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Proyecto de ley 420.

Que establece medidas para la detección temprana, atención integral, educación e investigación sobre la insuficiencia ovárica primaria (IOP) en la República de Panamá

Alexandra Brenes

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Pr••enlaclón Hora _

La Constitución Política de la República de Panamá, en su Artículo 109, establece que "es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República. El individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, entendida ésta como el completo bienestar fisico, mental y social". De igual manera, el Artículo 110 señala que corresponde primordialmente al Estado desarrollar políticas de prevención, curación y rehabilitación, proteger la salud de la madre, del niño y del adolescente, y adoptar medidas que aseguren el bienestar de la población en general. En este sentido, corresponde al Estado garantizar políticas públicas que permitan la detección temprana, el tratamiento integral y la protección de las mujeres que padecen Insuficiencia Ovárica Primaria (lOP), asegurando así la igualdad de oportunidades, la equidad de género y el respeto a la dignidad humana. La Insuficiencia Ovárica Primaria (lOP), antes conocida como Falla Ovárica Prematura (FOP), es una afección crónica y multifactorial que ocasiona el cese de la función ovárica antes de los 40 años. Esto afecta la producción de estrógenos y otras honnonas esenciales, 10 que provoca infertilidad, síntomas similares a la menopausia, y una serie de consecuencias metabólicas, cardiovasculares, óseas y emocionales de alto impacto. A largo plazo, las mujeres con IOP enfrentan un mayor riesgo de desarrollar osteoporosis, enfermedades cardiovasculares, alteraciones metabólicas y deterioro cognitivo. En Panamá, la falta de un registro nacional y de protocolos establecidos para la detección temprana de la IOP ha dado lugar a diagnósticos tardíos, 10 que retrasa intervenciones cruciales como la preservación de la fertilidad y el inicio de la terapia de reemplazo honnonal (TRH). Esto no solo incrementa la carga emocional sobre las afectadas, sino que también eleva los riesgos de comorbilidades y genera costos adicionales al sistema de salud. La evidencia internacional resalta que la IOP es un problema de salud pública global. Su prevalencia varia entre el 3 % Y el 4 % a nivel mundial, con diferencias notables entre regiones. En Estados Unidos, la prevalencia es cercana al 1 %, mientras que en países como Irán se alcanza un 3.5 %, Y en América del Sur es del 5.4 %. Estas variaciones están determinadas por factores genéticos, ambientales, socio económicos y por la capacidad de cada país para registrar casos. Los factores de riesgo de la IOP son diversos e incluyen antecedentes familiares de IOP o menopausia temprana, mutaciones genéticas como el síndrome de Turner, pennutaciones en el gen FMRI, y mutaciones en NOBOX. También se encuentran relacionadas con enfermedades autoinmunes (tiroiditis de Hashimoto, lupus, enfermedad de Addison), la exposición a químicos, pesticidas, metales pesados, micro plásticos, contaminantes ambientales, y factores iatrogénicos como la quimioterapia, radioterapia o intervenciones quirúrgicas pélvicas. Además, el estilo de vida juega un papel importante, destacando factores como el tabaquismo, el estrés crónico, el déficit de sueño y la falta de actividad fisica. Ejemplos internacionales refuerzan la urgencia de abordar este problema: en Finlandia, se ha comprobado que las mujeres que entran en menopausia antes de los 40 años tienen un riesgo cuatro veces mayor de morir por cáncer y el doble de riesgo de sufrir enfermedades cardíacas. Sin embargo, este riesgo se reduce a la mitad con el uso de TRH por más de seis meses. En Australia, testimonios de pacientes han subrayado los efectos negativos de no recibir evaluaciones tempranas de fertilidad. Este proyecto de ley tiene como objetivo garantizar el acceso equitativo a diagnóstico, tratamiento integral y apoyo psicológico para todas las mujeres afectadas por la IOP. Asimismo, busca establecer políticas de prevención que reduzcan los factores de riesgo, promover campañas de concienciación, crear un registro nacional y vincular a Panamá con redes internacionales de investigación. La aprobación de esta ley posicionará al país en línea con los estándares globales en salud reproductiva, equidad de género y derechos humanos, asegurando que ninguna mujer quede invisible frente a esta condición.