Proyecto de ley 476.
Que establece un régimen económico para regular los topes máximos de cobro en los corredores Norte, este y sur, y dicta otras disposiciones.
Augusto Palacios
Fundamento de la iniciativa
Exposición de motivos
Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.
El presente anteproyecto de ley surge en un momento en que el país mantiene un debate amplio sobre la sostenibilidad financiera y social de ciertas concesiones, particularmente en lo relativo a la concesión del Corredor Norte, la cual fue ampliada hasta 2058. Una extensión de 30 años. Esta noticia ha generado preocupación ciudadana por el impacto económico que las tarifas de peaje puedan representar para los hogares panameños a largo plazo y para la economía nacional en su conjunto. Las autopistas estatales y las vías de peaje constituyen un servicio público esencial de carácter monopólico en el que el usuario carece, en la práctica, de una alternativa equivalente. De allí que la tarifa que se cobre no pueda concebirse exclusivamente como un precio de mercado, sino como una renta pública sujeta a la prestación de un servicio público. Las tarifas de peaje impactan directamente en la economía de las familias y en la competitividad de las empresas, pues forman parte de la estructura de costos del transporte de bienes y personas, teniendo incidencia directa en el desarrollo económico nacional. Con este anteproyecto de ley se busca establecer un régimen económico que fije topes máximos a las tarifas de peaje, regule de manera clara los mecanismos de ajuste y garantice la exoneración en casos de emergencia, desastres naturales o bloqueos de vías. Se trata de una medida que procura salvaguardar el equilibrio entre las necesidades financieras del Estado y el derecho de los ciudadanos a un acceso justo y razonable a los servicios públicos que prestan los corredores. Esta iniciativa responde al clamor ciudadano de que la extensión de concesiones y el servicio de la deuda vinculada a ellas no se traduzcan en un atropello económico para las familias panameñas. El propósito es proteger la estabilidad de la economía de los hogares y sus finanzas, evitando que los incrementos en los peajes se conviertan en una carga desproporcionada que limite el poder adquisitivo de la familia panameña y afecte la competitividad del país.
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No' se pretende desconocer ninguno de los compromisos financieros del Estado panameño ni mucho menos desatender el servicio de la deuda, sino más bien armonizar la gestión de las rentas públicas derivadas de los peajes y tarifas provenientes del servicio de las autopistas y las vías de peaje con el beneficio social y la equidad económica. La discusión de estos importantes temas nacionales representará un paso firme hacia una administración más transparente y equitativa de un servicio público esencial como lo es la red de corredores de Panamá. Por todas las razones expuestas, presento este anteproyecto de ley, convencido de que su debate contribuirá a cimentar un Estado más abierto y participativo y una economía más próspera y cercana a todos los ciudadanos de nuestro país.
~c~rdS Circuito 8-6
Exposición de motivos
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