con independencia funcional y capacidad institucional plena.
• Promover la equidad y la sostenibilidad fiscal en la administración del recurso humano, contribuyendo así a una gestión pública más responsable y eficiente.
En conclusión, con la aprobación de este Proyecto de Ley, Panamá estará dando un paso decisivo para superar las limitaciones del actual sistema y avanzar hacia un modelo de servicio civil profesional, estable y comprometido con los intereses de la ciudadanía, en consonancia con los más altos estándares internacionales y con los objetivos estratégicos de nuestro país. El presente Proyecto de Ley de Carrera Administrativa constituye,por tanto, un instrumento esencial para materializar los compromisos de modernización del Estado y fortalecimiento institucional contenidos en el Plan de Gobierno 2024-2029, dotando al Estado panameño de un marco legal moderno y eficaz para la gestión del talento humano. Mediante la profesionalización de la función pública, el fortalecimiento de los sistemas de evaluación del desempeño, yel establecimiento de mecanismos de ingreso y movilidad basados en el mérito !
en concursos públicos rigurosos y transparentes, se busca consolidar una administración pública que promueva la confianza ciudadana, la innovación y la sostenibilidad institucional. Asimismo, la transformación estructural que introduce el Proyecto de Ley comprende no solo el fortalecimiento del ente rector mediante la creación del Instituto Nacional de Administración Pública como entidad autónoma, objetiva y técnica, sino también que las autoridades que lo regirán -su Director y Subdirector- serán seleccionadas mediante procedimientos de concurso público de méritos, garantizando que la conducción de esta institución estratégica quede en manos de profesionales idóneos, seleccionados con criterios de transparencia, independencia y competencia técnica. En línea con los principios de eficiencia y sostenibilidad institucional, el nuevo marco legal promoverá una Administración Pública racional y profesionalizada, compuesta por servidores públicos que aporten valor y resultados, asegurando que la permanencia en el servicio sea producto del mérito, el desempeño y la contribución efectiva al interés general. Este proceso contribuirá, además, a la optimización de la gestión del recurso humano estatal, orientándose hacia un Estado panameño ágil, moderno y dotado de los mejores talentos al servicio del país.
Exposición de motivos
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