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Anteproyecto de ley 73.

Que modifica el Texto Único de la Ley 6 de 1997, que dicta el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad, para mejorar la calidad en la prestación del servicio de distribución eléctrica.

Crispiano Adames

Cuadro comparativo SeguirRetirado por el proponente

Fundamento de la iniciativa

Exposición de motivos

Lectura del expediente; coteja las dudas con el documento original.

Con los parámetros que se manejan actualmente en cuanto a tarifas de energía eléctrica y la calidad del servicio, que afecta directamente al consumidor final tanto en costos de vida más elevados, que no se ven reflejados en por lo menos en la calidad óptima del servicio que deben recibir a cambio, se hace necesario analizar la legislación vigente en el tema de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, con la finalidad de poder contribuir con el mejoramiento del sector y que a su vez repercuta en la regulación apropiadamente justa de las tarifas que debe pagar la población a nivel nacional, que sí sea directamente proporcional con la calidad del servicio que recibe; pero que a su vez tenga como objetivo principal mejorar la calidad misma del servicio para que disminuya cada vez más los reclamos al respecto.

También es importante señalar que se implementa a través de esta propuesta un nuevo sistema de evaluación de desempeño, por parte de la autoridad reguladora competente, pero que también toma en cuenta la evaluación del consumidor final de manera vinculante, para que las empresas en cargadas de distribuir el servicio de electricidad se preocupen auténticamente por la calidad que le brinda al usuario y se interese más en expandir su red de distribución a las áreas donde hoy en día no llega aún el servicio o donde el servicio no es solamente deficiente, sino paupérrimo.

También resalta en estos tiempos la cantidad de reclamos tanto en las compañías de distribución de energía eléctrica como ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos, por inconsistencias en la facturación, por la mala calidad del servicio, por incongruencias respecto a facturaciones anteriores, por irregularidades e inconvenientes en las lecturas de los medidores. Cuando se dan estas situaciones, cuando el usuario quiere realizar un reclamo, ya sea ante la compañía que le brinda el servicio o ante la autoridad que debe garantizar la protección de sus derechos, se encuentran con un verdadero viacrucis. Ante estas situaciones, en donde el usuario debe presentar un reclamo para que se lleve a cabo una investigación, su sentir es que se encuentra en indefensión, mientras el proceso se lleva a cabo, ya que les exigen el pago de la deuda de las facturas que quieren reclamar, para poderle acoger su solicitud, y de no pagarlas simplemente no les aceptan los reclamos.

Las consideraciones esbozadas en esta exposición de motivos, así como las modificaciones y adiciones a la Ley 6 de 1997 son propuestas en este anteproyecto de ley con la intención de fortalecer la legislación para que esto provoque una verdadera diferencia al consumidor final, procurando una tarifa proporcionalmente justa al servicio óptimo que debe recibir.

Por todo lo antes expuesto, con el mayor de los respetos, presentamos a consideración de este Honorable Pleno, esta iniciativa legislativa, esperando contar con sus aportes y respaldo, para que luego de surtido el trámite legislativo correspondiente y aprobado en tres debates, se convierta en Ley de la República.